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El Gobierno Nacional promulgó este miércoles el Régimen Legal del Contrato del Teletrabajo, aprobado el 30 de julio del año pasado por el Senado, que regula esta modalidad laboral en actividades que, por su naturaleza y particulares características, lo permitan. La reglamentación de la ley 27.555 fue publicada en el Boletín Oficial a través del decreto 27/2021, lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

El primer artículo de la ley establece que «las disposiciones de la Ley Nº 27.555 no serán aplicables cuando la prestación laboral se lleve a cabo en los establecimientos, dependencias o sucursales de las y los clientes a quienes el empleador o la empleadora preste servicios de manera continuada o regular», y tampoco «en los casos en los cuales la labor se realice en forma esporádica y ocasional en el domicilio de la persona que trabaja, ya sea a pedido de esta o por alguna circunstancia excepcional».

Asimismo, en el anexo publicado se detalla que los artículos 2°, 3° y 4° vinculados al contrato de teletrabajo, los derechos y obligaciones y la jornada laboral quedaron sin reglamentar. El artículo 5°, referido al derecho a la desconexión digital, precisa que cuando «la actividad de la empresa se realice en diferentes husos horarios o en aquellos casos en que resulte indispensable por alguna razón objetiva, se admitirá la remisión de comunicaciones fuera de la jornada laboral».

«En todos los supuestos, la persona que trabaja no estará obligada a responder hasta el inicio de su jornada, salvo que concurran los supuestos contenidos en el artículo 203 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976)», dice la normativa y aclara que «no se podrán establecer incentivos condicionados al no ejercicio del derecho a la desconexión». Y señala que «Los incrementos vinculados a la retribución de las horas suplementarias no serán considerados incentivos».

En cuanto a las tareas de cuidado, la norma establece que toda persona que ejerza el derecho a interrumpir la tarea, «deberá comunicar en forma virtual y con precisión» el momento en que comienza la inactividad y cuando finaliza. «En los casos en que las tareas de cuidado no permitan cumplir con la jornada legal o convencional vigente se podrá acordar su reducción de acuerdo a las condiciones que se establezcan en la convención colectiva», agrega el artículo 6°.

Respecto de la reversibilidad, deberá «ajustarse a los deberes impuestos en los artículos 9º y 10° del Código Civil y Comercial de la Nación y 62 y 63 de la Ley de Contrato de Trabajo», y «Recibida la solicitud de la persona que trabaja, con la sola invocación de una motivación razonable y sobreviniente, el empleador o la empleadora deberá cumplir con su obligación en el menor plazo que permita la situación del o de los establecimientos al momento del pedido», según el artículo 7°. En ningún caso dicho el plazo podrá ser superior a 30 días, informó Télam.

Por otra parte, se indica que los empleados que hubiesen pactado la modalidad de teletrabajo desde el inicio de la relación laboral «no pueden revocar su consentimiento ni ejercer el derecho a que se les otorguen tareas presenciales, salvo lo dispuesto en los Convenios Colectivos del Trabajo o en los contratos individuales».

Sobre la provisión de elementos de trabajo, se indica que «no es remuneratoria, lo cual se extiende a la compensación de gastos, aún sin comprobantes» por lo que «no integran la base retributiva para el cómputo de ningún rubro emergente del contrato de trabajo, ni contribuciones sindicales o de la seguridad social». Además, en ambos casos, siempre y cuando la relación entre ambas partes «no se encuentre abarcada en el ámbito de aplicación de una convención colectiva», puedan acordar entre ellas las pautas para su determinación.

En tanto, el artículo 13°, sobre la representación sindical, sostiene que «en los casos en que se pacte la modalidad de teletrabajo al inicio de la relación, aquella debe llevarse a cabo previa consulta con la entidad sindical». Y añade que la representación de quienes antes prestaban servicios presenciales continuará siendo en el establecimiento laboral.

El acto será a las 18.30 en el Museo del Bicentenario de la Casa Rosada. El proyecto fue convertido en ley por el Senado el 30 de diciembre pasado.

Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) quedará promulgada este jueves en un acto que encabezará el presidente Alberto Fernández en la Casa Rosada, con el que el Gobierno buscará resaltar el peso histórico de una norma que amplía los derechos de las mujeres y personas gestantes, garantiza su atención en el sistema de salud y pone fin a una legislación vigente desde 1921.

Fuentes oficiales confirmaron que la ceremonia, prevista para las 18.30 en el Museo del Bicentenario, reunirá a referentes de los colectivos que reclamaron durante años la legalización y despenalización del aborto, legisladores nacionales y a la mayoría de los funcionarios del Gabinete nacional.

Impulsada por el Presidente -incluso desde antes de asumir el Gobierno-, la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) fue convertida en ley por el Senado el 30 de diciembre pasado, con el voto favorable de 39 legisladores y el rechazo de otros 29.

Ese día, Argentina se convirtió en uno de los primeros países de América Latina en disponer de una legislación de este tipo y se sumó a una lista de 66 naciones que permiten el aborto, mayoritariamente ubicadas en el hemisferio norte.

En el acto, el jefe de Estado también promulgará la Ley Nacional de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia -conocida como el Plan de los 1000 días- que recibió un apoyo unánime en el Senado cuando la sancionó, también el 30 de diciembre último, poco después de haber votado el aborto legal.

Hasta ese día Argentina contaba con una ley casi centenaria que exponía a las mujeres que acudían al aborto a una condena de cárcel y sólo permitía la interrupción de los embarazos en casos de violación o de riesgo para la vida de la persona gestante.

Ahora, las mujeres podrán interrumpir un embarazo hasta la semana 14 sin temor a ser penalizadas y el sistema de salud pública deberá garantizar la cobertura de la intervención de manera gratuita.

En tanto, el Plan de los 1000 días establece una nueva asignación por Cuidado de Salud Integral que consiste en el pago de una Asignación Universal por Hijo -una vez por año- para ayudar al cuidado de cada niño o niña menor de tres años.

El objetivo es afianzar el «derecho a la protección en situaciones específicas de vulnerabilidad» para las «niñas y los niños con necesidad de cuidados especiales en sus primeros años, personas que cursen embarazos de alto riesgo o padezcan trombofilia, mujeres u otras personas gestantes en situación de violencia por razones de género y niñas y adolescentes embarazadas.

El 30 de diciembre pasado la legalización del aborto fue recibida con júbilo y festejos en las calles, especialmente de los colectivos de mujeres de todo el país, tras décadas de buscar sin éxito el debate y luego de una larga vigilia de madrugada alrededor del Congreso Nacional y en plazas de las provincias, con los característicos pañuelos verdes.

La ley entrará en vigencia nueve días después de su publicación en el Boletín Oficial.

La IVE tiene como eje central la consagración del «derecho de las mujeres y personas con otras identidades de género a decidir la interrupción del embarazo» en los servicios del sistema de salud «en un plazo máximo de diez (10) días corridos desde su requerimiento».

Establece que el aborto «se permitirá hasta la semana 14 inclusive del proceso gestacional», que fuera de ese plazo «sólo se podrá acceder en caso de violación o si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante».

La norma avala también el derecho a ejercer la «objeción de conciencia» del profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo.

«Los centros de salud privados o de seguridad social que no cuenten con profesionales para realizar un aborto a causa de la objeción de conciencia deberán prever y disponer la derivación a un lugar, de similares características, donde se realice la prestación», dispone la norma.

Tras varias horas de debate en la Cámara de Senadores, se aprobó la ley de la interrupción voluntaria del embarazo(IVE) en horas de la madrugada de este miércoles. Para tener una semblanza de lo que se vive hoy a partir de la legalización del aborto, en Nuestras Mañanas dialogamos con Natalia Álvarez, docente de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco e integrante de la comisión de ESI( Educación Sexual Integral).

