Nueva deducción aguinaldo diciembre. En unos días los trabajadores cobrarán el medio aguinaldo, con un beneficio clave que estableció el paquete fiscal del presidente Javier Milei. Se trata de una deducción especial para pagar menos Impuesto a las Ganancias, que en el semestre es de $846.725, para un empleado sin cargas de familia, mientras que, para un empleado con cónyuge y dos hijos a cargo, tendrá una deducción de $1.122.889, según indicó Andrés Tellado Cañas, socio de la Práctica de Derecho Laboral y Tributación de KPMG Argentina.
En este sentido, se podría deducir que el mínimo para empezar a pagar impuestos sobre el aguinaldo de diciembre es haber cobrado un salario mensual de $1.693.450, para un trabajador soltero. Sin embargo, técnicamente la deducción no funciona con el mínimo exento que había puesto en vigencia el exministro de Economía, Sergio Massa.
La nueva deducción sobre el aguinaldo
De acuerdo con lo establecido por la Ley de Contrato de Trabajo, este mes de diciembre, los empleadores deberán efectuar el pago de la segunda cuota del aguinaldo, el cual tiene como fecha límite el próximo 18 de diciembre, para cumplir con esta obligación. Tras la reforma impositiva aprobada recientemente por el Congreso, es importante evaluar el impacto que tendrá este año el impuesto a las ganancias sobre la segunda cuota del aguinaldo.
Es importante recordar que la reforma a la Ley de Impuestos a las Ganancias, operada por la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, tuvo como uno de sus principales objetivos eliminar distorsiones introducidas en años anteriores en el cálculo del impuesto sobre los salarios, explica Tellado Cañas, quien recalca que estas distorsiones benefician mayormente a empleados en determinadas actividades y amparados por determinados convenios colectivos, o bien aplicaban o no dependiendo del nivel salarial, sin establecer una proporcionalidad, de forma tal que, al superar un determinado umbral, se perdía la totalidad del beneficio.
La Ley 22.743 derogó esa exención vinculada al aguinaldo, a la vez que creó una nueva deducción especial equivalente a la doceava parte de las deducciones personales, deducción por ganancia no imponible, deducción especial y cargas de familia. Así, todos los trabajadores gozan ahora de algún beneficio que mitiga, al menos parcialmente, el impacto del impuesto sobre el aguinaldo.
¿Cómo es el cálculo de la “doceava parte”?
La ley mantuvo el aspecto temporal del pago del impuesto sobre al aguinaldo, es decir, que siguió la metodología que ya regia con la legislación anterior. Actualmente, se sigue reteniendo el Impuesto a las Ganancias a los trabajadores desde el inicio de cada semestre, antes de que se perciba el sueldo anual complementario. Esta metodología de retención del tributo, es una anomalía en el régimen, ya que se aplica una retención sobre un concepto salarial que los empleados aún no han percibido.
Esta metodología, conocida como “la doceava parte”, incrementa la remuneración sujeta a retención del impuesto mensual, y se debe sumar una doceava parte adicional de la remuneración del mes a cuenta del impuesto sobre el aguinaldo que se abonará al trabajador al final del semestre.
Antes de la reforma del régimen del Impuesto a las Ganancias, existía una exención sobre el aguinaldo que solo aplicaba a empleados con remuneraciones más bajas, a la vez que ya se aplicaba al anticipo del cobro del impuesto sobre este concepto salarial mediante la metodología de la “doceava parte”.