En un juicio oral desarrollado en la sala de audiencias de la cámara penal, ubicada en el sexto piso de tribunales en Trelew, el tribunal integrado por Adrián Barrios, Alejandro Defranco y Florencio Minatta resolvió declarar autor material y penalmente responsable por cuatro hechos de abuso sexual a una persona que actuó en perjuicio de cuatro menores en relación de parentesco.
Según lo declaró en el respectivo veredicto, fueron valoradas las pruebas presentadas durante el debate por el Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal general jefe Silvia Pereira. El acusado, cuya culpabilidad quedó determinada permanece en prisión preventiva y su defensa fue ejercida por Martín Castro.
La doctora Pereira pudo acreditar durante el juicio como fueron los cuatro hechos endilgados y calificó los mismos como abuso sexual, dos de ellos con acceso carnal en la modalidad de delito continuado agravado por la situación de convivencia, un hecho de abuso sexual simple en modalidad de delito continuado también agravado por situación de convivencia y otro hecho de abuso sexual simple como delito continuado, enmarcados en artículos 119 primero, tercero y cuarto párrafo inciso f, 55 y 55 contrario sensu del código penal.
Durante la cesura o debate de pena quedó establecido que para estos delitos la pena va de 8 a 50 años, solicitando el Ministerio Público Fiscal una condena por 30 años de prisión, la que no podrá ser de ejecución condicional. Por esto, pidió la continuidad de la prisión preventiva ya que se refuerzan los riesgos procesales con el veredicto de culpabilidad, valorándose la gravedad de los hechos y el grado de parentesco que mantiene con sus denunciantes y fundamentalmente con quienes resultaron víctimas.
En tanto la defensa pidió se aplique el mínimo de pena correspondiente en estos casos, de ocho años con un plus en cuanto a las condiciones, al considerar como tal un tratamiento siquiátrico para su defendido. Los Jueces comunicaron que el próximo martes 16 del corriente mes darán a conocer la pena definitiva para quien resultó ser autor de los aberrantes hechos, tal lo acreditado durante el juicio oral.