Tras los cambios incorporados en la Cámara de Diputados, un plenario de comisiones analiza el proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo. El texto restablece la vigencia de la Ley de Tierras rurales abrogada por el DNU 70/2023 y modifica el régimen de expropiaciones.
El debate sobre el marco legal de los inmuebles y el dominio territorial ingresa en una etapa de definiciones en la Cámara alta. El Senado comenzará este miércoles a las 18:00 la revisión del proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, luego de que la Cámara de Diputados reincorporara en el texto la restitución de la Ley de Tierras rurales.
La convocatoria fue oficializada por el senador libertario Agustín Coto, quien encabezará el plenario de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General en forma conjunta con la oficialista Nadia Márquez. El objetivo trazado por la bancada del Gobierno es dictaminar la iniciativa para habilitar su tratamiento en el recinto.
La Ley de Tierras vuelve a discusión en la Cámara alta
El texto remitido por la Cámara de Diputados derogó el artículo 154 del DNU 70/2023 y reinstauró el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales (Ley 26.737, sancionada en 2011).
La propuesta original redactada por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, impulsaba el fin de esa norma y elevaba el límite máximo de extranjerización de tierras del 15% al 25%. Sin embargo, ante los cuestionamientos de senadores dialoguistas y gobernadores aliados, el articulado había sido suprimido antes de su aprobación previa en el Senado el pasado 6 de agosto.
En la revisión de la semana pasada, la Cámara baja restituyó el capítulo con 239 votos afirmativos, sumando los artículos 38 y 39 que dejan sin efecto la anulación dispuesta por el DNU y reactivan los topes de dominio extranjero a nivel nacional, provincial y municipal.
Cambios en expropiaciones, desalojos y Registro de la Propiedad
Además del esquema de tierras rurales, la iniciativa aprobada con 124 votos afirmativos en Diputados introduce modificaciones en la Ley de Expropiaciones, la regulación de desalojos y el funcionamiento del Registro de la Propiedad Inmueble.
En lo relativo a las expropiaciones estatales, la norma acota el margen de intervención pública exigiendo criterios estrictos de idoneidad, necesidad y proporcionalidad:
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Indemnización previa: el pago debe concretarse en su totalidad antes de la transferencia de dominio.
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Valor de mercado y lucro cesante: la compensación económica deberá incluir el valor real del bien y el lucro cesante derivado del proceso.
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Prueba objetiva: el lucro cesante tendrá que acreditarse como consecuencia directa e inmediata de la expropiación, sin generar duplicación de rubros indemnizatorios.
