El Ministerio Público Fiscal solicitó la aplicación del instituto de juicio rápido al imputar a una persona por delitos cometidos cuando tenía una orden de prohibición de acercamiento en la localidad de Gaiman.
La resolución en base a la violación de domicilio fue emitida por condena correspondiente el pasado 7 de octubre.
Durante el proceso la procuradora fiscal acusó a J.F.C. por el hecho ocurrido el 26 de julio de este año cerca de las 23 en un domicilio de Gaiman donde reside la ex pareja del imputado con sus hijos menores en común, donde el hombre concurrió pese a conocer que pesaba una orden de prohibición de acercamiento.
Allí al ser atendido por la mujer, ingresó violando su privacidad y tapándole la boca también la amenaza, para luego pedirle que le cebe mate mientras le decía que era una cualquiera y no lo iba a separar de sus hijos. Con la excusa de comprar comida para los chicos la víctima pudo salir y pidió a un vecino que la llevara a la comisaría, constituyéndose personal policial en la vivienda, donde son atendidos por la hija menor que lloraba.
Al percatarse el hombre de la presencia policial intenta huir por la ventana de la habitación donde se encontraba pero es aprehendido Esta conducta resulta violatoria de la orden de prohibición de acercamiento e ingreso dictada por la Jueza de familia Silvia Apaza eñ 3 de agosto de 2023 por el plazo de 360 días, respecto de la mujer como así también de sus cuatro hijos menores, tanto en el domicilio como en los lugares que frecuentan, bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia.
Tras el debate respectivo y evaluando las pruebas presentadas el Juez Fabio Monti resolvió condenar a D.J.F.C., que fue defendido por Facundo Larratchea, como autor material y penalmente responsable de los delitos de desobediencia a la autoridad y violación de domicilio en concurso real atribuible a título de autor conforme lo marcan los artículos 239, 150, 55 y 45 del código penal, a la pena de siete meses de prisión de ejecución condicional, fijando rigurosas pautas de conducta por el término de dos años.
Ante ésto deberá presentarse en forma semestral ante la agencia de ejecución penal, prohibición de acercamiento y de contacto por cualquier medio con la víctima y realización del taller de visibilización y reflexión sobre violencia de género (TAVIRE) implementado por el Superior Tribunal de Justicia a través de la oficina de la mujer y de violencia de género.