A lo largo de toda la mañana del lunes se concretó en sede de los tribunales penales del barrio Roca la audiencia de revisión de la prisión preventiva por el hecho contra la propiedad, que tiene como imputados a Víctor y Agustín Alcaina. El defensor atacó la decisión de la jueza natural de mantener la prisión preventiva sobre sus pupilos sosteniendo que la misma “fue arbitraria”. En contraposición la fiscal pidió se mantenga la medida de coerción sobre ambos imputados, tal cual les fuera dictada.
La audiencia de revisión se concretó ante los jueces Alejandro Soñis y Jorge Odorisio; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Andrea Rubio, fiscal general y Cristian Olazabal, funcionario de fiscalía. En tanto que la defensa de los imputados fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado particular de los mismos.
En un primer momento el defensor atacó la resolución de la jueza natural de la causa de mantener por seis meses la prisión preventiva sobre Víctor y Agustín Alcaina. “La jueza en su resolución no ha respondido los planteos que ha realizado la defensa, que el joven Agustín Alcaina no participó en el hecho”. En realidad fue su consorte de causa de apellido Navarro, aseguró el defensor. Las imágenes del video “son un indicio claro que asiste razón a la defensa; y la persona que aparece en el video no es Agustín Alcaina”, sostuvo Iglesias. Agregó que el juez de garantías debe ser un contrapeso entre el caso del fiscal y el caso de la defensa. Concluyendo que el fallo de la jueza fue “arbitrario y desoye el derecho a defensa por lo cual viola el debido proceso”. Sobre Víctor Alacina también afirmó el defensor que “no participó” del robo.
En contraposición la fiscal argumentó que en la audiencia del pasado viernes el defensor debía traer a la audiencia una situación nueva para morigerar la prisión preventiva de sus pupilos. La jueza entendió que no hubo ninguna situación nueva para modificar la prisión preventiva que pesa sobre los imputados Alcaina. En las cámaras que refiere ya fue evaluada la diferencia de altura de Alacina padre, e hijo y no se le alcanza a ver la cara y menos el tatuaje. Asimismo de las intervenciones telefónicas ordenadas por un juez penal competente, uno de los co-imputados en la causa comentó que había cometido el robo a la Escribanía Reigada con Alacina padre e hijo. Sosteniendo que la resolución de la jueza natural fue “fundada e imparcial” y pidiendo al tribunal que mantenga la prisión preventiva por seis meses que les fuera dictada a ambos. Agregando que a Agustín Alcaina le fue concedida una morigeración de la misma para que pueda asistir a una institución educativa.
Finalmente el tribunal de revisión, luego de un cuarto intermedio, resolvió por unanimidad confirmar el decisorio de la jueza natural y mantener la prisión preventiva que pesa sobre ambos imputados por el término de seis meses, tal como les fuera dictada en la audiencia de control de detención. “Estamos en un sistema penal adversarial, donde existen hipótesis contrapuestas entre la defensa y la fiscalía, entonces el juez entiende que tiene mayor sustento una que otra”. Asimismo sostuvieron que la jueza no fue arbitraria en su resolución ya que en la detención posterior al hecho hubo varios indicios que dan la probabilidad de autoría en cabeza de Agustín Alcaina. Su fisionomía es similar a las personas que aparecen en las cámaras, concluyeron.
El hecho investigado acontece el pasado 31 de diciembre de 2017, siendo aproximadamente las 00.57 hs. cuando tres de los imputados Painemal, Heredia y Alcaina se hacen presentes en las inmediaciones de la Escribanía Reigada y previo forzar dos puertas ingresan a su interior. Allí sustraen una notebook, 6.700 dólares y una máquina de contar billetes, para luego retirarse del lugar. Luego regresan los seis imputados, vuelven a ingresar con una moladora con disco de corte y se apropian de 1.358.000 $, 4.000 dólares, dinero en efectivo y un arma de fuego calibre 22, para finalmente darse a la fuga en una automóvil conducido por Navarro. Calificando provisoriamente el hecho como “robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda y con efracción”, en calidad de coautores para los seis imputados.