Fue durante la sesión de este jueves. También se aprobó el Canon Pesquero y la expropiación de Alpesca.
En la sesión ordinaria de este jueves en la Legislatura, quedó aprobado por unanimidad el proyecto de ley del diputado del PJ-FpV José Grazzini prohibiendo en el ámbito chubutense la fabricación, comercialización y aplicación del herbicida glifosato en todas sus variantes.
También se aprobó este jueves el proyecto de la diputada del PJ-FpV, Gabriela Dufour autorizando al PEP con carácter excepcional y extraordinario, el pago de saldos de indemnizaciones de bienes expropiados de la expresa Alpesca S.A. Además, se aprobó el Fondo Ambiental Provincial que se conformará por un arancel aplicado a cada cajón de langostinos desembarcado en cada localidad portuaria del Chubut, cuyo monto será equivalente en pesos al valor de un litro de diésel Premium YPF, y los cajones descargados por barcos con permiso de pesca provincial pagarán el 50% de dicho canon.
En el desarrollo de la Sesión Ordinaria se aprobaron pedidos de informes al PEP, uno impulsado por Papaiani, Cunha y Espinosa (Frente de Agrupaciones), Dufour y Navarro (PJ-FPV), y Conde y Caminoa (UCR-Cambiemos) requiriendo información sobre listado de Cooperativas a las que se les otorgó permiso de aguas públicas, sus fundamentos y resolución correspondiente.
Además, la diputada Dufour hizo un pedido de informes al PE acerca de situación actual de todas las empresas y personas que desarrollan actividad relacionada con tareas de recolección, extracción, secado, selección, empaque, comercialización e industrialización de las algas, al tiempo que la legisladora solicita copia del Expte. 172/19 de CORFO-Chubut con relación a la contratación directa del CAM “La Hoya”.
Expropiación de Alpesca y adecuación presupuestaria
La ley sancionada a instancias de la diputada Dufour autoriza al PEP, con carácter excepcional y extraordinario, a realizar las adecuaciones presupuestarias que resulten pertinentes para afectar los fondos provenientes de Presupuesto 2019 para el pago de los saldos de las indemnizaciones de los bienes expropiados en la causa “Provincia de Chubut c/Alpesca S.A. y Otra s/Expropiación” (Expte. 190/14) por ante el Juzgado de 1ª. Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 de Pto. Madryn, por un monto de hasta 300 millones de pesos, previsiones presupuestarias que se imputarán a la Jurisdicción SAF 91-Obligaciones del Tesoro, Ejercicio 2019.
FAP y arancel pesquero
Con dictamen en conjunto, se aprobó el proyecto de ley modificado en comisión sobre la Ley del Fondo Ambiental Provincial (FAP).
Se incorpora como art. 5° bis a la Ley I N° 620 la facultad al Ministerio de Ambiente y Control de Desarrollo Sustentable a emitir certificados de deuda, en caso de existir sumas impagas, ya sean totales o parciales, o pagos fuera de término, los cuales serán instrumento ejecutivo suficiente para su ejecución.
El certificado deberá contener como mínimo lugar y fecha de otorgamiento, firma de funcionarios competentes, indicación concreta del deudor, importe y concepto de deuda e intereses. Queda facultado, asimismo, ese Ministerio para dar aviso a la autoridad portuaria para que ésta proceda a suspender los servicios portuarios al sujeto deudor, negando futuros desembarcos hasta tanto se acrediten los pagos pendientes.
También la ley incorpora la facultad al citado Ministerio a destinar el 20% de sus ingresos al incentivo laboral del personal de dicho Ministerio provincial.
Prohíben el glifosato en Chubut
La iniciativa del diputado Grazzini dispone prohibir en Chubut “la importación, introducción, tenencia con fines de comercialización, fabricación, fraccionamiento, distribución, transporte, comercialización, y aplicación del herbicida Glifosato en todas sus variantes, así como de productos que tengan como base o principio activo al Glifosato”.
La Autoridad de Aplicación será el Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, responsable de asegurar el cumplimiento de lo establecido por esta norma, de la difusión de sus alcances, del control del cumplimiento de lo establecido en el artículo precedente y de la sanción correspondiente, al igual que de la promoción de medidas alternativas para el control de malezas y plagas, en armonía con el ambiente, la salud humana y los derechos de la naturaleza.
Resguardo sanitario poblacional
“El presente proyecto tiene por objeto avanzar en el cuidado y prevención en la custodia de la salud de la población, a partir de que, a comienzos del año 2015, la Organización Mundial de la Salud confirmó que el glifosato de las fumigaciones puede provocar cáncer, y por ello amerita disponer un marco legal que haga efectiva las recomendaciones de no utilización que a partir de esa confirmación se han replicado en todo el mundo”, afirmó Grazzini en la fundamentación.
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