En la Cámara de Diputados fue presentado un proyecto de ley contra el nepotismo que cuenta con aval del oficialismo: abarca a los tres poderes y a las empresas estatales. Los detalles de la iniciativa
El malestar social por el siempre fogoneado «despilfarro estatal», sumado a las promesas de «cambio» del macrismo, impulsaron al PRO a presentar un proyecto de ley para prohibir que los funcionarios designen familiares en la administración pública.
La iniciativa ya fue elevada a la Cámara de Diputados, es obra del diputado santafesino Lucas Incicco (Union PRO) y cuenta con el aval del oficialismo; de hecho, la semana pasada el diputado bonaerense de cambiemos, Guillermo Castello, presesntó una iniciativa similar, pero que abarcaba sólo a la provincia de Buenos Aires.
En este caso, la restricción alcanza a toda la administración pública e incluye a los «funcionarios de los tres poderes, del Ministerio Público, de los órganos autárquicos y descentralizados de la Nación, así como los funcionarios de las empresas del Estado que gozan de la facultad de nombramiento y contratación de personal permanente o provisoria, o tengan injerencia directa o indirecta en el nombramiento y contratación de personas en la administración pública nacional».
Todos ellos –según se indica en el proyecto de ley- tendrán prohibido ejercer dicha facultad en relación a:
-Parientes propios en razón de la naturaleza (consanguíneos) en línea recta ascendientes o descendientes en cualquier grado y en línea colateral hasta cuarto grado
–Su cónyuge
–Parientes por afinidad en igual medida y grado que respecto a familiares propios por consanguinidad
-Su pareja conviviente con la que tuviera una unión convencional
–Parientes por consanguinidad de la pareja conviviente con quien mantuviera una unión convencional en igual grado que en relación a los propios
En el texto se aclara que la norma «no será retroactiva», pero se indica que «se confeccionará un registro con todas las personas que, con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley, tienen nombrados familiares».
Ese registro deberá contener como mínimo los siguientes datos: 1) Nombre, apellido y cargo del funcionario que realizó el nombramiento; 2) Nombre, apellido y DNI del familiar, cargo que ocupa tarea que desarrolla y remuneración mensual. Esa información se publicara por 3 días en el Boletín Oficial y deberá a estar a disposición de cualquier ciudadano.
La prohibición no se aplicará en los casos en los que «mediaren procesos de selección competitivos y meritocráticos».
En cuanto a las sanciones, el proyecto establece que «las contrataciones que contravengan lo dispuesto son nulas de nulidad absoluta, sin perjuicio a los terceros de buena fe».
El artículo 7 de la propuesta advierte que «el que realizare un nombramiento o contratación en contravención a lo dispuesto en la presente ley, será sancionado con inhabilitación especial para ejercer la función pública por hasta siete años». El beneficiado con el nombramiento o contratación en contravención será castigado con la misma pena prevista para el autor.
Ambos, autor y beneficiado, serán solidariamente responsables por la devolución de los salarios cobrados indebidamente, se especifica. Lo que falta saber es si esta idea tendrá el apoyo suficiente para convertirse en ley.