Cuando Mariano Arcioni asumió como gobernador de Chubut para el período 2019-2023 se planteó como uno de sus principales objetivos la reestructuración de la deuda pública. Ahora, tras varios meses de elaboración el Poder Ejecutivo ya concluyó con el proyecto de ley para concretar esa intensión, la cual ingresaría a la Legislatura esta semana.
Si bien se trabajó durante largas semanas en el mismo, en el texto al que tuvo acceso El Diario no se brindan detalles de los mecanismos que se utilizarían para reperfilar los vencimientos venideros, ni tampoco se hace referencia específica a una quita en el capital o en los intereses que debe afrontar Chubut en el futuro inmediato.
Lo que sí especifica el proyecto que será debatido por los diputados provinciales es una autorización para el Poder Ejecutivo para “poner en práctica los mecanismos y/o instrumentos financieros que juzgue más apropiados, en el marco del artículo 62 de la Ley de Administración Financiera”.
De esta manera, la administración de Arcioni no precisa cuáles serán los mecanismos que emplearían para reestructurar la deuda, sino que solicitan tener la autorización para emplear los medios que el propio Poder Ejecutivo considere como “más apropiado”.
En cuanto a los títulos de deuda que serían alcanzados por esta norma, se enumeró a los bonos garantizados de la Provincia al ,75% con vencimiento en 2026 (BOCADE) y los bonos garantizados de la Provincia al 8,875% con vencimiento en 2023 (BOPRO).
Empezar a pagar antes de 2023
Si bien no se precisó una quita en los montos a cancelar, si se establecieron algunos lineamientos en cuanto a los plazos en los que Chubut volvería a pagar sus obligaciones. El inciso 2 del segundo artículo del proyecto en cuestión, prevé que la primera cuota de amortización de capital que deba afrontar la Provincia no puede ser posterior a 2023. En este ítem tampoco se hizo referencia a los intereses, sino que solo se precisaron los plazos para los montos de capital.
El mismo artículo también establece que Chubut deberá cumplir con los lineamientos para la sostenibilidad de la deuda bajo legislación extranjera publicados por el Gobierno Nacional.
Más facultades para el Ejecutivo
El artículo 3° del proyecto pide una autorización para la administración de Arcioni para “dictar todas las normas reglamentarias, aclaratorias y/o complementarias que fueran necesarias para el cumplimiento de la presente ley a fin de asegurar el normal funcionamiento de las instituciones provinciales”.
Otro de los autorizados a realizar “todos aquellos actos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley”, según las precisiones del proyecto en cuestión es el Ministerio de Economía y Crédito Público, hoy a cargo de Oscar Antonena.
El artículo 4° de la iniciativa autoriza a dicha cartera a “la realización de operaciones de crédito público establecidas por el artículo 62 de la Ley de Administración Financiera, incluyendo todas las emisiones necesarias para instrumentar dichas operaciones, los canjes y/o las reestructuraciones de los títulos públicos existentes y sus garantías a efectos de mejorar los montos, plazos y/o intereses de las operaciones para restaurar la sostenibilidad de la deuda pública”.
En caso de que la norma se aprobara, el Ministerio de Economía y Crédito Público de Chubut también estará autorizado a afectar en garantía, cesión de pago y/o en propiedad fiduciaria a los fondos provenientes de la Coparticipación Federal de Impuestos. Esto también alcanzará a las regalías hidrocarburíferas, al canon extraordinario de producción y a los recursos propios de libre disponibilidad.
No podrá dejarse de lado para otras normas
Por último, el proyecto prevé que todos los actos que se realicen como consecuencia de esta norma estarán exentos del pago de impuestos, tasas y contribuciones. Además, se solicitó facultar al Poder Ejecutivo para “disponer de las reestructuraciones, modificaciones o reasignaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la presente ley”.
Por último, y un dato no menor, en el artículo 7° la administración de Arcioni pide que la ley en cuestión sea declarada “de orden público”. Esto quiere decir que para la celebración de cualquier acto jurídico, esta norma, en caso de que sea aprobada por la Legislatura, no podrá ser dejada de lado.