ARCA digitaliza el trámite de domicilio fiscal y endurece sanciones: multas de hasta $35 millones por incumplimientos formales según la nueva normativa.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó cambios en el procedimiento para declarar y modificar el domicilio fiscal. La medida, publicada en el Boletín Oficial mediante la Resolución General 5809/2026, entrará en vigencia el 2 de marzo de 2026 y se enmarca en la nueva Ley de Inocencia Fiscal, que reformuló el régimen penal tributario y elevó las sanciones por incumplimientos formales.
Según Cronista, el organismo podrá aplicar multas de hasta $35 millones si el domicilio fiscal no se actualiza en tiempo y forma o se informa de manera incorrecta.
Un trámite 100% digital
La nueva normativa reemplaza el régimen anterior y establece que el trámite de modificación del domicilio fiscal será íntegramente digital, sin instancias presenciales ni verificación postal.
- El domicilio fiscal sigue siendo el lugar donde el contribuyente desarrolla su actividad o administra sus negocios.
- ARCA podrá impugnar domicilios inconsistentes y fijarlos de oficio cuando detecte irregularidades.
- La correcta declaración pasa a ser clave para la validez de las notificaciones y la aplicación de sanciones.
Pasos para modificar el domicilio fiscal
El procedimiento se realizará a través del Sistema Registral:
- Ingresar al servicio web “Sistema Registral”.
- Acceder al menú “Registro Único Tributario”, tarjeta “Domicilios”, opción “Modificar”.
- Completar el formulario electrónico N° 420/D – “Declaración de Domicilios”.
- Contar con Clave Fiscal nivel 3 o superior.
Si el domicilio ya está verificado, se confirma de inmediato. En caso contrario, debe cargarse manualmente y adjuntar documentación respaldatoria.
Plazos y validaciones
- El cambio debe informarse dentro de los 10 días hábiles administrativos desde la modificación.
- ARCA dispone de 7 días hábiles para aceptar o rechazar el domicilio declarado.
- Si es observado, se otorga un plazo de 30 días corridos para subsanar inconsistencias.
- De no hacerlo, el domicilio puede quedar como “Inexistente-Desconocido”, habilitando la constitución de un domicilio fiscal de oficio.
Limitaciones y perfil de riesgo
El organismo podrá restringir la posibilidad de modificar el domicilio fiscal según el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) o el estado administrativo de la CUIT. En esos casos, el trámite deberá realizarse mediante “Presentaciones Digitales” con documentación probatoria adicional.
La digitalización del trámite de domicilio fiscal busca simplificar procesos y reducir cargas administrativas, pero también refuerza las sanciones por incumplimientos. Con multas que pueden alcanzar los $35 millones, la medida coloca al domicilio fiscal como un eje central en la relación entre contribuyentes y el Estado.




