Será con los importes que se cobren este mes – Si la persona percibe dos beneficios, se sumarán para el cálculo cuando superen el valor de seis mínimas. Hasta ahora se tomaban por separado.
No será extraño que un grupo de jubilados note este mes que cobró menos dinero que el mes anterior, y que le aparezca en el recibo un descuento por el concepto 309000. Y seguramente, cuando vaya a la ANSES a reclamar por ello, se enterará de que está tributando el Impuesto a las Ganancias. Se trata de aquellos que cobran dos beneficios, una jubilación y una pensión, por ejemplo, que sumados superan los $55.804 pesos.
Por una resolución interna, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) decidió empezar a retener Ganancias a las personas que cobran dos beneficios. Las retenciones las aplicará por CUIL, es decir, por el número de identificación de cada persona, en vez de hacerlo por cada orden de pago. Sucede que hasta ahora, si los dos beneficios por separado no superaban el mínimo no imponible, la ANSES no practicaba las retenciones.
Eso no quiere decir que los jubilados no tuvieran que pagar. El tributarista Federico de Luca explicó en declaraciones a Ámbito Financiero que “el cambio radical de esta circular se da en el sentido de la retención de ganancias mensual”.
“Hasta ahora, ANSES tomaba cada beneficio que percibía un beneficiario en forma particular por lo que, si ninguna de las cifras superaba el tope de la ley para comenzar a tributar el impuesto, no se le descontaba nada, y era el beneficiario quien debía autodeterminarse el impuesto que le correspondía y abonarlo, a través de la Declaración Jurada anual del Impuesto a las Ganancias”, explicó.
Lo que muy probablemente ocurría es que el jubilado no estaba ni enterado de que le correspondía pagar el impuesto, y por lo tanto, no pagaba nada, aunque ello no correspondía.
Los que pagan Ganancias no son el grupo más numeroso de jubilados. Son algo así como el 1,5% del total, unos 100.000 beneficiarios. En 2015 eran algo más de 320.000. En 2017 se cambió la manera de determinar el mínimo no imponible para las jubilaciones. Antes era igual al de los trabajadores en relación de dependencia solteros y sin hijos. Ahora equivale a seis jubilaciones mínimas.
De Luca añadió que “podrán gozar de la deducción especial para jubilados quienes no reciban ingresos de otras fuentes (como ser sueldos, alquileres, dividendos, etc.) y no estar alcanzados por el impuesto sobre los Bienes Personales”.
Se podrán hacer deducciones también al descuento para el PAMI, gastos médicos o pagos al personal de servicio doméstico. La otra cuestión es que una vez determinado el impuesto a retener, la ANSES lo va aplicar de manera proporcional en los dos beneficios. Por caso, una persona que cobra una jubilación de $97.044,91 y una pensión de 9.309,10, tendrá una retención de $14.382,12 (incluido el proporcional de aguinaldo). Entonces en la primera tendrá un descuento de $13.123,68 y en la segunda $1.258,44.
A pesar de que el Gobierno prometió una reducción de la presión fiscal, en los últimos tres años se estima que 700.000 personas se sumaron al grupo de los que tributan en gravamen a las Ganancias. El mecanismo para sumar más gente era el congelamiento de las escalas y del mínimo no imponible en un contexto de inflación. Eso hizo que para muchas personas en relación de dependencia el incremento salarial implicara comenzar a pagar el gravamen para la Cuarta Categoría. Desde 2017 se aplica una fórmula de ajuste automática que se basa en un promedio simple entre masa salarial sobre la cantidad de aportantes al sistema de jubilaciones. Este año el incremento fue del 28,29% y las personas pagan desde $38.301,85 (es el caso del soltero sin hijos).
En 2019 también se genera otro desajuste con los monotributistas. Las escalas y categorías ajustaron por una fórmula parecida. Mientras la facturación de este grupo se incrementó al ritmo de una inflación anual del orden del 47%, las escalas lo hicieron al 28%. Eso implicó que los que están en las categorías más altas tuvieran que dejar el denominado régimen simplificado, y pasar al General, donde los costos son más altos. Deben retener IVA en la facturación y pagar Ganancias.
En Bienes Personales también subió la presión de vía indirecta. En el caso de los autos de más alto valor, desde el año pasado la AFIP comenzó a usar la tabla de valuación de la Superintendencia de Seguros de la Nación, cuyos valores son 30% más altos que la que usaba hasta el momento el organismo. Mientras tanto, el Gobierno trabaja en un plan para homogeneizar las valuaciones de los inmuebles. Hacia el final del proceso, las tasaciones fiscales para Bienes Personales y el Impuesto Inmobiliario que cobran las provincias equivaldrá al 70% del valor de mercado.
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