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Boletín Oficial

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), prohibió el uso, la distribución y la comercialización en todo el territorio nacional, hasta tanto se encuentren inscriptos en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica de esta Administración, de los productos médicos rotulados como “WHISTLE WATCH/ ASMALERT/ para el control del asma en niños y “WHISTLE WATCH/ RESPALERT/ para el control respiratorio de los adultos. Ambos productos fabricados por Harwill Medical, Ciudad del Cabo Sudáfrica y su representante en Argentina es la firma Mas Aire, de la provincia de Buenos Aires.

Por su parte, la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVS), a través de la Disposición 8351/2018, informa que consultaron el sistema de expedientes de esta Administración y no se hallaron antecedentes de inscripción de los productos bajo estudio, ni inicios de trámite bajo tales denominaciones. Además, los productos no describen en sus rótulos los datos de registro ante la Anmat.

En cuanto a la firma representante del producto en Argentina,  la DVS indica que mediante Orden de Inspección N° 2018/1822-DVS-959, su personal se hizo presente en la supuesta sede de Mas Aire, ubicada en Avenida Corrientes N° 2166, piso 10, Dto. “F”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde fue atendido por una persona que manifestó que la organización ya no funcionaba en ese lugar. Asimismo, se consultó al encargado de seguridad presente en el ingreso del edificio, quién informó que la empresa buscada “no funciona más en ese domicilio”.

Además la Dirección dejó constancia de que se verificó el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica y pudo constatarse que se encuentran autorizados como productos médicos por esta Administración, dispositivos con características e indicaciones similares correspondientes a la Clase de Riesgo I. De esta manera, según el criterio de la DVS, los productos en cuestión requieren aprobación previa de esta Administración para su importación, fabricación, distribución y comercialización.

De esta manera, todos los productos que no estén autorizados por Anmat, no se puede asegurar que cumplan con los requisitos mínimos sanitarios y con las exigencias que permiten garantizar la calidad, seguridad y eficacia de este tipo de productos médicos. Entonces la DVS, sugiere prohibir el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, hasta tanto se encuentren inscriptos en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica de esta Administración

 

 

El Intransigente

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, distribución y comercialización de todos los lotes del producto «Kalma ya. Analgésico Natural. Laboratorio PROSAN SA».

La decisión fue publicada este martes en el Boletín Oficial bajo la Disposición 8364/2018.

La Dirección de Gestión de Información Técnica de ese organismo constató que no hay registros de habilitación de la firma «PROSAN SA». En tanto, el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires también confirmó que la firma «Laboratorios Prosan SA» no está habilitada.

Desde la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVS) también aseguraron que se desconocen las condiciones de elaboración del medicamento, por lo que no puede asegurarse «su calidad, seguridad y eficacia, muy por el contrario reviste riesgo para la salud de los potenciales pacientes que desconociendo esta situación podrían caer en el supuesto de que se trata de medicamentos seguro».

Es por esto que, hasta tanto se obtenga la autorización correspondiente, la administración decidió prohibir el uso, distribución y la comercialización en todo el territorio nacional de “Kalma Ya. Anestésico Natural” del laboratorio PROSAN SA.

 

 

Clarín

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología médica (ANMAT) publicó hoy una nueva disposición en el Boletín Oficial en relación al brote de listeriosis en Europa a raíz de la bacteria Listeria monocytogenes detectada en productos vegetales procesados en el establecimiento húngaro Greenyard Frozen Hungary Kft.

Días atrás el organismo ya había ordenado retirar del mercado y prohibido la comercialización de un listado de productos congelados que se vendían en distintas cadenas de supermercados.