“La verdad que aún estoy muy conmovida, muy movilizada, creo que somos muchísimas y muchísimos los que hoy nos levantamos con la sensación de estar en un país un poco mas justo“, expresó.

En primer lugar aseguró que es “una demanda que tiene mucha trayectoria en nuestro país contra algunos discursos que surgieron recientemente con que el tenga del aborto era una moda, pero no resiste mucho archivo eso, bastante indagar un poco y encontrar imágenes de la década del 80 de referentas históricas de los movimientos de la Argentina, impulsando un derecho, impulsando salud, impulsando legalidad justamente”:

Al ser consultada por el maratónico debate que se dio en la Cámara Alta, dijo “creo que si, hemos estado a la altura de las circunstancias en cuanto al debate. Se han escuchado argumentos terribles pero creo que es un debate que siempre es saludable para la sociedad“.

Debate Social:

Durante estos días se centró la situación en lo que podría llegar a pasar con el proyecto del IVE, “la sociedad estuvo en un clima de debate profundo, escuchando distintos argumentos, en las familias se debatió mucho, creo que la voz de las adolescentes y el protagonismo de las chicas en las calles a partir de “ni una menos”, sin ninguna duda ha modificado la opinión de un montón de madres, un montón de abuelas”.

En este contexto, “muchas familias se han animado a darse una apertura a esto, creo que en muchas situaciones, cuerpos que no son gestantes, hablo de hombres y mujeres de 70,80 años que se oponen, creo que esto es mirar al futuro de otra manera. Por eso me parece que hay toda una mirada histórica para recuperar”, enfatizó.

Por otro lado se refirió a la lucha de una gran parte de la sociedad que buscaba el poder decidir por su cuerpo, “creo que todas esas experiencias de maternidades forzadas y de mujeres que han muerto en aborto clandestinos, creo que han servido de impulso y de motor para esta lucha, la experiencia y la realidad misma.“- Porque , “no tiene que ver con un capricho es una necesidad, el Estado tenía que estar presente, tiene que dar respuestas ante estas situaciones que estamos viviendo”.

Luego de la aprobación quedan otros pasos por dar, “sin dudas queda un largo camino, creo que los docentes que impulsamos la ESI estamos de pie para impulsar este camino. Creo que esto es una conquista de libertad y no es otra cosa“.

“Esto nos pone en el lugar de dejar una sociedad mas justa a las generaciones siguientes”, finalizó.

Fuente: Radio del Mar

El proyecto de Ley Nacional de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia, conocido también como el Plan de los 1.000 días, fue convertido en ley esta madrugada por el Senado de la Nación por unanimidad.

La iniciativa fue debatida al finalizar la discusión por el proyecto de ley del aborto que también fue sancionado de manera definitiva, tras más de doce horas de discusión.

El Plan de los 1.000 Días establece una nueva asignación por Cuidado de Salud Integral, que consiste en el pago de una Asignación Universal por Hijo a concretarse una vez por año para ayudar al cuidado de cada niño o niña menor de tres años.

El proyecto extiende la Asignación Universal por Embarazo (AUE), que pasará de tener seis mensualidades a nueve, para abarcar la totalidad de la gestación.

También se amplía el pago por Nacimiento y por Adopción a las personas beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH), que hasta ahora están excluidas de este beneficio.

Por otro lado, se prevé la provisión pública y gratuita de insumos esenciales durante el embarazo y para la primera infancia, coordinando y ampliando los programas existentes, y la creación del Sistema de Alerta Temprana de Nacimientos y el Certificado de Hechos Vitales con el objeto de garantizar el derecho a la identidad de las niñas y niños recién nacidos.

Entre los insumos, se menciona la provisión de medicamentos esenciales, vacunas, leche, alimentos para el crecimiento y desarrollo saludable en el embarazo y la niñez.

El proyecto busca afianzar el «derecho a la protección en situaciones específicas de vulnerabilidad» para las «niñas y las niñas con necesidad de cuidados especiales en sus primeros años», «personas que cursen embarazos de alto riesgo» o padezcan «trombofilia», «mujeres u otras personas gestantes en situación de violencia por razones de género» y «niñas y adolescentes embarazadas».

