Lo decidió la juez Anabel Rodríguez luego de la audiencia de formalización de la investigación. La Fiscalía había solicitado la medida por tres meses, en tanto que la defensa ofreció un domicilio en Esquel y la presentación semanal en la Oficina Judicial. El fiscal Marcelo Crettón calificó provisoriamente el hecho como constitutivo de homicidio simple.
La detención del imputado se produjo a partir de una orden judicial, no obstante lo cual se oralizaron en la audiencia los fundamentos y se dio la posibilidad al imputado de expresarse en torno a la misma. No hubo cuestionamientos por parte de la Defensa.
El domingo entre las 4:40 hs. y las 7:50 hs. aproximadamente, luego de finalizada una partida de truco organizada por la comisión de fomento local, se retiraron juntos, la víctima Gabriel Solís y el imputado, Eulogio Muñoz, en la camioneta del imputado. Circularon por la Ruta 71 hacia Lago Rivadavia. A unos 3 km del casco urbano, el conductor detuvo la marcha y ya en el exterior del vehículo le asestó varias puñaladas, provocándole diversas heridas en manos, tórax, cara y cuello a Solís, las que le provocaron su fallecimiento. Siguiendo el relato de la Fiscalía, el imputado habría intentado darse a la fuga en el rodado, pero no lo logró porque se le atascó el vehículo en un canal lindero a la ruta. Allí se deshizo del arma homicida arrojándola a un campo, en el que pudo ser encontrada con posterioridad por el personal policial al hacer efectiva una orden de allanamiento para ingresar al predio.
La Fiscalía estuvo representada por el fiscal general, Marcelo Crettón y el funcionario Ezequiel Forti.
La defensa, a cargo de la Dra. Valeria Ponce, no tuvo objeción a la descripción de los hechos, pero adelantó que desconoce el relato y que buscará desarrollar su caso sobre la figura de la legítima defensa o bien, el exceso en la misma.
Medida de coerción
Crettón fundó el pedido de prisión preventiva en los elementos reunidos hasta el momento, los que dan cuenta de una alta probabilidad de autoría, en las características del hecho y en la expectativa de pena. Señaló que a su criterio existe riesgo de fuga, evidenciado por la conducta asumida por el imputado luego de herir de muerte a Solís. Sobre el peligro de entorpecimiento apuntó que aún no se sabe si hubo testigos en la franja horaria entre que se retiraron del campeonato de truco y el momento en el que fue hallado el cuerpo. Además señaló que por tratarse de una comunidad muy pequeña, es evidente el riesgo de que el imputado pudiera influir en potenciales testigos. Para asegurar la investigación solicitó que se dicte prisión preventiva por un lapso de tres meses.
Ponce rechazó el pedido fiscal, sostuvo que los indicios tomados por la Fiscalía para fundamentar la fuga, a su criterio responden a la necesidad del imputado de conseguir asistencia médica porque él también resultó herido en un brazo. Resaltó que tanto la víctima como el imputado estaban armados con cuchillo, lo que da cuenta de una pelea. Finalmente propuso que para asegurar la investigación y también evitar posibles represalias contra el imputado, este se aloje en un domicilio en la ciudad de Esquel por el tiempo solicitado por el fiscal, concurriendo una vez por semana a la Oficina Judicial.
La letrada resaltó la falta de antecedentes penales del imputado, su fuerte arraigo y probada actividad laboral, como ganadero, en Cholila.
La resolución
La juez Anabel Rodríguez, valoró que hay elementos que dan cuenta de la autoría, la que no fue discutida por la defensa, que existen los riesgos procesales y que evidentemente es necesario cautelar el proceso para que la investigación pueda reconstruir lo que ocurrió en un lapso de tres horas, desde la última vez que se sabe que fueron vistos y el momento de la denuncia. Sin embargo la magistrada consideró que el período solicitado es excesivo. Dispuso la prisión preventiva en la Comisaría Primera de Esquel durante un mes, finalizado el cual deberá realizarse una nueva audiencia para analizar si la medida debe continuar o puede ser sustituida por una menos gravosa.