Las provincias podrán flexibilizar la cuarentena, con la obligatoriedad del cumplimiento de los parámetros epidemiológicos y sanitarios exigidos en el marco de la pandemia.
El Gobierno nacional oficializó hoy nuevos rubros que en las provincias de Mendoza, Salta y Jujuy podrán retornar la actividad y quedar exceptuados de la prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia de coronavirus.
Por medio de la Decisión Administrativa 766/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, autorizó así las solicitudes de los gobiernos mendocino, salteño y jujeño para flexibilizar la cuarentena, con la obligatoriedad del cumplimiento de los parámetros epidemiológicos y sanitarios exigidos en el marco de la pandemia.
En ese sentido, se aclara que cada jurisdicción provincial deberá dictar las reglamentaciones para el desarrollo de las actividades o servicios exceptuados.
De hecho, la norma señala que las propias jurisdicciones pueden «limitar el alcance» de las excepciones autorizadas a «determinadas áreas geográficas o a determinados partidos o departamentos, o establecer requisitos específicos para su desarrollo que atiendan a la situación epidemiológica local y a las características propias del lugar, con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus».
En el caso de Mendoza, podrá retornar a la actividad el comercio en general, lo que incluye inmobiliarias; empresas de servicio, como telefonía, reparación de calzado y otros rubros mercantiles. En todos los casos, indica la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete, la atención al público estará limitada al 50% de la capacidad del local respectivo.
También podrán abrir agencias de lotería y quiniela, con atención individual y distanciamiento social; bares, cafés y restaurantes, con modalidad «pase y lleve» (take away) hasta el próximo 18 de mayo, y, a partir de esta fecha, con atención en el local.
Quedaron habilitadas además las mudanzas dentro del área del departamento provincial donde se encuentra el domicilio original y la zona cercana de influencia, por lo que en ningún caso se podrán hacer traslados a grandes distancias o departamentos alejados, ni fuera de la provincia, o viceversa.
En cuanto al servicio doméstico, podrá trabajar sin uso del transporte público y acordando con los dueños de casa el traslado desde el hogar del empleado/a hasta el lugar de trabajo, y viceversa.
Para Salta, en la gastronomía, se dispuso que puedan retomar la actividad bares y restaurantes cumpliendo estrictos protocolos de limitación de cantidad de personas en los locales, de limpieza y de personal.
También se autorizó la práctica de deportes individuales, sin posibilidad de uso de vestuarios y sin contacto.
Por último, en Jujuy, podrán abrir confiterías y restaurantes, shoppings y paseos y galerías.
En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo coronavirus.
Se indica además que las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores, y que estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del transporte público de pasajeros, señaló Télam.