A mitad de mañana del viernes se llevó a cabo en sede de los tribunales penales la audiencia de control de detención y apertura por un hecho, acontecido el pasado 13 de junio del corriente año, de violencia familiar que tiene como imputado a C.A.V. La funcionaria de fiscalía solicitó se declare legal su detención y se le formalice el hecho y se dicte la prohibición de acercamiento por el tiempo de investigación. El defensor no cuestionó la calificación ni la detención de su defendido, tampoco se opuso a la medida sustitutiva y requirió su libertad. Finalmente el juez penal resolvió formalizar el hecho y hacer lugar a la prohibición de acercamiento y contacto advirtiendo al imputado que el incumplimiento de la medida podría incidir sobre su libertad.
La funcionaria se refirió brevemente al hecho a investigar acontecido el día 13 de junio de 2018, aproximadamente a las 19:30 hs., cuando la víctima se dirigió al domicilio de la madre de su ex pareja C. A. V., a fin de llevarle al hijo menor de ambos, producto de una relación de pareja mantenida con el imputado anteriormente. En tales circunstancias, el imputado se hizo presente en dicha vivienda y en evidente estado de ebriedad comenzó a increpar a la víctima. Ésta decidió marcharse del lugar, rumbo hacia su domicilio siendo perseguida en todo momento por el imputado. Al llegar al domicilio de la víctima, el imputado ingresó al mismo y le manifestó a la madrastra de la víctima, que la iba a matar, provocando que ésta se encerrara en el baño, tras lo cual se marchó del lugar. Minutos más tarde, el imputado se hizo presente nuevamente en el domicilio mencionado, ahora con el hijo de ambos en brazo y tras llamar a los gritos a la víctima, le exhibió un cuchillo grande y le manifestó “Salí h. de p. te voy a degollar a vos y al bebe”, retirándose del lugar rumbo a la casa de su tía.
Personal policial de la Comisaría Seccional Séptima de esta ciudad, alertado del hecho se dirigió hacia calle Código 685 y pudieron ver al imputado, C. A. V., quien llevaba en su brazo derecho a su hijo de nueve meses de edad, mientras que en la mano izquierda empuñaba un arma blanca tipo cuchillo grande, quien al percatarse de la presencia policial ingresó a un domicilio, atrincherándose entre las paredes de la vivienda y el cerco perimetral. Manifestando que el personal policial se retire o mataría a su hijo, poniendo en todo momento el cuchillo en el cuello del bebe, bajando la guardia unos segundos, oportunidad en que los efectivos policiales aprovecharon a desarmarlo y a quitarle al bebe, procediendo a su inmediata aprehensión.
Calificando provisoriamente el hecho como “violación de domicilio, en concurso real con amenazas simples en concurso real con amenazas agravadas por el uso de arma, dos hechos en concurso ideal”, debiendo el encartado responder en calidad de “autor” para C. A. V.. Asimismo la funcionaria solicitó se declare legal su detención, ya que la misma fue realizada en flagrancia, y el plazo de seis meses de investigación. Finalmente solicitó teniendo en cuanta los elementos de convicción suficientes para tener a C. A. V. como probable autor del hecho, la gravedad del mismo y el peligro de entorpecimiento, la prohibición de acercamiento y contacto del imputado con la víctima por el plazo que dure la investigación.
Por su parte el defensor no cuestionó la legalidad de la detención; ni la calificación legal, pero si observó la “violación de domicilio”, que a su entender “no puede imputarse, ya que cuando se lo intima para que se retire lo hace”. Argumentando que asiste razón al Ministerio Público Fiscal sobre la existencia del peligro de entorpecimiento, que no tiene elementos para oponerse por lo cual consintió la medida sustitutiva y requirió la libertad de su asistido.
Finalmente el juez penal resolvió hacer lugar a lo solicitado por la fiscalía, dictando la prohibición de acercamiento y contacto del imputado con la víctima por el plazo de seis meses, caso contrario se dictará una medida más grave. Formalizando el hecho relatado por la funcionaria de fiscalía en su contra, dándolo por anoticiado del mismo y por asegurada su defensa técnica. También el juez decretó la legalidad de su detención ya que la misma fue realizada en flagrancia y el accionar policial se encuentra ajustado a derecho.
Presidió la audiencia de control y apertura Alejandro Soñis, juez penal; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Natalia Gómez, funcionaria de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Ariel Quiroga, adjunto de la Defensa Pública.