Pasado el mediodía del viernes se concretó en sede de los tribunales penales del barrio Roca la audiencia de revisión de la prisión preventiva en el marco del caso que tiene como condenado, con doble conforme, a Luis Moreno.
La fiscal y la querella solicitaron la prisión preventiva de Moreno en base a la existencia del peligro de fuga y la alta probabilidad que Moreno se vincule a otros procedimientos similares al presente.
En contraposición la defensa se opuso a la medida de coerción requiriendo medias sustitutivas como presentaciones semanales ante la Oficina Judicial y subsidiariamente su arresto domiciliario.
Presidió el acto Raquel Tassello, jueza penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Cecilia Codina, fiscal general; por la querella actuó Juan Manuel Irusta; en tanto que la defensa de Moreno fue ejecutada por Mauro Fonteñez, abogado particular del mismo. Asimismo se contraban presnte familiares de la vítima acompañados por una profesional del SAVD.
En un primer momento la fiscal Codina solicitó la prisión preventiva de Moreno ya que han cambiado las condiciones desde cando se le dictó la sentencia condenatoria en primer grado.
Ahora la causa tiene doble conforme ya que la Cámara Penal local confirmó en todos sus términos la sentencia condenatoria de primer grado.
De esta manera se acrecienta el peligro de fuga ya que la pena de 3 años y cuatro meses de prisión efectivos, más 8 años de inhabilitación especial para manejar.
La única instancia que le queda al defensor es la impugnación extraordinaria ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de la provincia.
Para ello se debe atacar la sentencia como arbitraria, sin embargo la Cámara sostuvo que era lógica.
Su poder adquisitivo permitiría que el condenado se fugue, sostuvo la fiscal; así como también existe una alta probabilidad que Moreno se vincule a otros procedimientos.
Codina también se refirió a la declaración del imputado que “no ve” ya que por un ataque de presión perdió la vista y la Cámara hizo referencia a las precarias condiciones en las que manejaba.
Haciendo referencia a dos actas de infracción del Juzgado de Faltas de parte de Moreno, es decir que sigue conduciendo pese a la prohibición de la sentencia en su contra.
Por último reiteró que existe la lata probabilidad que vuelva a cometer hechos como el presente generando un peligro para la sociedad.
Por su parte el querellante adhirió en todo a los fundamentos esgrimidos por la fiscal solicitando igualmente la prisión preventiva de Moreno en base al peligro de fuga.
Argumentó las posibilidades económicas del imputado y la alta probabilidad que se vincule a otros hechos como el presente.
En contraposición el defensor se opuso a la medida de coerción solicitada por los acusadores.
Recordando que desde el inicio de la investigación su defendido prestó colaboración con el proceso. “Se ha presentado todas las veces que ha sido notificado”. Sosteniendo que “no se da el peligro de fuga por las condiciones personales y el fuerte arraigo” que tiene Moreno por su “grupo familiar contenedor”.
Rige el principio de inocencia ya que la sentencia no se encuentra firme y esta defensa presentará un recurso extraordinario. Presentando un Informe Social del grupo familiar conviviente de Moreno, por todo lo cual solicitó presentaciones semanales ante la Oficina Judicial y prohibición de ausentarse dela ciudad para su pupilo; y subsidiariamente su arresto domiciliario.
Finalmente la jueza penal resolvió dictar medidas sustitutivas a la prisión preventiva como la obligación de presentarse ante la Oficina Judicial, dos veces por semana, prohibición de salir del país o de la ciudad sin autorización judicial.
También la jueza dispuso que Moreno entregue su Licencia de conducir, dictando su prohibición de conducir vehículos hasta que la sentencia quede firme.
Advirtiendo a Moreno que en caso que se viole alguna de estas medidas sustitutivas impuestas se revocará y se dictará su prisión preventiva.