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Usurpación

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Cinco miembros de la comunidad mapuche donde desapareció y fue hallado muerto Santiago Maldonado eran juzgados por supuesta usurpación y robo de ganado. La jueza Carina Estefanía dijo que no hay delito.

Este lunes se conoció la sentencia en el juicio contra Facundo Jones Huala, Fernando Jones Huala, Andrea Millañanco, Matías Santana y Sergio Ruiz. Los cinco jóvenes eran acusados de “abigeato” (robo de ganado) y “usurpación” del predio de la localidad chubutense de Cushamen, recuperado en marzo de 2015 por la Pu Lof en Resistencia.

En un fallo considerado “histórico” por la propia comunidad y organismos de derechos humanos de la región patagónica, la jueza de la Cámara Penal de Esquel, Carina Estefanía, resolvió absolver a los acusados por la corporación de la familia Benetton, quien los había denunciado hace cuatro años de haberle robado un pedazo de su latifundio y algunos animales.

El fallo es un duro revés para los planes criminalizadores del Estado nacional y del de Chubut, sirvientes de los terratenientes de la Patagonia y a cuyo servicio ponen sus fuerzas represivas, sus leyes y sus juzgados. En este juicio se trataban hechos ocurridos entre marzo de 2015 y mediados de 2016.

Fundamentos de la absolución

Hay varios elementos que justifican hablar de un fallo inédito o “histórico”. Por una lado, la jueza Estefanía sentenció que el conficto que derivó en las denuncias de Benetton no es un conflicto “judicializable” sino que todo debería resolverse en el terreno de una solución política.

De allí que convocó en su fallo a la conformación de una “mesa de diálogo” entre las partes, es decir entre la Pu Lof de Cushamen y representantes de la corporación Benetton, lo que debería incluir a las organizaciones de derechos humanos y demás actores sociales conocedores del tema.

A su vez en el fallo, si bien no lo planteó en estos términos, la jueza realizó un reconocimiento del genocidio perpetrado por el Estado sobre los pueblos originarios, al remarcar que hubo un exterminio, que muchas familias fueron desmembradas, que parte de ellas terminaron esclavizadas y que cuando comenzaron los procesos de recuperación territorial “recuperaron la libertad”.

Otro elemento importante de la sentencia es que la jueza ordenó que se investiguen algunos mecanismos judiciales que se aplicaron en este caso para procesar y criminalizar a los mapuches. Por caso, ordenó investigar el accionar del fiscal Oscar Oro en la instrucción de la causa y que se investigue también la violencia institucional perpetrada en los allanamientos policiales donde se “buscaban pruebas”.

A su vez la jueza cuestionó por “incompatibilidad” a la pareja de Guido Otrando y Rafaela Ricono, quienes actuaron originalmente en la causa desde los dos “extremos” de la investigación judicial, uno como juez federal de Esquel y otra como secretaria de la Fiscalía Federal de la misma ciudad.

Histórico

Desde la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) de Esquel reconocieron la particularidad de esta sentencia. En diálogo con La Izquierda Diario Celeste Palavecino dijo que “hace años que la APDH viene acompañando los reclamos de las comunidades mapuches, en especial el conflicto de Cushamen, y no recordamos que haya habido una sentencia en la que quien juzga se haya tomado el trabajo de estudiar el caso desde la perspectiva del derecho indígena”.

La referente de la APDH destacó que “la jueza fundamentó su fallo apelando a la historia de las tierras en cuestión, relatando que desde la Campaña del Desierto de fines del siglo XIX esas tierras pasaron de mano en mano, desde terratenientes ingleses hasta Benetton, pero que siempre fueron tierras vitales para los mapuches y su vida comunitaria ancestral”.

Originalmente en la causa también estuvo imputado Martiniano Jones Huala, tío de Facundo y Fernando, aunque en su caso fue absuelto con anterioridad. Él siguió de cerca el juicio y luego de la sentencia de este lunes se lo vio muy emocionado en las puertas del Juzgado.

Martiniano también habló con La Izquierda Diario. Destacó que “este proceso de recuperación territorial del Pu Lof en Resistencia de Cushamen lleva cuatro años” y que el precio que están pagando “viene siendo demasiado alto. Nosotros sabíamos de la persecución y represión que podíamos sufrir pero esto nos ha sobrepasado, superó todos los cálculos”.

“Desde el primer momento en que recuperamos el territorio pedimos un diálogo serio, con gente que tenga poder de decisión sobre este tema”, afirmó Jones Huala, “pero nunca lo hubo, sabemos cómo arreglan los poderosos sus cosas”.

El comunero mapuche afirmó que este juicio fue parte de la persecución que sufren desde que lograron hacer visible la recuperación del territorio en Cushamen. Por eso coincidió en que “el fallo de este lunes es histórico, la jueza se vio obligada a reconocer derechos que siempre estuvieron en los papeles pero nadie los pone en práctica”.

Causa armada

Desde la APDH de Esquel reconocieron que “el veredicto dejó en evidencia el nivel de irregularidades que plagaron la causa, entre otras cosas los allanamientos violentos de la Policía, arrastrando y esposando a mujeres y chicos, para buscar ‘pruebas’ que nunca encontraron”.