También se crea en el ámbito del Ministerio de Salud una Unidad de Coordinación Administrativa «para la atención y el cuidado integral de la salud de las mujeres y personas gestantes durante el embarazo y de sus hijos hasta los 3 años».

El presidente de la Comisión de Salud de la Cámara alta, el radical jujeño Mario Fiad, manifestó que la iniciativa es «una verdadera política pública para el cuidado de nuestros niños» y pidió «que no quede en buenos propósitos porque este proyecto está expresado en tiempo futuro sin plazos ni especificaciones».

«Espero que este proyecto pueda ser articulado con el resto de las normas. Es declarativo, ni siquiera se dice de dónde saldrán los fondos para hacer estas acciones, pero aún así, votaremos en forma positiva para no retrasar las poquísimas medidas que establece», destacó Fiad.

El oficialista santiagueño, José Neder, dijo que «en este contexto de pandemia quedó claro que la salud deberá ser siempre un derecho», al iniciar la defensa del proyecto de ley.

«Por ello la decisión del gobierno es implementar políticas efectivas, no aisladas, sino integrales para que en conjunto den un resultado efectivo», indicó.

Neder agregó que «es una iniciativa que se inscribe dentro de la Convención de los Derechos del Niño con el objetivo de que las políticas públicas estén en línea con los estándares que se plantean».

«Este programa de los 1.000 Días reconoce un conjunto de derechos y líneas de trabajo entre los distintos organismos porque la equidad territorial en la cobertura se logra atendiendo las necesidades en los grandes centros urbanos y en el interior profundo», destacó.

El Gobierno reglamentó la Ley de Economía del Conocimiento a través del Decreto 1034/2020 publicado este lunes en el Boletín Oficial, que tiene como objetivo promover nuevas tecnologías y generar valor agregado.

También apunta a fomentar el empleo de calidad, facilitar el desarrollo de pymes y aumentar las exportaciones de empresas que se dediquen a la industria del software; la nanotecnología; la biotecnología; las industrias audiovisual, aeroespacial y satelital; la ingeniería para la industria nuclear y la robótica, entre otras actividades.

La Subsecretaría de Economía del Conocimiento convocará a las empresas del sector para conformar la primera mesa sectorial, un ámbito de diálogo en el cual se explicarán en detalle los alcances de esta Ley y se trabajará en un plan de acción conjunto de cara a 2021.

La Ley 27.570, sancionada en el Congreso en octubre de este año, ofrece beneficios fiscales para fomentar las actividades de este sector, como la reducción de manera segmentada del Impuesto a las Ganancias según el tamaño de la empresa y una rebaja de hasta 70% en las contribuciones patronales.

Además de la reducción de las contribuciones patronales y reducción diferenciada por tamaño de empresa del impuesto a las ganancias que establece la ley; se fija en 0% la alícuota de los aranceles de las exportaciones de servicios para las empresas que cumplan con todos los requisitos de la ley y se inscriban en el Registro.

Hasta ahora, la alícuota que pagaba este sector por los derechos de exportación era del 5%.

Asimismo, la normativa otorga beneficios adicionales en las contribuciones patronales para las empresas que empleen mujeres, personas con discapacidad, residentes en zonas de menor desarrollo, travestis y transexuales.

La economía del conocimiento, que desarrolla productos y servicios con base científico tecnológica, es identificada como la industria que aportará valor a otras actividades tradicionales como el agro o la construcción.

La ley genera beneficios impositivos a estas actividades que, al decir de la subsecretaria del área, María Apólito, «generan divisas, empleo de calidad, es federal, inclusiva y especialmente aportan valor a otras actividades llamadas tradicionales».

Para poder inscribirse al Registro, las empresas deberán demostrar que el 70% de facturación corresponde a la actividad promovida.

