La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó este martes la extradición a Chile de Facundo Jones Huala, líder de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM), para que termine de cumplir en ese país su condena por los delitos de incendio y de tenencia ilegal de arma de fuego de fabricación artesanal.
Según informó Infobae, más allá de la decisión de los tribunales, la última palabra para cumplir con la extradición la tiene el Gobierno nacional.
Esta es la segunda vez que la Corte Suprema ordena la extradición del líder mapuche. La vez anterior había sido en agosto de 2018, cuando se ordenó enviarlo a la Republica de Chile para juzgarlo por esta causa en la que fue condenado.
Jones Huala fue condenado en diciembre de 2018 a seis años de prisión por el delito de incendio y a tres años y un día por tenencia ilegal de arma de fuego de fabricación artesanal. Estando en libertad condicional se fugó y escapó a la Argentina, donde fue atrapado en enero último.
La justicia de Chile activó su búsqueda para juzgarlo. El 23 de agosto de 2018, la Corte Suprema ordenó su extradición. Allí lo condenaron a nueve años, aunque más tarde la sentencia fue reducida a seis.
En enero 2022 la Cámara de Apelaciones de Temuco le dio la libertad condicional. Un mes después de esa resolución, la Corte Suprema de ese país confirmó la condena de Jones Huala y así la dejó firme y ordenó su detención para que cumpla el resto de la pena, concretamente un año, cuatro meses y 17 días.
Pero el referente mapuche se fugó y estuvo en esa condición casi un año. La madrugada del 30 de enero último fue detenido por la policía de Río Negro escondido en el quincho de una vivienda del barrio La Esperanza, en la localidad de El Bolsón.
Lo encontraron tirado en una habitación sobre ropa amontonada. El estaba dormido, vestido pollera de jeans hasta la rodilla y una blusa color negro con tachas doradas y una remera manga larga floreada. Admitió ser Jones Huala.
La defensa de Huala objetó el fallo y apeló a la Corte Suprema. Señaló que se le habían negado medidas de prueba para que pueda explicar el contexto político e histórico en el que se dio su condena y que consideró una persecución en su contra del estado de Chile.
La Corte Suprema le dijo que no a Facundo Jones Huala. “Las críticas introducidas por el recurrente para privar de validez a lo resuelto en la instancia anterior no resultan idóneas como para obtener ese resultado. Así pues, y más allá de las respuestas que ha ensayado el juez a quo para no admitir las fuentes de prueba propuestas y para rechazar el planteo de nulidad introducido al inicio del debate, lo que le cabía a la parte recurrente era demostrar (…) cuál fue el perjuicio concreto que la privación de esas prueba le produjo”, cosa que no sucedió, se sostuvo.
Con ello, de conformidad con lo dictaminado por la Procuración, la Corte, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, confirmó la sentencia apelada en cuanto declaró procedente la extradición de Francisco Facundo Jones Huala a la República de Chile para el cumplimiento del remanente de pena por el cual se lo había requerido.