Pasado el mediodía del viernes se dio a conocer en sede de los tribunales penales del barrio Roca de Comodoro la resolución de responsabilidad penal en el juicio por el homicidio del trapito Jorge “el rubio” Martínez. El tribunal resolvió declarar penalmente responsable al imputado José Carrizo por el delito de homicidio simple, tal como lo había solicitado la fiscal en la audiencia de alegatos. Finalmente luego del receso de invierno se concretará la audiencia de imposición de pena, o cesura, correspondiente al caso.
En su alegato la fiscal Cecilia Codina consideró que ha quedado probado a lo largo del debate la materialidad y autoría del hecho en cabeza de Carrizo. Se ha probado que el 16 de mayo de 2017, siendo aproximadamente las 18 hs., en inmediaciones de la plaza Soberanía, de la Costanera, en el sector de patinetas. Allí se encontraba el imputado José Carrizo, junto a otras personas. Se acerca la víctima Jorge Andrés Martínez manifestándoles algo. Se retiran y vuelven a la plaza, momento en que Martínez agrede a Carrizo con un palo de grandes dimensiones en el sector del pasaje ubicado entre Cococho Drugstore y La Costanera. Seguidamente el imputado José Carrizo se retira y vuelve para asestar dos puntadas a la víctima, la primera corta su mano donde Martínez llevaba el palo y lo desarma, y luego le asesta una estocada en el tórax, la cual provoca su deceso. La autopsia determinó que la causa de su muerte fue por Shock hemorrágico irreversible por herida de arma blanca en tórax.
Los dichos del imputado se desvirtuaron con la exhibición de las cámaras y los dichos de un menor en Cámara Gesell. Esa agresión previa no existió, Martínez estaba parado y fue Carrizo quién volvió sobre sus pasos. No estamos ante una legítima defensa, ni de exceso en la legítima defensa como plantean, sino que la conducta desplegada fue de homicidio simple, aseguró la fiscal. Existió dolo directo de Carrizo para producir el homicidio. Solicitando por todo ello se lo declare penalmente responsable del delito de homicidio simple y que se mantenga su arresto domiciliario hasta la finalización del debate.
En contraposición la defensa, ejercida por Cristina Sadino y Claudia Torrecillas, postuló la legítima defensa en el obrar de Carrizo. Destacando la actitud de Martínez, todo el tiempo en los videos con el palo en la mano, Carrizo estuvo esa tarde en la plaza y no provocó pelea alguna. Existía una cuestión previa de Martínez con uno de los acompañantes de Carrizo y éste interfiere para defender a su amigo. Luego Carrizo se iba y Martínez va en busca de él, así el imputado es golpeado dos veces por Martínez con el palo. Se dan las condiciones previstas en la ley, necesidad racional, no había otro curso de acción, como también se dieron la falta de provocación suficiente y una agresión ilegítima por parte de Martínez hacia Carrizo, argumentó la defensora. Lo único que quiso es defenderse de ese ataque en curso, concluyó la defensora. Requiriendo por ello la “absolución” de Carrizo ya que “obró en legítima defensa al responder a la agresión con el único elemento que tenía a su alcance, una necesidad racional de defenderse”.
Presidió el acto jurídico Mariano Nicosia, e integraron el tribunal Jorge Odorisio y Mónica García, jueces penales; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Cecilia Codina, fiscal general, en tanto que la defensa de Carrizo fue ejercida por Cristina Sadino y Claudia Torrecillas, defensoras públicas. También se encontraban presentes familiares de la víctima asistidos por una profesional del SAVD.