Palavecino destacó que “la jueza cuestionó el accionar del juez federal Otranto y de su esposa, quien es secretaria de la Fiscalía Federal, considerando incompatible que ambos fueran los encargados de las dos facetas de la investigación”. Y también que Estefanía haya “recordado que el anterior fiscal Díaz Meyer fue muy ‘desordenado’ en la causa, con faltantes de pruebas y todo”.

Por su parte Martiniano Jones Huala reivindicó “la colaboración de mucha gente para que se llegara a este fallo”, entre ellas la del periodista de una radio comunitaria de la región, Dante Lobos, “que presentó un informe muy serio que demostró la estigatización de los grandes medios contra la Pu Lof de Cushamen”.

“Parecía que todo venía muy arreglado para encarcelarnos, amedrentarnos y lograr que no sigamos recuperando nuestras tierras y reclamando nuestros derechos. Pero nada de eso va a ocurrir, todo lo contrario. Seguimos reivindicando los derechos ancestrales que tenemos como parte del pueblo Mapuche y de este territorio”, afirmó Martiniano Jones Huala.

Sin embargo reconoció que “este es un fallo que festejamos a medias. No queríamos pagar tan alto el precio de tener dos muertos en estos cuatro años de recuperación territorial. Hablo del compañero Santiago Maldonado, muerto por la represión de Gendarmería en la Pu Lof, y del peñi Rafael Nahuel, asesinado por Prefectura en la comunidad Lafken Winkul Mapu de Villa Mascardi. No queremos que más jóvenes, con todo un futuro por delante, pierdan la vida por el ensañamiento de aquellos poderosos que se creen dueños de todo”.

Un dato alrededor de este juicio debe ser remarcado, sobre todo de cara al futuro. En palabras de Jones Huala, “se han hecho muchos daños irreversibles contra nuestra gente, y lo único que hizo el Gobierno fue enviar a la mano derecha de la ministra (Patricia) Bullrich, ese personaje al que no se le puede llamar señor, (Pablo) Noceti. Desde que él estuvo acá dando vueltas comenzamos a recibir la peor persecución que yo he visto, al menos en los últimos veinte años. Seguramente mis antepasados habrán visto cosas peores, pero yo sinceramente nunca había visto el nivel de persecución que se vive en la Pu Lof”.

La Izquierda Diario

La Jueza de Esquel, Dra. Carina Paola Estefanía, dictó sentencia en relación a la causa por usurpación, abigeato y tenencia de arma de guerra que involucra a miembros del denominado Lof en resistencia Cushamen.

La acusación del Ministerio Público Fiscal estuvo basada en tres hechos. El primero, ocurrió el 13 de marzo de 2015, y motivó una denuncia de usurpación contra un grupo de personas encapuchadas que ingresó a un cuadro de la Estancia Leleque, propiedad de la Compañía de Tierras Sud Argentino S.A., con la supuesta finalidad de asentarse en el lugar. Por esta causa fueron denunciados Francisco Facundo Jones Huala, Andrea Yanina Millañanco, Fernando Eloy Jones Huala, Matias Daniel Santana, Rodrigo Ezequiel Jaramillo, Sergio Leonardo Ruiz Huenchupan y Luis Alberto Cayutur.

El segundo hecho, se produjo el 27 de mayo de 2016 en horas de la mañana, en el interior de una casilla de madera ubicada en el predio usurpado de vuelta del río, cuadro de la Estancia Leleque, en el que se encuentran involucrados Sergio Leonardo Ruiz junto con el menor Nicolás Daniel Hernández Huala. Según consta en la denuncia tenían en su poder, en el interior de un morral de cuero, armas y cartuchos de bala.

Por el tercer hecho, ocurrido entre el 22 y 27 de mayo de 2016, fueron denunciados Francisco Facundo Jones Huala, Andrea Yanina Millañanco, Fernando Eloy Jones Huala, Matias Daniel Santana, Rodrigo Ezequiel Jaramillo, Sergio Leonardo Ruiz Huenchupan y Luis Alberto Cayutur, a quienes se acusó de apoderarse y posteriormente faenar, al menos de 17 animales ovinos raza merino, lana blanca, del cuadro denominado 15 Pescados de la Estancia Leleque, propiedad de la Compañía de Tierras Sud Argentino S.A.

La jueza Estefanía resolvió absolver a Fernando Eloy Jones Huala, Rodrigo Ezequiel Jaramillo, Sergio Leonardo Ruiz Huenchupan, Matías Santana y Andrea Jazmín Millañanco, del delito de Usurpación. También sobreseyó a Fernando Eloy Jones Huala, Rodrigo Ezequiel Jaramillo, Sergio Leonardo Ruiz Huenchupan, Nicolás Daniel Hernández Huala y Andrea Jazmín Millañanco, del delito de Abigeato Agravado. Al mismo tiempo, fueron absueltos Matías Santana, del delito de Abigeato Agravado y Sergio Leonardo Ruiz Huenchupan, del delito de Tenencia de Arma de Fuego de Uso Condicional, por el hecho ocurrido el 27 de mayo de 2016, en la intersección de las rutas Nacional nro. 40 con la ex ruta 40 con dirección a El Maitén, en perjuicio de la Administración Pública. Por este mismo hecho, Estefanía declaró penalmente responsable a Nicolás Daniel Hernández Huala.

