Lo culpan de intentar “obstaculizar” un procedimiento que está implícito en el Código Procesal Penal, al querer evitar que abogados de la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos de la Región tomen vista del expediente, en el que están registradas todas las diligencias y acciones que supuestamente ha venido realizado hasta ahora por la muerte de Martín Alejandro “Tino” John, el productor de la comarca andina chubutense asesinado de un tiro en la cabeza por un policía del GEOP, en medio de un criminal procedimiento llevado adelante en su propio domicilio en mayo del año pasado.
Los letrados tuvieron que presionarlo labrando un acta en el lugar con testigos que lo firmaron, para que accediera a la petición que realizada y que por Ley les corresponde.
¿Qué pretende ocultar Díaz Meyer? Esa es la duda que les quedó a quienes fueron protagonistas y testigos de lo que pasó este viernes en la fiscalía de El Hoyo de Epuyén luego que llegaran al lugar los abogados Daniel Gómez Lozano y Miguel Wisky a pretender sacar fotocopias del expediente y Díaz Meyer (uno de los operadores que tiene el procurador Jorge Miquelarena en la zona) en principio no se lo autorizara.
El fiscal nunca recibió a los letrados y utilizó para contactarse con ellos a un empleado suyo que iba y venía de su despacho recibiendo instrucciones de lo que debía decirles a los abogados que están respaldados por la Ley y tienen el mandato de la APDH para constituirse como querellantes”. Tal como Cholila Online lo anticipó hace algunos días.
Todo esto pasa en el marco de un caso en el que pesa mucha desconfianza sobre el accionar del fiscal Díaz Meyer, de quien no son pocos los que sostienen que “está protegiendo a alguien”, jugando “como si fuera un abogado defensor” en un proceso penal en el que tardó un año para pedir la apertura de la causa contra Luis Américo Moggiano, el policía del GEOP de Chubut que mató de un tiro en la cabeza a “Tino” John en medio de un procedimiento en la propia casa de la víctima; un paciente siquiátrico, en el que la misión del grupo especial era desarmarlo para que John fuera trasladado al hospital.
Ese hecho, en el que John literalmente fue fusilado, sucedió el 27 de mayo del año pasado y todavía hoy –según el fiscal—no se habrían terminado con ciertas pericias que se habrían hecho mal o que carecerían de certeza. Parece que Díaz Meyer tuvo que llegar al año del crimen para darse cuenta de que un perito oficial no había hecho las cosas bien y ahora –lo dijo a un medio afín a ellos—va a mandar a hacer de nuevo esa pericia.
Mientras tanto sobrevuela la versión de que el 20 de setiembre se haría la audiencia de apertura de investigación contra el policía Moggiano, a quien el cuestionado fiscal en esa audiencia le atribuiría toda la responsabilidad de lo ocurrido en la casa del productor que mató, en el paraje Las Golondrina.
El acta que se labró este viernes en la fiscalía de El Hoyo, con motivo de la sospechosa actitud de Díaz Meyer al intentar prohibirles a los abogados de Derechos Humanos acceder al expediente del caso dice textualmente lo siguiente:
“Que los abogados de la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos Daniel Gómez Lozano y Miguel Wisky se presentaron a las diez horas en la fiscalía de El Hoyo a los efectos de presentar un escrito acreditando personería y solicitando fotocopias del caso de la muerte de Martín John. El escrito no fue recibido por personal de fiscalía (Matías de Jesús) aduciendo órdenes del fiscal Díaz Meyer por lo que se le informó que se volvería al lugar con testigos para labrar acta del rechazo”
“Habiendo regresado a las once y media con los testigos que firman al pie, dejamos constancia que nuevamente el mismo empleado, aduciendo haber recibido órdenes expresas del fiscal Díaz Meyer, se negó a recibir el mismo escrito, que acreditaba la representación de la APDH (adjuntando el poder) y solicitando fotocopias del caso donde se investiga la muerte de Tino John. Caso número 2981”
“Dejamos constancia también que el mismo empleado ingresó varias veces a consultar al fiscal y que después de insistir durante 18 minutos se nos recibió el escrito aduciendo tener instrucciones diferentes”
“Se deja constancia del presente a los efectos que estime corresponder la APDH y para dejar constancia de la obstaculización objetiva del ejercicio de participación en juicio de las victimas establecido en el Artículo 98 Inc. 5 del Código de Procedimientos Penal”, se indica finalmente el acta, y debajo hay cerca de cincuenta firmas de testigos.