El imputado fue pareja de la víctima durante veinte años. La Fiscalía entiende que mantenían una relación jerarquizada, que habría estado signada por la violencia física y psíquica, a través de las que él imponía su autoridad. Los hechos por los que fue llevado a juicio ocurrieron luego de la separación y fueron calificados por la Dra. María Bottini como constitutivos de privación ilegítima de la libertad agravada, lesiones leves agravadas Amenazas y desobediencia. En uno de los hechos resultó también víctima un policía al que habría producido lesiones graves. La defensa procurará ofrecer otra interpretación de los hechos al tribunal, para que se entienda que no existió delito.
El debate comenzó con el relato hecho por Fiscalía y Defensa del caso que procurarán probar al Tribunal Unipersonal, conformado por Anabel Rodríguez. La fiscal se refirió al hecho ocurrido el 17 de Enero de 2015, entre las 20.30 horas y la 1.30 de la madrugada. Omar Darío Díaz se habría presentado en el domicilio de la víctima, discutieron, la subió a su auto por la fuerza en su vehículo, cerró las puertas y la llevó hacia el tanque de agua de la Cooperativa 16 de Octubre, ubicado entre los Barrios Baden I y II. La acusación sostiene que ella se negó a besarlo, entonces la tomó por el cuello apretándola fuertemente hasta dejarla casi sin respiración. Esto le dejó un hematoma en cara lateral del cuello. Luego la habría amenazado con matarla y matarse también él. Estos hechos habrían durado aproximadamente 5 horas.
A partir de esto se dispuso por orden judicial, una prohibición de acercamiento y contacto por cualquier medio. La fiscal sostiene que desde el 21 hasta el 29 de Enero de 2015, en distintos horarios, Díaz desobedeciendo la prohibición, mandó 13 mensajes de texto al celular de la denunciante. El 8 de febrero del mismo año, aproximadamente a las 19 hs. el imputado habría intentado forzar el ingreso a la vivienda de la víctima. No pudo entrar, porque ella logró cerrar la puerta con llave a tiempo. El envío de mensajes se habría reiterado entre el 2 y el 3 de agosto. El 3 fue en dos oportunidades al domicilio de la mujer para increparla, agredirla y presionarla para que firme la documentación para la venta de un vehículo que estaba a nombre de ella. El 2 de septiembre el imputado habría enviado mensajes de texto a la víctima, volviendo con esto a desobedecer la orden judicial que se lo prohibía, luego la habría seguido en su vehículo.
La acusación sostiene que el 15 de octubre del mismo año, volvió a desobedecer una prohibición de acercamiento y contacto, enviando mensajes de texto al celular de la víctima y posteriormente se presentó en el domicilio de ella para agredirla verbalmente a gritos, diciendo “ya te voy a encontrar en la calle y sabes lo que te va a pasar”.
El 26 de octubre, aproximadamente a las 13:40 hs., el imputado se bajó de su vehículo en la vía pública y comenzó a increpar a la víctima diciéndole que la matará a ella y a su amiga, la agarró fuertemente por los brazos e intentó arrastrarla hacia su camioneta. Fue entonces que pasó caminando un policía, quien intercedió, pidiéndole a Diaz que suelte a la víctima. Ante la negativa de este, trató de separarlos, entonces el imputado se abalanzó sobre él, torciéndole bruscamente la mano derecha. Luego cuando la mujer le dijo al uniformado que había una prohibición de acercamiento, Díaz se subió a su vehículo y se retiró del lugar antes de que arribara el móvil policial. La mujer resultó con una lesión en cara dorsal de brazo izquierdo equimosis de 3 por 2 cm negro azulada y escoriación lineal en el centro de la equimosis de aprox. 3 cm de longitud, lesiones éstas de carácter leve. El policía sufrió una fractura de metacarpiano de mano derecha, (dedo anular), no desplazada, lesión ésta de carácter grave.
Bottini indicó que estos hechos se enmarcan en una situación de violencia familiar crónica, en la que la damnificada fue agredida por su condición de mujer.
La Defensa
Sofía Torres, acompañada por Horacio Hernández, realiza la defensa del imputado en el juicio. La letrada adelantó que probará que algunos de los hechos no constituyen delito, que otros no sucedieron en el contexto que relata la Fiscalía y que el resto no sucedieron, como por ejemplo la privación ilegítima de la libertad. “No la obligó a subir al auto”, sostuvo Torres.
La letrada leyó tres mensajes de texto, a modo de ejemplo, indicando que con ellos no se desobedeció ninguna orden, que se trataba de mensajes respetuosos relacionados con sus hijos. Hizo referencia a la tenencia de armas de fuego como falta administrativa ya que tenía los permisos vencidos y resaltó que fueron entregadas por la defensa cuando el imputado estaba cumpliendo prisión preventiva, para lograr su soltura. También resaltó que Díaz permaneció 47 días en prisión a lo largo de este proceso y que por tratarse de delitos leves, el proceso debió finalizar mucho antes mediante una conciliación o una Suspensión de Juicio a Prueba. Además indicó que las diferencias de la pareja debieron resolverse en el Juzgado de Familia y no en sede penal.
El imputado habló al inicio del debate, expresó su voluntad de que esto termine pronto “porque es demasiado hasta donde ha llegado… Tuvimos una relación de casi 20 años, dos hijos en común… no sé por qué tanto odio, tantas cosas… Ninguno de los mensajes fueron amenazas, siempre vamos a tener que charlar por nuestros hijos… Me está haciendo también mucho daño a mí, influye en mi trabajo”, sostuvo.
Las declaraciones testimoniales se prolongarán a lo largo de al menos tres días.
MPF