Devolución de retenciones Ganancias. Los trabajadores en relación de dependencia que estén alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, podrán presentar ante su empleador las deducciones correspondientes al año 2024 y tendrán tiempo límite hasta el 31 de marzo.
A su vez, esta fecha también es tope para que este grupo solicite la devolución de las percepciones que surgen de la resolución general 4815 por compra de dólar oficial o gastos con tarjeta en el exterior.
Este trámite debe realizarse mediante el formulario 572 de ARCA. Una vez enviado al empleador, este, en su rol de agente de retención, procederá a reintegrar los montos correspondientes junto con los sueldos de mayo, si corresponde.
La devolución que corresponde al empleador cubre hasta el monto máximo descontado durante 2024. En caso de que el trabajador tenga saldos a favor, deberá realizar un trámite adicional directamente ante el organismo recaudador.
¿Cómo realizar el trámite?
Para realizar esta solicitud de devolución de retenciones, el empleado deberá ingresar al sistema Siradig- Trabajador en la página de ARCA con su número de CUIT y la clave fiscal.
En el formulario correspondiente a 2024, se debe acceder a la pestaña “Otras retenciones, percepciones o pagos a cuenta”, donde se despliegan los distintos conceptos por los cuales se puede solicitar la devolución.
- Compras en el exterior
- Pagos de abonos o servicios en dólares (como Netflix, Disney+, HBO, Spotify)
- Gastos en pasajes de avión para viajar fuera de la Argentina
- Gastos de servicios internacionales a través de agencias de turismo (como paquetes turísticos)
Ahí el contribuyente podrá chequear las percepciones que aparecen en el sistema. Puede confirmarlas o bien cargar de manera manual si detecta que falta alguna, publicó LMN.
Esta presentación es primordial porque puede implicar para el trabajador el reintegro de lo que le descontaron los meses previos por Ganancias. El cierre anual de Ganancias para la cuarta categoría puede hacerse hasta el 31 de marzo de 2025.
Las deducciones que pueden cargar los trabajadores
Desde la sanción de la reforma fiscal, el esquema vigente permite a los trabajadores descontar ciertos gastos de la base imponible antes de calcular el impuesto. A continuación, se detallan las principales deducciones que se pueden aplicar:
- Alquileres: Existen dos tipos de deducciones para los inquilinos:
-40% del monto pagado: Con un máximo de $3.091.035 para 2024, siempre y cuando el trabajador no sea propietario de ningún inmueble.
-10% del monto del alquiler: Sin tope, y aplicable también para propietarios de inmuebles alquilados para vivienda.
- Empleados de Casas Particulares: Se deducen las remuneraciones y las contribuciones pagadas al personal, con un límite de $3.091.035 para 2024.
- Cuotas de medicina prepaga: Los montos pagados por planes de salud privada, incluidos los aportes complementarios a obras sociales, pueden ser deducidos tanto para el empleado como para las personas a su cargo, con un límite equivalente al 5% del salario neto anual.
- Donaciones: Las donaciones a determinadas instituciones tienen un máximo deducible del 5% del salario neto anual.
- Gastos para educación: Se pueden deducir las cuotas de colegios, la compra de útiles y herramientas para la educación de hijos de hasta 24 años (siempre que no superen los $3.091.035 de ingresos propios anuales). El tope deducible es de $1.236.414 para 2024.
- Primas por seguros de vida o de retiro: Existe un tope deducible de $166.758 para 2024.
Estas deducciones permiten reducir la base sobre la cual se calcula el Impuesto a las Ganancias, lo que puede generar una disminución en la cantidad de impuestos a abonar.