Al fundamentar el fallo, la Jueza de Esquel señaló que “este juicio ha puesto al descubierto las graves consecuencias procesales que tuvo aquel allanamiento ordenado por el Juez el primer día de la toma, que la Policía del Chubut no llevara adelante en el tiempo y la forma en que el Juez Penal lo había ordenado, para lo cual debían prever como realizarlo, porque ya sabían de la negativa de las personas a identificarse”. Agregó que “de allí en más los sucesivos desaciertos del MPF, no han dejado de sorprenderme, durante todo el debate”.

Genocidio: El fin no justifica los medios

Mencionó que “el segundo allanamiento se pidió para el mes de agosto y nuevamente fracasó porque la policía del Chubut filtró información”, añadió que “tres meses después se pidió la vigilancia discreta y se repitió en el mes de mayo de 2016, que por la utilización de cámaras de mejor calidad, pudieron identificar a Francisco F. Jones Huala, de quien tenían sospechas y fotos para realizar comparaciones”

Cuestionó que “cuando se detuvo a los imputados en el allanamiento, no se secuestraron sus prendas de vestir para hacer pericias comparativas, no se secuestraron los celulares, que hubieran permitido analizar sus llamadas, mensajes, fotografías, ubicaciones, etc., todo lo cual forma parte del conocimiento básico de cualquier investigador”.

Con respecto a la denuncia de abigeato, sostuvo que “no se realizó un rastrillaje buscando rastros para verificar de donde habían traído los animales ni tampoco se secuestraron los cueros, bajo excusas que no guardan relación con lo ocurrido”. Remarcó la jueza que “con el delito de tenencia de armas de fuego no pidieron el informe al Renar para saber si el arma tenía pedido de secuestro, si estaba registrada y si los imputados tenían el permiso correspondiente”. La Dra. Estefanía aseveró que “los desaciertos no sólo se vieron en materia probatoria, sino también en materia procesal. Se realizaron imputaciones a personas que ameritaron su búsqueda para la realización de las audiencias a tenor del art. 274 del CP, y luego no presentaron las acusaciones, lo cual motivó el dictado del sobreseimiento”.

En lo referente a la situación de Francisco Facundo Jones Huala, la jueza subrayó que “se dictó la prisión preventiva, lo que ameritó revisiones ante dos jueces, nuevos pedidos pidiendo la sustitución, sin embargo, cuando el nombrado obtiene la libertad el 1 de septiembre de 2016, al finalizar el juicio de extradición en el que se dispuso el archivo de las actuaciones, la medida dictada en estos actuados estaba vencida. La Oficina Judicial anoticiada de esa situación se comunicó con el Fiscal Dr. Oscar Oro, para coordinar el horario de la audiencia, sin embargo el nombrado señaló que no le interesaba la prisión preventiva que tanto dispendio jurisdiccional había provocado”.

Agregó que el Fiscal “también fue errático al formular las imputaciones y a pesar de las advertencias del Juez, se mantuvo en su postura, apoyando su decisión en conceptos jurídicos inexistentes; no hay doctrina ni jurisprudencia que sostenga que el delito de usurpación es un delito continuado, que se prolonga mientras dure la permanencia en el predio usurpado”.

La jueza reflexionó que el único modo que tiene el Estado para exigir el cumplimiento de las normas y proscribir la justicia privada es a través de una administración de justicia organizada en forma eficiente, y cuando la administración de justicia fracasa, la seguridad jurídica es reemplazada por la irracionalidad y por la imprevisibilidad desapareciendo la confianza y colocando a los miembros de una sociedad, y a veces hasta al propio gobierno, en estado de indefensión.

“Si este engranaje se resiente en cualquiera de sus fases, se pone en peligro la seguridad jurídica, el Estado de Derecho y el Estado de Justicia” sentenció y advirtió respecto a las responsabilidades internacionales que podrán derivar para el Estado Nacional, para nuestra provincia y para los funcionarios y magistrados que no cumplan con las normas, y que con dicha omisión se produzca una violación de pactos internacionales, garantes de la tutela judicial efectiva, que el Estado Nacional se ha comprometido a cumplir.

En la sentencia, la Dra. Estefanía quiso dejar en claro que la política expansionista y de distribución del territorio, que comenzó a gestarse en la década del 70, nunca debió incluir la conocida “conquista del desierto” pues con la excusa de lograr una unidad geopolítica se violaron los derechos humanos más elementales de personas sólo por su condición de aborigen”

Y manifestó que “a la luz de todo lo ocurrido en este debate, el estereotipo aún perdura con fuerza en la sociedad argentina. Entonces, esa realidad le da sentido a la decisión procesal de las defensas de presentar pericias antropológicas para que ilustren al Tribunal sobre la historia de los pueblos originarios, en tanto no es raro que muchos ciudadanos –cualquiera sea su oficio o profesión- todavía se refieran a los mapuches como chilenos que exterminaron a los tehuelches argentinos, ignorancia del conocimiento académico acumulado en estas décadas

No obstante, en su escrito, la jueza de Esquel, expresó categóricamente que un Estado Democrático no puede tolerar la violencia en ninguna de sus manifestaciones, aun cuando formen parte de una protesta social y allí el Derecho Penal, se transforma en la herramienta idónea para investigar, mediante un proceso justo, que garantice el control ciudadano. “La frase El fin justifica los medios, nunca ha sido utilizada para fines dignos” señaló la magistrada y agregó “nada que sea producto de la violencia será bueno como tampoco lo será la venganza”. “No se puede avalar la historia oficial en punto a justificar el exterminio de los pueblos originarios, pero tampoco se puede avalar que bajo la excusa de haber sido víctimas de esa violencia se la utilice para reivindicar derechos que el Estado no les ha reconocidos” sentenció.

