La Justicia de Puerto Madryn ordenó a un hombre pagar el 50% de un alquiler a su ex por ocupar exclusivamente la casa que compartían en El Doradillo.
En un fallo con precedentes para el derecho de familia en la región, la Justicia de Puerto Madryn ordenó a un hombre compensar económicamente a su expareja por haber habitado de manera exclusiva una vivienda que ambos compartían. La resolución, dictada por la jueza María Fernanda Palma, establece el pago de un canon locativo tras la disolución de una unión convivencial que se extendió por más de una década.
El derecho a la renta compensatoria tras la separación
La disputa legal se centró en una propiedad ubicada en el Parque Ecológico El Doradillo, la cual pertenece a ambos integrantes de la relación en partes iguales. Tras la ruptura de la pareja en 2022 —marcada por motivos de violencia familiar que obligaron a la mujer a abandonar el hogar—, el hombre continuó residiendo en el inmueble sin permitir el uso a su copropietaria.
La magistrada sostuvo en su fallo que, cuando uno de los convivientes utiliza de forma exclusiva un bien común, corresponde compensar a la otra parte para evitar un «enriquecimiento sin causa». Según la sentencia, una vez que uno de los propietarios manifiesta formalmente su oposición al uso exclusivo del otro, nace el derecho a percibir una renta similar a un alquiler de mercado.
Montos, retroactividad y reintegro de gastos
La Justicia determinó que el demandado deberá abonar mensualmente el equivalente al 50% del valor de un alquiler de mercado. La medida tiene carácter retroactivo desde mayo de 2024, fecha en la que se inició el reclamo formal por parte de la mujer.
En términos económicos, el hombre deberá pagar la suma de $242.500 por mes por el período comprendido entre mayo de 2024 y septiembre de 2025 (fecha en la que finalmente dejó la vivienda). Además del canon locativo, el fallo le ordena reintegrar a su expareja la mitad de los impuestos municipales que ella continuó abonando para preservar el inmueble a pesar de no poder habitarlo.
Acuerdo por bienes y la división de las mascotas
Más allá de la compensación económica, el proceso judicial permitió homologar acuerdos sobre la división de bienes y el destino de los animales de compañía. Hasta finales de 2025, el hombre convivió en la propiedad con dos perros y dos gatos, cuya alimentación corría por cuenta de la mujer.
A partir de 2026, las partes acordaron dividir a las mascotas: cada uno quedó a cargo de un perro y un gato. Finalmente, ambos decidieron tasar la propiedad de El Doradillo y ponerla a la venta a través de una inmobiliaria local para dar cierre definitivo a la sociedad conyugal de hecho. Este caso reafirma el derecho de las mujeres a no ser perjudicadas patrimonialmente tras una separación, especialmente en contextos donde debieron abandonar el hogar común.