En caso de no poder demostrar esa exigencia, se establecen criterios como el carácter estratégico de la firma; el porcentaje de personal afectado a las actividades promovidas; el grado de desarrollo de las actividades de Investigación y Desarrollo (I+D); la incorporación de las innovaciones a cadenas de valor estratégicas; la existencia de unidades de desarrollo e innovación formal dentro de la organización; y la comercialización de productos y servicios nuevos que hayan derivado del uso de las actividades promovidas.

El Consejo de Procuradores, Fiscales, Defensores y Asesores Generales de la República Argentina y el Consejo Federal de Política Criminal, expresan su profunda preocupación por la sanción de una Ley que modifica las reglas y procedimientos de enjuiciamiento de magistrados de la provincia de Chubut.

En un comunicado que difundieron este jueves, expresan: «Un país se asienta sobre pilares estructurales cuya conmoción coloca en crisis al sistema republicano. La independencia del Poder Judicial y la inamovilidad de sus magistrados, se erigen en dos columnas que repercuten directamente sobre la garantía de los derechos de los ciudadanos».

Indican asimismo que «la afectación de estos principios a través de una Ley que modifica la esencia del enjuiciamiento de los magistrados, alejando al Ministerio Público Fiscal de su función acusadora en dicho proceso para depositarla en un órgano cuya natural competencia funcional escapa a este cometido, importa una alteración de umbrales básicos que pone en crisis la inamovilidad y la estabilidad de los magistrados».

«Mayor aun es la preocupación cuando las repercusiones de la sanción hacen referencia al motivo de la modificación, ubicándolo en propósitos extrajurídicos», señalan en el texto y agregan que «las modificaciones implementadas en el nuevo texto legal, conculcan derechos y principios elementales al desnaturalizar la función acusadora y cercenar el derecho al recurso establecido constitucional y convencionalmente».

Finalmente, sostienen que «albergamos la esperanza de que finalmente no se concrete la promulgación de esta norma, que alejaría a la Provincia de Chubut del rumbo democrático y republicano que la caracterizó a través de los años».

Fuente: ADNSur

Hay Pais…Pais, Pais. Hace 28 años Juan Mario Pais, actual Senador Nacional por Chubut, era Diputado Provincial.

Fue el impulsor de la Ley N° 3764 conocida como Ley de Información Pública.

Desde que se hizo el cuestionado Digesto Jurídico del Chubut, a esa norma se la codificó como Ley I – 156.

Vos no le des bola a la Ley de tu viejo.

En la foto se lo ve a Roddy Ingram diciéndole algo a Juan Horacio Pais, Presidente del Bloque oficialista, e hijo de quien en 1992 fuera el autor de la violada Ley de Información Pública.

No me consta que, como dicen algunos mal pensados Ingram le haya sugerido al joven político que no le de bola a la Ley Pais, como se la conoce popularmente.

Pero lo cierto es que el Diputado debería velar por el cumplimiento de la Ley que impulsó su padre.

Hace más de nueve (9) meses que no se publica en el Boletín Oficial del Chubut, el Registro de Publicidad Oficial.

Este «olvido» de no dar a conocer, se estima, unos 1.500 Contratos de Publicidad por un monto que sería varias veces millonario, es una violación a la Constitución Provincial y a la Ley I – 156.

Cuando se dice que éste gobierno controla poco y mal, muchos funcionarios de los tres poderes, se hacen los ofendidos, pero motivos sobran.

Este es otro caso donde los que están para controlar, ni dicen ni hacen nada.

Fuente: Luis Dupuy

La senadora del Frente de Todos, Norma Durango, presentó este lunes un proyecto de ley en el Senado para que el 50% de los billetes de $1.000 o de mayores denominaciones que se emitan en 2021, lleven la imagen de Diego Maradona, fallecido el pasado 25 de noviembre.

