La ley de igualdad política de género sancionada por la Legislatura cambia el paradigma de la integración de las listas. En el caso de las diputaciones provinciales y concejales, la boleta deberá tener una mujer y un hombre o viceversa en forma intercalada. Esta alternancia no alcanza a la fórmula de gobernador y vicegobernador, como tampoco a intendente y viceintendente.
La ley de paridad de género impulsada por el diputado José Grazzini del FPV, regula a los partidos políticos y a los cargos electivos de todos los órganos colegiados. En el caso puntual de los diputados provinciales, el partido que gane las elecciones se quedará con 16 legisladores, de los cuales ocho serán hombres y ocho mujeres. El dato importante es que la lista deberá ser confeccionada en forma intercalada y no podrán ir dos hombres y en el tercer lugar de la boleta una mujer. El sistema es «uno y uno».
En el caso de los partidos políticos, Chubut Somos Todos fue el primer espacio que puso en práctica esta dinámica, con la renovación de autoridades que se concretó meses atrás.
La ley establece que las listas de candidatos a autoridades partidarias y la conformación de la conducción político partidaria «deben respetar la paridad de género, debiendo integrarse ubicando de manera intercalada a mujeres y varones desde el primer candidato titular hasta el último candidato suplente».
El Chubut