Desde Economía aclararon que dicha tasa se aplicará sobre las empresas y no sobre los chubutensens que consuman por la Web.
Dentro del Artículo 128 del Código Fiscal de Chubut, se establece que estará alcanzado con el gravamen toda aquella “comercialización de bienes y servicios a través de Internet, medios digitales, plataformas o cualquier otra tecnología digital cuando se verifique que el domicilio del adquiriente de los bienes se encuentre en territorio provincial, o cuando el prestador o locador contare con una presencia digital significativa en Chubut”.
Ello incluye desde plataformas web como MercadoLibre, hasta otro tipo de servicios de comunicación como Netflix o Spotify. En este caso, el dato del comprador (un chubutense) servirá para detectar la venta y gravar al que vende. El vendedor cuando facture, automáticamente se le retendrá un 2,5% de Ingresos Brutos que se destinará para Rentas de la provincia”.
“Los compradores registran su compra y a partir de ahí se detecta al vendedor. Una forma que se usa contablemente en toda la Argentina. Los compradores no pagan impuestos. El que pagará impuestos es el que vende”, resaltaron desde la cartera de Economía de la provincia.
Asimismo, remarcaron que el objetivo está centrado en evitar la “evasión de impuestos que les corresponden a Chubut y que terminan quedando en otras provincias”. En esa dirección, puntualizaron que ya otras provincias como Santa Fe o Córdoba ya hace tiempo que se manejan con este mecanismo impositivo.