La jueza cordillerana dispuso la conformación de una Mesa de Diálogo entre las partes que deberá estar a cargo del Poder Ejecutivo Provincial y en la que se deberá dar participación al INAI, al Consejo Consultivo Indígena con el propósito de acordar las medidas conducentes para dar solución al conflicto suscitado y estableció un plazo de noventa días corridos a partir de la notificación.

Remitió en carácter de denuncia al Ministerio Público Fiscal a fin de que se investigue la conducta de los entonces Jefes de la provincia del Chubut y de la Unidad Regional de Esquel Cifuentes y a Oscar Marinao, por los hechos ocurridos el día 14 de marzo de 2018 en la localidad de Cholila y ruta Nro. 40, cruce El Maitén.

Decidió remitir copia de los audios y videos de los presentes actuados en el carácter de denuncia al MPF a fin de que se investigue las conductas denunciadas en cuanto al trato que habrían por parte de las fuerzas de seguridad nacionales y/o provinciales, que habrían recibido las mujeres a las que se le impidió regresar a sus viviendas, junto a sus niños, el día 27 de mayo de 2017.

Envió en carácter de denuncia, al Consejo de la Magistratura de la provincia del Chubut fotocopia de estos actuados –documental, audios y videos-, para que se investigue el posible incumplimiento de sus deberes del Fiscal Jefe Dr. Oscar Oro por su actuación en la causa.

Por último, remitió a modo de denuncia, al Consejo de la Magistratura de la Nación y a la Procuración de la Nación para que se investigue la conducta de la Fiscal Ad hoc Rafaela Ricono y el Juez Federal Guido Otranto, que tuvieron actuación en el caso, a pesar de ser pareja, cuando eso está expresamente prohibido por el Código Procesal Penal de la Nación.

Los alegatos de las partes se extendieron desde las primeras horas de la tarde hasta entrada la noche del sábado. Las postulaciones de los acusadores se centraron en el análisis de las evidencias en relación a los tipos penales de usurpación, abigeato y tenencia de arma de guerra. Las defensas plantearon la falta de prueba respecto de los delitos acusados y de esta con cada uno de los imputados, atacaron el derrotero de la investigación desde sus orígenes y reivindicaron que se trata de un conflicto que trasciende la definición judicial y demanda de respuesta política.

La juez Carina Estefanía tiene por delante una ardua tarea de revisión, análisis, examen legal y jurisprudencial, para arribar a una decisión adecuada al caso que le fue expuesto. La dimensión del conflicto se extiende mucho más allá de la esfera de competencia del derecho penal, en este ámbito solo se resolverá sobre hechos puntuales, acotados a los aspectos que el Código Penal establece como infracciones a sus normas. Como señaló uno de los defensores, la resolución de este tribunal no significará la solución del conflicto. También lo dijeron los fiscales al indicar que lo que está en juego en el debate es establecer si los hechos llevados a juicio constituyen delito y en tal caso, determinar si la prueba alcanza para declarar o no la responsabilidad de cada uno de los imputados en tales hechos.

Algunos de los aspectos controvertidos del proceso, son los siguientes:

En torno a la usurpación la juez deberá decidir si es suficiente la constatación de presencia en el lugar por parte de los imputados, fundamentalmente acreditada con el allanamiento de mayo de 2016. Los acusadores entienden que la usurpación es un delito continuado y que la permanencia en el lugar es suficiente para achacar el delito a las personas que se encontraban en él. Sostienen además que configura el tipo penal porque el ingreso se realizó mediando violencia y que la clandestinidad estuvo dada por el ocultamiento de la identidad de los autores quienes llevaban los rostros cubiertos.

La Defensa dice que la usurpación se consuma en el acto de acceso al predio, que la continuidad es solo el efecto de ese ingreso, pero no es en sí misma la comisión del delito. También sostienen que la clandestinidad a la que se refiere la norma no es a cubrirse los rostros, sino que es ingresar procurando no ser vistos.

Respecto del abigeato, los fiscales citan las constancias fotográficas, fílmicas y testimoniales, relativas el faenamiento de animales con marcas y señales que no son de propiedad de los imputados. Argumentaron sobre la coautoría en relación a este delito y pidieron la declaración de responsabilidad. Por su parte las defensas plantearon que no se pudo identificar fehacientemente la propiedad de los animales y que el faenamiento de animales ajenos podría configurar delito, pero no abigeato, porque desde su perspectiva no se acreditó el hurto.