La propuesta de la senadora sugiere «al Banco Central de la República Argentina que la impresión del 50%, como mínimo, del total previsto de los billetes de curso legal de un mil (1000) pesos o superior denominación a ser impresos durante el año 2021, comporten la efigie de Diego Armando Maradona de un lado y el instante del segundo gol a Inglaterra, realizado en México, el 22 de junio de 1986, del otro«.

Durango también propuso incluir en el «Plan de Emisiones de Sellos Postales del Año 2021 una colección de estampillas conmemorativas de Diego Armando Maradona, que comprendan tanto su carrera deportiva en los clubes donde jugó, como en los diversos mundiales donde participó, tanto como jugador o como director técnico de la selección argentina».

“La idea es reconocer a Maradona, con sus más y sus menos», explicó la legisladora. Y también adelantó que su iniciativa tuvo “una gran aceptación”.

Además del reconocimiento en sí, la Senadora explicó que cree que los turistas que visiten el país buscarían «llevarse un ‘Maradona’ de recuerdo» de la misma manera que las estampillas para los coleccionistas, informó Minuto Uno.

A casi dos semanas de la muerte de Diego Maradona una propuesta de homenaje que nació en las redes sociales va ganando cuerpo. En el Senado se presentó un proyecto de ley que propone la impresión de billetes y sellos postales con su imagen y la del segundo gol a los ingleses en el Mundial 86.

La iniciativa fue presentada por la senadora del Frente de Todos Norma Durango y plantea que el 50% de los billetes de $ 1000 o de mayor denominación que se impriman en 2021 homenajeen al jugador que falleció el 25 de noviembre pasado.

El proyecto sugiere «al Banco Central de la República Argentina que la impresión del 50%, como mínimo, del total previsto de los billetes de curso legal de un mil (1000) pesos o superior denominación a ser impresos durante el año 2021, comporten la efigie de Diego Armando Maradona de un lado y el instante del segundo gol a Inglaterra, realizado en México, el 22 de junio de 1986, del otro».

También propone incluir en el «Plan de Emisiones de Sellos Postales del Año 2021 una colección de estampillas conmemorativas de Diego Armando Maradona, que comprendan tanto su carrera deportiva en los clubes donde jugó, como en los diversos mundiales donde participó, tanto como jugador o como director técnico de la selección argentina».

El proyecto es acompañado por varios senadores y senadoras del PJ, entre ellos Alfredo Luenzo, Eugenia Catalfamo, Beatriz Mirkin, Silvina García Larraburu, Carlos Caserio y Gerardo Montenegro.

La idea de un billete en homenaje a Diego empezó a circular en las redes sociales unos días después de su muerte. A tal punto que se abrió una petición en el sitio change.org para sumar adhesiones.

La idea propuesta es lanzar un billete de $ 10.000, jugando con el número mítico del capitán de la selección argentina. Pero el Gobierno viene desechando la alternativa de lanzar billetes de mayor denominación al de $ 1.000, hoy representado por un ave, el hornero.

Para el Gobierno emitir billetes de $ 5.000 o $ 10.000 equivale a convalidar el poder corrosivo de la inflación. Por eso en mayo pasado rechazó la idea de avanzar con el billete de $ 5.000.

Por eso, la idea de que el homenaje se haga con los billetes de $ 1.000 que necesariamente deberán imprimirse el año próximo, gana terreno.

Hoy al tipo de cambio del dólar ahorro, el billete de mayor de nominación de Argentina, el de $ 1.000, equivale a 7 dólares.

Algunos de los fanáticos planteaban que, además de homenajear al astro, un billete con la figura de Maradona podría resultar en un buen negocio para el país ya que se convertiría en una fuente de ingreso de divisas. Al tratarse de una figura admirada en todo el planeta, varios fans pagarían en dólares por tener un billete conmemorativo, con el objetivo de atesorarlo.

En los fundamentos del proyecto de ley, Durango explicó sobre Maradona que «la excepcionalidad de su vida y de su trayectoria, no exenta de límites y errores, lo enmarca en la tradición griega de los héroes, al menos tal como es percibida por Nietzsche en El nacimiento de la Tragedia».