Cesura de pena en juicio por jurados por robo agravado a menores en parada de colectivo
Luego que el pasado 9 de octubre se conociera el veredicto de culpabilidad del jurado popular para los imputados Joel Erick Vidal, Nicolás Borchuk y Ramiro Romero, pasado el mediodía de ayer martes se concretó la audiencia de cesura o imposición de pena en el caso. Así el fiscal, luego de evaluar las circunstancias agravantes y atenuantes de la causa, solicitó se le imponga a Vidal la pena de 7 años y 6 meses de prisión efectivos, a Borchuk 3 años en suspenso más reglas de conducta y a Romero 5 años de prisión de cumplimiento efectivo.
Cabe recordar que Vidal fue declarado autor penalmente responsable por un tribunal popular del delito de “robo doblemente agravado con arma blanca y por ser cometido en poblado y en banda”, en tanto que Borchuk y Romero por “robo agravado en poblado y banda”.
En su alegato de cesura el fiscal consideró como circunstancias agravantes para Vidal la naturaleza de la acción y los medios empleados para ejecutarla. Él era el que dirigía la banda y quien portaba el arma blanca, que exhibía para intimidar. Utilizó un plus de violencia innecesario en el hecho. También por los motivos que lo llevaron a delinquir, no tenía necesidad ni condición de indigencia. Las circunstancias de tiempo, lugar y modo, cometido casi en la nocturnidad. También la pluralidad de víctimas, tres menores de edad de 14 años. Como circunstancia atenuante el fiscal consideró la falta de antecedentes penales de Vidal.
Para Borchuk el fiscal solicitó la pena de 3 años de prisión en suspenso más reglas de conducta por igual lapso. Teniendo en cuenta como atenuantes para ello su falta de antecedentes penales y la mínima participación que ha tenido en el hecho. Como agravantes las mismas que para Vidal.
En cuanto a Romero el fiscal solicitó la pena de 5 años de prisión teniendo como agravante la participación activa que ha tenido en el hecho. Desplegando una violencia innecesaria. También los motivos que lo llevaron a delinquir, no tenía ninguna necesidad; la nocturnidad y la pluralidad de víctimas. Recalcando los antecedentes penales de Romero por hechos de hurto y robo.
El defensor de Borchuk solicitó la pena mínima de 3 años en suspenso, más reglas de conducta.
La defensora de Vidal expresó que “el medio empleado para cometerlo, no debería tenerse en cuenta” como agravante “a fin de evitar una doble valoración”. “No fue tan nocturno el hecho y era una zona transitada”, por lo tanto “no se encuentra debidamente fundado el agravante”. La pluralidad de víctimas debe ser considerado como neutro, agregó la defensora, al igual que su edad. Como atenuantes consideró la falta de antecedentes penales y su historia de vida. Solicitando el mínimo de prisión para el delito 5 años de prisión.
El defensor de Romero sostuvo que “el hecho de achacar mayor violencia a su asistido, se encuentra dentro de la acción típica necesaria para efectuar un robo y no puede ser tenida en cuenta como agravante”. Agregando que “no es la situación que nos presenta” fiscalía respecto de la nocturnidad. Solicitando la pena de 3 años de prisión condicional para Romero.
Para concluir el fiscal solicitó se mantenga la prisión preventiva que cumple el imputado Vidal, a lo cual la defensora no se opuso. La jueza dispuso el mantenimiento de la prisión preventiva de Vidal hasta que la sentencia adquiera cosa de calidad juzgada, o por 6 meses, lo que ocurra primero. Convocando a las partes para el próximo viernes 31 de octubre, a las 12.00 hs.
El ilícito ventilado en debate:
El hecho juzgado ante un tribunal popular acontecido el pasado 28 de Marzo de 2024, siendo aproximadamente las 20:40 horas, cuando Nicolás Alexis Borchuk, Ramiro Antonio Romero y Joel Erick Vidal, interceptaron, en la parada de colectivos ubicada en intersección de Av. Roca y calle Gustavo Bahamonde, del B° San Cayetano de ésta ciudad, a tres menores y previo esgrimir Vidal un arma blanca tipo cuchillo, sustrajeron una tarjeta SUBE, y un teléfono celular marca Motorola, modelo E6i, color gris metalizado, con funda de plástico color negro, retirándose todos seguidamente del lugar.
Las propias víctimas, en compañía del padre de uno de ellos, salieron en búsqueda de los sindicados, logrando interceptar y retener a Borchuk. En tanto que Romero es detenido por personal del GRIM en intersección de avenidas Roca y Lisandro de la Torre, por su parte Vidal logró darse a la fuga. Personal policial, alertado del hecho por los propios aprehensores, se hicieron presentes en el sitio, y ante la sindicación de aquellos, procedieron a la aprehensión de Borchuk y Romero.
Presidió el debate ante un jurado popular como jueza técnica Daniela Arcuri; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Julio Puentes, fiscal general, acompañado por Franco Tavano, funcionario de fiscalía; la Asesora de familia; la defensa de Borchuk por Alejandro Fuentes, abogado particular; la de Vidal fue ejercida por Vanesa Vera en tanto que la de Romero por Gustavo Oyarzun, defensores públicos. Información extraída de la web Ministerio Público Fiscal.




