La Agencia de Recaudación y Control Aduanero aplicará nuevas reglas para la reducción de anticipos y ajustes automáticos según la inflación.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció modificaciones en el régimen de anticipos del impuesto a las Ganancias, a través de la Resolución General 5778/2025. La medida introduce nuevos parámetros para la solicitud de reducciones, actualiza los umbrales mínimos y establece un mecanismo automático de ajuste anual vinculado al Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Según informó Radio3, la iniciativa busca “adecuar el régimen a los distintos perfiles de contribuyentes y promover una mayor equidad en la determinación de la carga tributaria anticipada”.
A partir del 28 de octubre, los contribuyentes deberán aplicar los nuevos valores para determinar si corresponde iniciar el procedimiento especial ante ARCA.
Cómo se aplicarán las nuevas reglas
Las personas jurídicas podrán solicitar la reducción desde el tercer anticipo, si proyectan que el total a ingresar superará en más del 25% el impuesto anual. También podrán hacerlo desde el primer anticipo, si la sobreestimación es del 40% o más.
En el caso de personas humanas y sucesiones indivisas, se mantiene la posibilidad de reducir anticipos desde el tercer pago o desde el primero, si la proyección de sobreestimación mínima es del 40%.
Los umbrales mínimos para acceder al procedimiento especial de revisión se fijaron en $250.000.000 para el Segmento 11 y $200.000.000 para el resto de los contribuyentes. Estos montos se actualizarán automáticamente cada año a partir de 2027, siguiendo el IPC del INDEC.
Procedimiento y plazos de revisión
ARCA contará con 60 días corridos para expedirse sobre las solicitudes de reducción de anticipos. En caso de no emitir una respuesta en ese plazo, se aplicará el principio de “silencio positivo”, es decir, la aprobación automática del pedido.
El esquema general de anticipos continúa sin cambios en su estructura:
- Personas jurídicas: nueve anticipos anuales, cada uno equivalente al 11,11% de la base.
- Personas humanas y sucesiones: cinco anticipos del 20% cada uno.
Los montos mínimos que activan la obligación son de $2.500 para empresas y $5.000 para individuos o sucesiones.
Impacto y objetivos de la medida
El tributarista Sebastián Domínguez destacó que la principal novedad radica en permitir a las empresas solicitar la reducción a partir del tercer anticipo, cuando las sobreestimaciones superen el 25%.
ARCA señaló que esta actualización “busca evitar saldos a favor excesivos y reducir distorsiones en el sistema”, garantizando proporcionalidad entre el impuesto pagado de manera anticipada y el tributo final determinado.
La resolución alcanza a todas las categorías de contribuyentes del impuesto a las Ganancias, incluidas las personas físicas, sucesiones indivisas y sociedades comprendidas en el artículo 73 de la ley correspondiente.