En cuanto a la tenencia de arma, los fiscales de juicio se encontraron con que la documentación del RENAR para establecer si quién se encontraba en la casilla con el arma, estaba o no autorizado para ello, no había sido aportada por sus predecesores. Se refirieron al modo en que fue hallado el revólver calibre 38, que estaba cargado y que también en el lugar se encontraron vainas, además de otro tipo de elementos de defensa. Los defensores señalaron que no puede pedirse al imputado que pruebe su inocencia aportando la documentación, y pusieron reparos en relación al hallazgo.

Por fuera de los tipos penales, los alegatos se extendieron en relación a los derechos especiales puestos en juego, y en el devenir histórico de los pueblos originarios y su relación con la tierra.

Por pedido de los representantes de la fiscalía, el juez Daniel Pérez libro una orden de rebeldía y detención contra Rodolfo Dinosio Halk (56), acusado como presunto autor del delito de usurpación. En tanto, su pareja Sandra Nélida Morales (55), fue detenida por la policía y paso una noche alojada en la alcaldía policial de Comodoro Rivadavia. Los imputados se negaron a comparecer al juicio oral y público, que estaba fijado desde el martes 19 de febrero en Senguer. En una audiencia de revisión de la medida de coerción, el tribunal integrado por las magistradas Raquel Tasello y Mónica García dispusieron que la imputada recupere la libertad.

Por último, se resolvió que el lunes 11 de marzo, debe realizarse el juicio oral y público en la localidad donde se registraron los hechos.

En fuga

Un nuevo capítulo se sumo al dilatado proceso judicial contra la pareja denunciada por los representantes legales de la municipalidad y el concejo deliberante. A Sandra Morales y Rodolfo Halk, se les endilga la conducta delictiva de presunta usurpación de tierras, en la zona de bahía «Laguito Escondido», en el lago La Plata de Alto Rio Senguer.

Desde el 15 de marzo del 2017, los imputados incumplieron con la obligación legal de asistir a las citaciones judiciales. Tres audiencias de apertura de investigación, tuvieron que ser reprogramadas. La misma suerte corrieron los actos judiciales de audiencias preliminares. El juicio oral y público fue planificado y suspendido en tres ocasiones. Los sospechosos, se excusaban de comparecer a las audiencias argumentando: condiciones climáticas desfavorables, escasez de combustible, razones de salud, entre otras.

En esta ocasión, las fechas de audiencia de debate se fijaron desde el martes 19 al jueves 21 de febrero. El juicio se debía desarrollar en el salón del Honorable Concejo Deliberante de Senguer. Hasta allí fueron el juez Daniel Pérez, el fiscal Herminio Gonzales Meneses, los abogados del Ministerio de la Defensa Publica Gustavo Oyarzun y Marcelo Catalano, empleados de la oficina judicial y los testigos citados. En tanto, una vez más, no se presentaron los acusados Rodolfo Halk y su pareja Sandra Morales.

Ante esta situación, el representante de la parte acusadora peticiono a Pérez el dictado de una orden de rebeldía y compulsa con el auxilio de la fuerza pública.

En este contexto se informo que cuando los policías llegaron al domicilio fijado por los procesados, solamente encontraron a Sandra Morales. Por este motivo, los acusadores pidieron al magistrado la suspensión del debate por el principio de concentración y que se fije una nueva fecha de juicio. El fiscal Meneses también requirió que se libre una orden de detención contra Rodolfo Halk y la aplicación de la medida de prisión preventiva para Morales.

Por su parte, Oyarzun se opuso a la solicitud de la fiscalía, respecto a la aplicación de la medida de coerción. El defensor argumento que no se presentaban los riesgos procesales de peligro de fuga por la pena en expectativa, ya que en caso de ser declarados autores penalmente responsables, sus asistidos deberían cumplir dos años y tres meses de prisión en suspenso.

Para el abogado defensor, no se debía invocar el requisito de entorpecimiento de la investigación, en función de que la acusación publica ya fue presentada.

Luego de escuchar las solicitudes de las partes, el magistrado decidió hacer lugar a los requerimiento del Ministerio Publico Fiscal. Con respecto a la detención de la imputada, dispuso que sea por un plazo de veinte días . Asimismo, se reprogramo el debate oral y público para el lunes 11 de marzo.

Revisión de la prisión preventiva

El tribunal colegiado para la revisión de la medida de coerción fue integrado por las juezas Mónica García y Raquel Tasello. Las magistradas participaron mediante el sistema de video conferencia desde la oficina judicial de Comodoro Rivadavia.

En esta ocasión, Oyarzun ilustro al tribunal sobre los fundamentos de la decisión judicial adoptada por el juez Pérez, en el marco del juicio suspendido el ultimo miércoles en Alto Rio Senguer.

En este sentido, califico de arbitraria e insostenible la resolución del magistrado. Para Oyarzun, no corresponde achacar el comportamiento de Halk a la co imputada y de esta manera privarla de su libertad. En consecuencia, peticiono el cese de la medida de coerción.

Por su parte, Menes acompaño la resolución del magistrado y relato las incompetencias injustificadas de la pareja procesada.

Asimismo, la mujer detenida declaro que se sentía victima de una tiranía de clases. A ello, agrego que el fiscal tenia apuro en esta causa y no actuaba con la misma celeridad en casos similares ocurridos en Senguer.

Luego de un cuarto intermedio, las integrantes del tribunal dispusieron la revocatoria de la medida de coerción y dispusieron que Morales recupere su libertad.