Ahora, amplió ese listado a los siguientes productos, cuya comercialización queda prohibida:

Los siguientes productos elaborados por la empresa Frío PolarS.A., RNE N° 02-035031

  • “Choclo entero IQF, marca: Arganic, por 1 kg y 2,5 kg, Lotes M -17218/1, M -18118/1, M- 17718/8, M -17818/2, con Vto.: 06/10/19 y Lotes M- 18318/3, M- 17218/2 con Vto.: 12/10/19”
  •  “Mix Primavera IQF, marca: Arganic, por 2,5 kg, Lotes: M – 11718/5, M-17218/3 con Vto.: 09/12/18; y lote M-18318/1, con Vto.: 17/12/18”
  • “Mix Primavera especial IQF, marca: Arganic, por 15 kg, Lote M-17818/1, Vto.: 17/12/18”
  • “Mix Primavera cortado genérico IQF -1 kg, M 11718/6, Vto. 09/12/18. Con RNPA N° E/T 4049-28232/17”

Además, se prohíbe en todo el territorio nacional la comercialización de los siguientes productos elaborados por la empresa Nutrifrost:

  • “Choclo Supercongelado, marca ARO, 2500 grs, RNPA N° 02-575911, 4089-10454/13, lotes/vto: 163-17/ 12/06/19,179-17/ 28/06/19 y 312-17/ 08/11/19”
  • “Choclo Supercongelado, marca DIA 350 grs, RNPA N° 4089-12030/09, lote/vto: 160-17/ 09/06/19,175-17/ 24/06/19,179-17/ 28/06/19, 187-17/ 06/07/19, 159-17/ 16/09/19, 265-17/ 22/09/19, 269-17/ 26/09/19, 272-17/ 29/09/19, 290-17/ 17/10/19, 300-17/ 27/10/19 y 301-17/ 28/10/19”
  • “Choclo Supercongelado, marca ERIN, RNPA N° 02-559572, 2500 grs, lotes/vto: 163-17/ 12/06/19, 179-17/ 28/06/19, 227-17/ 15/08/19, 268-17/ 25/09/19 y 294-17/ 21/10/19”
  • “Choclo Supercongelado, marca JUMBO, RNPA N° 02-575911, 300 grs, lote/vto: 205-17/ 24/07/19”
  • “Choclo Supercongelado, marca LA ANONIMA, RNPA N° 02-590262, 300 gr, lotes/vto: 198-17/ 17/07/19, 206-17/ 25/07/19, 269-17/ 26/09/19 y 322-17/ 18/11/19
  • “Choclo Supercongelado, marca MOLTO, RNPA N° 02-585385, 300 grs, lote/vtos: 235-17/ 25/08/19 y 243-17/ 31/08/19”
  • “Choclo Supercongelado, marca NELO, RNPA N° 02-590262, 2500 grs, lotes/vto:163-17/ 12/06/19, RNPA N° 02-576178, lotes/vto: 175-17/ 24/06/19 , 227-17/ 15/10/19, 162-17/ 19/09/19, 312-17/ 08/11/19, 325-17/ 21/11/19 y RNPA N° 02-575911, lote: 179-17/ 28/06/19”
  • “Choclo Supercongelado, marca, MAGLIA, RNPA N° 02-581452, 300 grs, lotes/vto: 192-17/ 11/07/19, 198-17/ 17/07/19, 259-17/ 16/09/19 y 272-17/ 29/09/19”
  • “Mix de Vegetales Supercongelado, marca DIA, RNPA N° 4089-10452/13, 400 grs, lotes/vto: 188-17/ 07/07/19, 247-17/ 04/09/19, 292-17/ 19/10/19, 320-17/ 16/11/19”
  • “Ensalada Ibiza Supercongelada, marca DIA, RNPA N° 4089-12030/09, 350 grs, lotes/vto: 205-17/ 24/07/19, 240-17/ 28/08/19, 266-17/ 23/09/19, 273-17/ 30/09/19 y 290-17/ 17/10/19”
  • “Mix Primavera Supercongelada, marca CARREFOUR, RNPA N° 2906-17161/14, 300 grs, lotes/vto: 280-17/ 07/10/19”
  • “Mix Primavera Supercongelada, marca DIA, RNPA N° 4089-12030/09, 500 grs, lotes/vto: 184-17/ 03/07/19,192-17/ 11/07/19,200-17/ 19/07/19, 303-17/ 30/10/19, 311-17/ 07/11/19 y 326-17/ 22/11/19”
  • “Mix Primavera Supercongelada, marca ERIN, RNPA N° 02-590313, 1000 grs, lotes/vto: 184-17/ 03/07/19, 234-17/ 22/08/19 y 326-17/ 22/11/19”
  • “Mix Primavera Supercongelada, marca ERIN, RNPA N° 02-590313, 2500 grs, lote/vto: 186-17/ 05/07/19”
  • “Mix Primavera Supercongelada, marca GREAT VALUE, RNPA N° 02-572770, 400 grs, lotes/vto:264-17/ 21/09/19, 269-17/ 26/09/19, 273-17/ 03/10/19 y 326-17/ 22/11/19”
  • “Mix Primavera Supercongelada, marca LA ANONIMA, RNPA N°02-570639, 400 grs, lotes/vto: 234-17/ 22/08/19, 269-17/ 26/09/19, 298-17/ 25/10/19 y 311-17/ 07/11/19”
  • “Mix Primavera Supercongelada, marca MAGLIA, RNPA N° 2906-12815/17, 400 grs, lotes/vto: 198-17/ 17/07/19, 200-17/ 19/07/19, 205-17/ 24/07/19, 298-17/ 25/10/19 y 311-17/ 07/11/19”
  • “Relleno para Tacos con Pollo, marca MAGLIA, RNPA N° 2906-11050/16, 400 grs, lote/vto: 212-17/ 31/07/19”
  • “Relleno para tarta de Vegetales Supercongelados, marca MAGLIA, RNPA N° 02-581375, 400 grs, lotes/vto: 202-17/21/07/19, 282-17/ 09/10/19 y 327-17/ 23/11/19”
  • “Sopa Supercongelada, marca LA ANONIMA, RNPA : 2906-290/15, 400 grs, lote/ Vto: 192-17/ 11/07/19”
  • “Wok de Pollo Supercongelado, marca DIA, RNPA: 4089-5282/10, 400 grs, lotes/ vto: 213-17/ 01/08/19, 223-17/ 11/08/19 y 268-17/ 25/09/19”
  • “Wok de Pollo Supercongelado, marca GREAT VALUE, RNPA:02-576913, 400 grs, lotes/vto: 188-17/ 07/07/19, 223-17/ 11/08/19 y 268-17/ 25/09/19”
  • “Wok de Pollo Supercongelado, marca LA ANONIMA, RNPA: 02-576836, 400 grs, lotes/vto: 181-17/ 10/07/19, 192-17/ 11/07/19 y 249-17/ 06/09/19”
  • “Wok de Pollo Supercongelado, marca MAGLIA, RNPA: 02-584797, 400 grs, lote/vto: 263-17/ 20/09/19”
  • “Wok de Vegetales, marca ERIN, RNPA: 02-587329, 2500 grs, lote/vto: 315-17/ 11/11/19”
  • “Wok de Vegetales Supercongelados, marca MAGLIA, RNPA N° 02-581376, 400 grs, lotes/vto: 206-17/ 25/07/19, 304-17/ 31/10/19”,
  • “Wok de Vegetales Supercongelado, marca JUMBO, RNPA N° 2906-2984/15, 400 grs, lotes/vto: 188-17/ 07/07/19 y 319-17/ 15/11/19”
  • “Wok de Vegetales Supercongelado, marca LA ANONIMA, RNPA N° 2906-2488/15, 400 grs, lotes/vto: 319-17/ 15/11/19 y 320-17/ 16/11/19”,

