El sitio de comercio electrónico MercadoLibre (ML) «no es ajeno a la relación de consumo ni a la ley» (de Defensa del Consumidor) que rige en la materia, sostuvo la justicia porteña al rechazar un recurso de esa empresa argentina, demandada por una mujer a la que no brindó los datos del vendedor que incumplió lo pactado a través de esa plataforma.
El caso se remonta a 2014, cuando una usuaria compró 100 sandwiches de miga a un vendedor del sitio, que nunca se los entregó.
La mujer efectuó una serie de reclamos para obtener «los datos reales del vendedor y la indemnización del daño producido por el incumplimiento contractual».
Ante la negativa de ML a darle esa información la usuaria recurrió a la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor, que en 2016 le aplicó a la firma una multa de 30.000 pesos por infracción al artículo 4º de la ley 24.240.
En un fallo del 22 de este mes, la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario, integrada por las juezas Mariana Díaz y Fabiana H. Schafrik y el juez Carlos F. Balbín, rechazó el recurso interpuesto por la empresa de comercio electrónico contra lo dispuesto por la dependencia porteña.
Díaz citó jurisprudencia al decir que ML «interviene -y por ende es responsable desde el mismo momento en que, creando apariencia, logra atraer para sí la confianza de sus clientes», confianza que «constituye la fuente primaria de sus obligaciones» y también «de sus ganancias».
El Liberal