Los Hechos

Según los investigadores, en los días de octubre del 2016, dos personas sin ningún tipo de autorización, ingresaron a una zona ubicada a orillas del lago «La Plata». El sector es conocido como bahia»Laguito Escondido». Allí se encuentra el Parque Municipal “Shoonem”.

Asimismo, se informo que los ocupantes habrían talado aproximadamente diez lengas verdes, para construir un campamento. También se observaron: dos camiones, una casilla, un baño químico, materiales y herramientas de construcción. Los imputados fueron acusados como presuntos co autores del delito de usurpación. El Ministerio Publico Fiscal adelanto que en caso de que el tribunal del juicio los hallara penalmente responsables, pediría la pena de dos años y tres meses de prisión.

Estaba previsto para este jueves el comienzo del debate por hechos calificados como usurpación, tenencia de arma y abigeato, en Leleque. Sin embargo la abogada defensora de una de las personas imputadas, manifestó que se encuentra enferma y aun fuera de la provincia, regresando de sus vacaciones. La juez de juicio, Carina Estefanía, abrió la audiencia para llevar a cabo la identificación de las partes y de los imputados presentes, respondió a los planteos y dispuso el inicio del debate para el lunes a las 8:00 hs.

Llegaron a la audiencia de debate los imputados Nicolás Daniel Hernández Huala, Sergio Leonardo Ruíz, Rodrigo Ezequiel Jaramillo, Fernando Lloy Jones Huala, Matías Daniel Santana y Andrea Jazmín Millañanco. El séptimo imputado es Francisco Facundo Jones Huala que actualmente se encuentra en prisión en Chile, por hechos juzgados en ese país.

Si el lunes 11 se presenta la abogada Sonia Ivanof, los acusadores y las defensas desplegarán ante el Tribunal sus teorías sobre los hechos, quedando formalmente abierto el juicio para el que se citó a gran cantidad de testigos.

Cuáles son los hechos llevados a debate?

La acusación pública los describe de esta manera:

HECHO 1: Tuvo comienzo de ejecución el día 13 de marzo de 2015, en horas de la mañana no establecida con precisión, pero con antelación a las 10.45 horas, oportunidad en la que un grupo de aproximadamente quince personas de ambos sexos encapuchados (ocultando de tal modo sus rostros) entre los que se encontraban FRANCISCO FACUNDO JONES HUALA, ANDREA YANINA MILLAÑANCO, FERNANDO ELOY JONES HUALA, MATIAS DANIEL SANTANA, RODRIGO EZEQUIEL JARAMILLO, SERGIO LEONARDO RUIZ HUENCHUPAN y LUIS ALBERTO CAYUTUR, ingresaron a un cuadro de la Estancia Leleque, propiedad de la Compañía de Tierras Sud Argentino S.A., con finalidades de asentarse en el lugar, despojando de la posesión y uso que efectivamente tiene la estancia mencionada.

Luego del ingreso, colocaron carteles en el alambrado que da al cruce de rutas –ingreso a El Maitén- que rezaban “fuera Benetton” y “territorio mapuche”. El cuadro mencionado posee uno de sus vértices en la intersección de las rutas 40 (asfaltada que une Esquel con Euyén) y la ex ruta 40 (de ripio, que ingresa a El Maitén). Advertida la presencia por parte de personal policial del lugar –Sub Comisaría Leleque- y ante la presunta comisión de un delito en situación de flagrancia, ingresan al predio en persecución de tres integrantes de aquél grupo (dos hombres y una mujer encapuchados) que corren hacia el interior del predio efectuando gritos en idioma mapuche y utilizando un silbato, en dirección al Río Chubut.

En este marco de persecución, en un momento aparecen desde el sector opuesto el resto del grupo –aproximadamente diez personas- todos ellos con los rostros cubiertos y munidos de morrales con piedras y hondas manuales tipo boleadoras, efectuando gritos en idioma mapuche y exhibiendo en forma amenazante las hondas cargadas con piedras, quienes manifiestan que ellos son los dueños de esas tierras, exigiendo al personal policial que se identifiquen, sin permitir entablar un diálogo en relación a la situación planteada.

Es así que los efectivos policiales (tres en total) al verse superados en número y ante la actitud hostil de estas personas, deciden replegarse siendo seguidos por el grupo quienes comienzan a arrojarles piedras, ante lo cual al menos dos de los efectivos con sus armas reglamentarias realizan disparos al aire para evitar ser agredidos. En esas circunstancias, el vocero del grupo les manifiesta a los efectivos policiales que si “tocaban a alguno de ellos, los prenderían fuego junto con la subcomisaría” impidiendo en definitiva de tal forma la actuación policial, y permaneciendo en el predio desde tal fecha.

HECHO 2: En fecha 27 de mayo de 2016 en horas de la mañana, en el interior de una casilla de madera ubicada en el predio usurpado de vuelta del río, cuadro de la Estancia Leleque, SERGIO LEONARDO RUIZ junto con el menor NICOLAS DANIEL HERNANDEZ HUALA tenían en su poder, sobre un colchón, en el interior de un morral de cuero, separados en diferentes trapos o retazos de diferentes colores, un total de 36 cartuchos a bala con inscripción Winchester calibre 38 SPL + P, tres vainas servidas con la misma inscripción y un revólver calibre 38 con seis alveolos marca Smith & Wesson color gris con empuñadura color negra de plástico, con seis cartuchos a bala calibre 38 con inscripción Winchester calibre 38 SPL + P, numeración serial B 116176.