Por último, también se prohibieron los siguientes productos elaborados por la empresa Compañía Industrial Frutihortícola SA RNE N° 02-033570:

  • “Choclo Supercongelado, marca: CIFSA, RNPA: Exp. 4049-28183-2017 Lotes/ Vto.: 55227171 / 15/08/19, W6313G8 / 09/11/18, 55143171/ 23/05/19, 55206171 / 25/07/19, 55208171 / 27/07/19, 55263171 / 20/09/19, 55265171 / 22/09/19, 55276171 / 03/10/19, 55279173 / 06/10/19, 55308171 / 04/11/19, 55314171 / 10/11/19, 55322171 / 18/11/19”
  • “Ensalada primavera congelada, marca: CIFSA, RNPA: 4049-28233-2017, Lotes / Vto: w7897i8 / 11/04/19, 55143171 / 23/05/19, 55160171 / 09/06/19, 55178171 / 27/06/19, 55179171 / 28/06/19, 55143171 / 23/05/19, 55181171 / 30/06/19”
  • “Arvejas supercongeladas, marca: CIFSA, RNPA: 4049-28233-2017, Lote/ Vto.: 55026181/ 26/01/20, 55074181/ 15/03/20, 55143171 / 23/05/19, 55149181 / 26/05/20, 55275171 / 02/10/19, 55326171/ 22/11/19”

 

Clarín

El Ministerio de Hacienda anunció que se suspende por 6 meses la baja de las retenciones establecida para aceites y harinas de soja, y se elimina el Fondo a través del cual se transfería a provincias y municipios el 30% de la recaudación de los derechos de exportación a la soja.

