La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el calendario del Impuesto a las Ganancias mediante la Resolución General 5890/2026
La medida extiende el plazo para la presentación de la declaración jurada del período 2025 y traslada el primer anticipo del ciclo 2026 para personas humanas y sucesiones indivisas.
Plazo de presentación para la declaración jurada 2025
El nuevo esquema brinda mayor margen para la carga de datos ante el fisco, diferenciando la presentación del cumplimiento del pago:
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Nueva fecha límite: Los contribuyentes tendrán tiempo hasta el martes 22 de septiembre de 2026, inclusive, para presentar la declaración jurada correspondiente al ejercicio 2025.
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Aclaración sobre el pago: La prórroga aplica únicamente a la presentación del formulario y no posterga el pago del saldo resultante del ejercicio 2025, cuyo vencimiento se mantuvo en la fecha previamente establecida (27 de julio de 2026).
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Fundamentos oficiales: El organismo remarcó que la prórroga busca facilitar la labor operativa tras mesas de diálogo mantenidas con los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.
Vencimiento del primer anticipo 2026
La segunda modificación relevante fijada por la resolución impacta de forma directa sobre la planificación fiscal del período en curso:
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Ingreso del anticipo: El pago del primer anticipo de Ganancias del período fiscal 2026 podrá concretarse excepcionalmente hasta el jueves 24 de septiembre de 2026, inclusive.
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Atención a la agenda tributaria: Se concentran dos obligaciones distintas en la misma semana: la presentación de Ganancias 2025 el martes 22 de septiembre y el primer anticipo 2026 el jueves 24 de septiembre.