HECHO 3: FRANCISCO FACUNDO JONES HUALA, ANDREA YANINA MILLAÑANCO, FERNANDO ELOY JONES HUALA, MATIAS DANIEL SANTANA, RODRIGO EZEQUIEL JARAMILLO, SERGIO LEONARDO RUIZ HUENCHUPAN y LUIS ALBERTO CAYUTUR, entre los días 22 y 27 de mayo de 2016, se apoderaron de al menos la cantidad de diecisiete (17) animales ovinos raza merino, lana blanca, del cuadro denominado 15 Pescados de la Estancia Leleque, propiedad de la Compañía de Tierras Sud Argentino S.A., trasladándolos hasta el interior del predio usurpado en el cuadro Vuelta del Río, en donde los animales fueron faenados. De ellos, seis reses y media fueron secuestrados como carne fresca, y se constató la cantidad de diecisiete cueros con la señal de la empresa al momento de inspeccionar el lugar.

Lo definió el juez Martín Zacchino para el y ocho integrantes más de la Pu Lof Cushamen. Es por el reclamo de Benetton

Este jueves el Juez Martín Zacchino definió elevar a juicio la causa por usurpación, abigeato y tenencia ilegal de armas que tiene como principal protagonista a Facundo Jones Huala y a varios miembros del Pu Lof Cushamen.

La acusación pasa a juicio con toda la prueba aportada por las partes.

Los imputados son Facundo Jones Huala, Andrea Millañanco, Sergio Huenchupán, Matias Santana, Rodrigo Jaramillo, Nicolás Hernandez Huala, Fernando Jones Huala y Alberto Cayutur.

Los defensores son Bruno Deias, Fernando Raziwilowski y Sonia Ivanoff, y  los fiscales Marcelo Cretton, Carlos Riccheri y Fidel González . Por la empresa Compañia de Tierras (Grupo Benetton) esta presentado como querellante el  Dr. Jorge Williams.

La causa tiene  como querellante a la compañía de Benetton y por la fiscalía actúan los fiscales Marcelo Cretton y Fidel González.

Facundo Jones Huala siguió la lectura de la sentencia por videoconferencia desde la Unidad 14 del Servicio Penitenciario Federal donde permanece alojado  a la espera de la extradición a Chile confirmada por la Corte días atrás.

 

 

EQS Notas

El secretario de Desarrollo Social y Acción Comunitaria, Héctor Castillo, reiteró este jueves que desde la Municipalidad de Trelew, y que por expreso pedido del intendente Adrián Maderna, se denunciará penalmente a quienes intenten ocupar terrenos de manera ilegal.

El funcionario hizo las declaraciones luego de desactivar un intento de usurpación. Se trató de más de una veintena de familias que cuando los funcionarios municipales llegaron al lugar ya habían cercado y limpiado los terrenos, con intención de establecerse. Héctor Castillo precisó que “algunos de los individuos son reincidentes en este tipo de acciones, puesto que en el mes de febrero de este año habían intentado usurpar las 32 viviendas, que ya estaban listas para ser entregadas en el Barrio Los Aromos”.

Castillo aseguró que esta “práctica desleal” atenta contra muchas personas que “esperan por años la adjudicación de un terreno para poder construir su casa propia y para eso realizaron todos los trámites que corresponden, de acuerdo a la ordenanza vigente”.

“No puede ser que personas que no están anotadas en ningún registro, ya sea del IPV, del Banco de Lotes o tierras fiscales de la Municipalidad tomen posesión de terrenos que en algunos casos ni siquiera pertenecen  a la comuna sino al sector privado”, cuestionó.

Héctor Castillo indicó que la Municipalidad de Trelew lleva adelante una política social activa que busca tener en cuenta todas las necesidades de los vecinos, incluyendo el otorgamiento de lotes para viviendas familiares. En ese sentido recordó que “para este año está previsto comenzar con la entrega de los 850 terrenos del Loteo Belgrano, los cuales se adjudicarán de manera responsable, incluyendo los servicios de agua y luz; como así también el nivelado correspondiente de calles y señalización urbana”.

El Secretario de Desarrollo Social y Acción Comunitaria Municipal reveló que en las próximas horas mantendrá  una reunión con el ministro de Gobierno, Federico Massoni, con el objetivo de avanzar en el trabajo conjunto con la Policía Provincial, a fin de prevenir nuevas usurpaciones.

Así lo confirmó el Subsecretario de Seguridad de Comodoro Rivadavia, Héctor Quisle, al indicar que se llevó a cabo un procedimiento en la zona de km 8, en proximidades del camino a Caleta Córdova. “Cualquier ciudadano que detecte este tipo
de prácticas ilegales, puede realizar la denuncia correspondiente y tomaremos las medidas al respecto”, recordó.