Además, se reduce en un 66% el monto total pagado en concepto de reintegros a la exportación, de acuerdo con un esquema diferenciado por producto.

Las medidas están contenidas en tres decretos que serán publicados en el Boletín Oficial, mediante los cuales se generará un ahorro fiscal estimado de 12.500 millones de pesos para lo que resta de 2018 y 53.000 millones de pesos para el 2019, informó Hacienda, en un comunicado.

 

Ambito

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la distribución y la comercialización de un medicamento.

La disposición 7872/2018, que se publicó este miércoles en el Boletín Oficial, indica que se trata del producto rotulado de la siguiente manera: «Artrofin, no espere más, póngale fin al dolor, cápsulas x 16, Ext. Seco: HarpagophytumPhytolacca, Farm. Sandra N. Amezua Ruiz M.N. 11413».

La medida se adoptó «a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios del producto involucrado toda vez que se trata de un medicamento sin autorización y que resulta peligroso para la salud», indica el texto oficial.

«Independientemente del resultado que puedan arrojar los futuros análisis físico-químicos, el producto en cuestión debe ser clasificado como un medicamento sin registro, toda vez que su rótulo describe una marca comercial ‘Artrofin’ y dichos que hacen referencia a propiedades terapéuticas ‘póngale fin al dolor'», subraya la norma.

Infobae

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, comercialización y distribución de una serie de perfumes de imitación y otros productos médicos.

Mediante la disposición 7799/2018, que se publicó este martes en el Boletín Oficial, se levantó la venta de varios perfumes que fueron reconocidos como imitación.

Luego de una inspección en la sede de la firma Dis-Den Odontología, con domicilio en la calle Santa Fe Nº 3153 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, el organismo informó que los productos «carecen de información que permita identificar el establecimiento elaborador, el responsable de la comercialización y el listado de ingredientes”.

El organismo retiró el «KIT DE PROCEDIMIENTO QUIRÚRGICO/PARA CIRUGÍA DE ODONTOLOGÍA/CONTIENE 1 COMPRESA DE 60 X 60 CM, 2 COMPRESAS O, 60 POR 1 MT, 1 COMPRESA DE 0,60 X 1,40 MT, 3 CUBRE SUCTORES C/ AJUSTE, 2 BATAS C/PUÑOS, 2 GORROS P/CIRUGÍA, 2 BARBIJOS CÓNICOS, 1 CAMPO FENESTRADO C/ADH/INTEXSA/INSUMO TEXTIL SANATORIAL/INDUSTRIA ARGENTINA/FABRICADO BAJO RECOMENDACIONES DE LA ANMAT/ATÓXICO, ESTÉRIL Y LIBRE DE PIRETÓGENOS/VENTAS», debe ser prohibido hasta tanto se encuentren inscriptos en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica de la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVS).

También la DVS realizó otra inspección y resolvió que se prohíba el uso, distribución y comercialización en todo el territorio nacional de otros dos productos odontológicos el: «MYO/Punch/RotatingSurgical Punch/ ContentsOne 1 Surgical Punch/ STERILE R/MEDICAL CORPORATION USA/REF 080-401»; y también del producto: «MYO/Lead /DisposablePatient Cable/ContentsOne 1 Patient Cable/STERILE R/MEDICAL CORPORATION USA/REF 019-535». El organismo estatal determinó esto debido a que desconocen la procedencia de estos y los datos del titular responsable en Argentina. La decisión correspondiente será hasta tanto se encuentren inscriptos en el Registro de Productores y Productos de Tecnología Médica de esta Administración.

 

 

Minuto Uno