Tal como lo advertimos por este medio, Arcioni se quiere ir del poder pero no con las manos vacías. Este miércoles Antonena apoyó la pluma en el papel que autoriza la realización de la licitación pública que tendrá lugar el 28 de abril al mediodía en el Ministerio de Economía y Crédito Público, ciudad de Rawson.
Allí se elegirá a la empresa que va a manejar toda la tributación de los chubutenses, o dicho de forma elegante “servicios de asistencia técnica y colaboración”. Básicamente estamos hablando de la materialización de aquello que hemos advertido por años que iba a pasar: la privatización de la recaudación pública.
Como ya habíamos difundido por CHOLILA ONLINE mediante varios artículos periodísticos, el apellido “Karsten” siempre estuvo dando vueltas en la cabeza de Arcioni desde los comienzos del proyecto, habría consistido en una obsesión de parte del gobernador abrirle las puertas de la provincia a este par de hermanos empresarios oriundos de Cordoba y con varias causas de corrupción detrás desde que dirigían la firma “Kolektor S.A.”. (¿Querés saber quiénes son los hermanos Karsten? Hacé clíck aquí)
La gente de Arcioni quiso poner a cargo de la recaudación del estado a la empresa “KARSTEC S.A.” (Sociedad manejada por los hermanos Karsten) tratándola de meter por la ventana, y lo intentó de la forma más berreta y menos disimulada posible. Quisieron realizar una contratación directa de la empresa a espaldas del pueblo, para que se encargue de algo tan delicado como el manejo de los ingresos impositivos a las arcas del estado, y no se quedaron allí, para darle quizás un aspecto de “legalidad”, tuvieron la intención de designar al Banco del Chubut como agente financiero de esa contratación, algo tan burdo y nunca antes visto.
La consecuencia de esa falta de motricidad fina para los mamarrachos fue que nos enteramos todos e incluso el propio fiscal de estado Andrés Giacomone les “paró el carro” a través de un dictamen, informándoles que ese tipo de cosas no se formaliza a través de una contratación directa, sino mediante una licitación pública. De hecho, lo ideal hubiera sido que el gobierno llame a un plebiscito para que el pueblo chubutense decida sobre esto, debido a que es un tema que realmente le atañe porque justamente involucra la plata que los chubutenses ponemos en el estado para pagar los impuestos.
Por supuesto que todas maniobras desesperadas por parte de la orquesta de Arcioni de meter a una empresa privada al frente de las arcas públicas de la provincia de manera directa quedó en ensayos, debido a que todo el entramado fue demasiado bizarro como para que pueda meterse bajo la alfombra y tuvieron la desgracia de que nos enteramos de esos negociados y lo difundimos inmediatamente.
La cuestión es que de eso ya no se vuelve, si la gente de Arcioni desde un principio quiso contratar a una empresa intentando sortear conjeturalmente los procedimientos legales correspondientes que tienen como objeto garantizar la legalidad y de evitar las negociaciones espurias, ¿Cómo nos van a garantizar de que la licitación pública del 28 de abril va a ser legítima y transparente? Si ya tienen elegida a la empresa desde hace rato.
Sobre todo teniendo en cuenta de que uno de los que va a intervenir en dicha licitación es el propio director general de Rentas, el contador Gerardo Minaard, sobre el cual hace unos años hicimos trascender de que habría violado el artículo 157 del Código Penal, al haber metido en las oficinas de la Dirección General de Rentas nada menos que a gente de la empresa KARSTEC SA, para que haga relevamiento de información sensible de los chubutenses. Con esa acción, Minaard habría violado el mencionado artículo que pena con prisión de 1 a 4 años “al funcionario público que revelare hechos, actuaciones, documentos o datos, que por ley deben ser secretos”.
El director general de Rentas de la provincia, contador Gerardo Minaard, en sus tiempos libres: golfista.
Minaard va a ser, aunque parezca mentira, miembro de la “Comisión de Preadjudicación”, es decir, será uno de los encargados de analizar técnicamente la idoneidad de la empresa oferente para determinar si corresponde o no, que la firma postulante lleve a cabo las funciones deseadas por el gobierno.
La resolución 153:
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