De esta manera, Quisle explicó que “se recibió una denuncia de vecinos por ocupaciones y el área de Tierras, luego de corroborar las usurpaciones, emitió las correspondientes notificaciones para que se retiren del lugar voluntariamente. Al hacer caso omiso a dicha notificación, se procedió con el levantamiento, según establece la ordenanza”.

“Se trata de 6 ocupaciones, construcciones precarias y cercos, ubicadas en cercanías del camino hacia el barrio Caleta Córdova, por lo que se trabajó conjuntamente con la Secretaría de Servicios a la Comunidad y la Policía del Chubut, donde se retiraron chapas, tirantes y materiales”, detalló.

Por otra parte, aclaró que si bien no se registraron incidentes, es importante la colaboración de la ciudadanía para evitar este tipo de prácticas ilegales e instamos a que tramiten por las vías legales la obtención de un terreno en la ciudad.

Finalmente, el funcionario recordó que la comunidad puede denunciar cualquier irregularidad al 103 de Defensa Civil o comunicándose con las líneas gratuitas y anónimas del Municipio, al 0800-333-0706.

La Municipalidad de Rawson volvió a evitar este martes la usurpación del predio que está ubicado en el barrio Néstor Kirchner, del Área 12, que será destinado a la construcción de un jardín de infantes. Personal de las Secretarías de Obras y Servicios Públicos y de Planificación y Desarrollo Urbano retiraron postes y alambres con los que los usurpadores iban a lotear el lugar.

El secretario de Planificación y Desarrollo Urbano, Federico Ercoli, indicó que “este martes, registramos que nuevamente intentaron usurpar un predio municipal en inmediaciones al Área 12, como venimos accionando desde el municipio procedimos a desalojar el predio con la maquina de obras publicas, camiones y personal municipal para levantar todo lo que fue un incipiente intento de usurpación. Ya tenían hasta una precaria casilla armada”.

“Estamos a la espera de que alguna persona reclame los elementos que estaban siendo usados para delimitar los terrenos, como postes, palos y alambrados. Hay que dejar en claro que no vamos a permitir la usurpación de predios municipales de ninguna manera, vamos a seguir sacando todos los intentos de usurpación, porque no es el método. Creemos que estamos llevando adelante políticas y gestiones para darle solución y respuestas a las necesidades habitacionales”, remarcó el funcionario municipal.

Y agregó: “Desde nuestra óptica son maniobras de personas que quieren complicar las cosas y está utilizando gente que tiene alguna necesidad; a estos les decimos que se acerquen a la Municipalidad, a la Secretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano, que vamos a intentar dar respuestas de otro manera, pero siempre con al ley en la mano. Usurpar no es el método y queremos dejar esto en claro”.

Ercoli precisó además que “creemos que hay gente detrás que está especulando con estas cosas y estafando a la gente.  Alentamos a los vecinos a que, a sabiendas de sus necesidades no alimenten este tipo de accionar mediante la compra o la ocupación de terrenos, porque van a tener problemas más adelante cuando quieran titular sus tierras”.

“Vamos a ser muy estrictos en todo lo que tengamos que hacer para defender la tierra pública y los derechos de los vecinos de Rawson que cumplen con sus impuestos. No vamos a permitir hechos que estén fuera de la ley”, aseveró el funcionario municipal.

Desde la Municipalidad de Rawson recordaron que se está desarrollando, desde la primera gestión de la intendenta Rossana Artero, un plan integral de desarrollo de tierras para resolver las necesidades habitacionales de la población. Sin embargo, hace unos días, personas pertenecientes a otras localidades intentaron usurpar terrenos ubicados en el Área 12 y fueron desalojados.

En ese marco, el secretario municipal de Planificación, Federico Ercoli, sostuvo que “vamos a defender los lugares que son destinados al futuro crecimiento de la ciudad; la necesidad no justifica que la gente pueda delinquir, desde el municipio estamos trabajando arduamente para cubrir las necesidades habitacionales a través de las políticas de tierras que se están desarrollando en la gestión de Rossana Artero”.

“Esto se está realizando mediante distintos programas como el Tierra Para Todos o las distintas gestiones que estamos llevando a cabo para ceder más de 700 lotes a través de entidades intermedias para gente. También tenemos en desarrollo para personas con otro poder adquisitivo, aproximadamente cuatro loteos privados. La demanda de lotes está súper cubierta a nivel social”, remarcó el funcionario.

Advertencias

Ercoli precisó que “hay gente detrás que está fogoneando y especulando con la usurpación de terrenos, además de que está haciendo negocios ilegales y estafando a la gente.  Espero que las personas de buena voluntad no alimenten este tipo de accionar mediante la compra o la ocupación de terrenos. No vamos a permitir que se metan en cualquier lado”.

“No podemos permitir que nadie pretendan hacer negocios estafando a otros, el municipio por más que la gente usurpe no le va a dar nada, ni servicios ni nada relacionado con la legalización porque lo que hacen es ilegal. Quiero dejar en claro esto que la gente que usurpa no va a tener un lote sino un problema, porque nunca podrá legalizar su situación habitacional”, subrayó el secretario de Planificación.

Y concluyó: “Vamos a ser muy fuertes para defender la tierra pública y a los vecinos de nuestra ciudad que pagan día a día sus impuestos. En este sentido vamos a tener una firme postura y no vamos a permitir hechos que estén fuera de la ley”.