La iniciativa de 79 páginas propone modificar la Ley de Contrato de Trabajo y reconfigurar las reglas del empleo formal en la Argentina.
El Gobierno dio un paso clave en su agenda de transformaciones estructurales con el ingreso al Senado del proyecto de Reforma Laboral, una iniciativa de 79 páginas que propone una reconfiguración profunda del régimen de trabajo vigente en la Argentina.
El texto avanza sobre la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo y plantea cambios que impactan de manera directa en el vínculo entre empleadores y trabajadores, desde la forma de contratar hasta las condiciones de despido, pasando por salarios, jornada laboral, vacaciones e indemnizaciones.
La propuesta oficial tiene como ejes centrales la flexibilización del mercado laboral, la reducción de costos para las empresas y la adaptación del marco normativo a nuevas modalidades productivas. Sin embargo, también genera fuertes cuestionamientos por parte de sectores sindicales y especialistas en derecho laboral, que advierten sobre una posible pérdida de derechos adquiridos y un debilitamiento de las garantías para los trabajadores. De acuerdo con ADNSUR.
INDEMNIZACIONES, DESPIDO Y FONDOS DE CESE LABORAL
Uno de los núcleos más sensibles de la reforma está vinculado al régimen indemnizatorio. El proyecto introduce una nueva redacción del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo y redefine la forma de calcular la indemnización por despido sin causa. Si bien se mantiene el criterio general de un mes de sueldo por cada año trabajado, se incorporan modificaciones que, en la práctica, podrían reducir el monto final a percibir.
La base de cálculo pasa a ser la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año, pero sujeta a topes fijados por el convenio colectivo correspondiente. Además, se establece un límite máximo equivalente a tres veces el salario promedio del convenio aplicable, aunque se garantiza un piso mínimo: en ningún caso la indemnización podrá ser inferior a un salario mensual completo.
El proyecto también habilita a los empleadores a crear fondos de cese laboral, una herramienta destinada a acumular recursos para afrontar futuras indemnizaciones. Este esquema, que ya existe en algunos sectores específicos como la construcción, busca previsibilidad para las empresas y una menor carga financiera al momento de desvincular personal.
Otro punto clave es que la indemnización por despido pasa a ser considerada la única reparación posible, excluyendo expresamente la posibilidad de iniciar reclamos civiles paralelos por daños y perjuicios derivados de la desvinculación. Este aspecto es uno de los más cuestionados por los gremios, que advierten que limita el acceso a la justicia laboral.
VACACIONES, JORNADA LABORAL Y BANCO DE HORAS
Además, se incorpora de manera explícita la posibilidad de fraccionar las vacaciones en períodos mínimos de siete días, una modalidad que ya se aplica en algunos rubros. El texto también dispone que cada trabajador deberá gozar de vacaciones durante la temporada estival al menos una vez cada tres años y regula el procedimiento ante interrupciones por enfermedad, obligando a reprogramar los días pendientes.
En cuanto a la jornada laboral, el proyecto habilita la implementación de los denominados “bancos de horas”. Este sistema permite compensar las horas extraordinarias trabajadas en determinados períodos con descansos o reducciones horarias en otros momentos, sin que necesariamente se paguen como horas extras tradicionales.
El esquema deberá respetar los descansos mínimos legales: un mínimo de 12 horas entre jornada y jornada y 35 horas de descanso semanal total. Según el Gobierno, esta herramienta apunta a dar mayor flexibilidad a las empresas para adaptarse a picos y caídas de actividad, aunque los sindicatos alertan sobre el riesgo de una mayor disponibilidad horaria exigida a los trabajadores.
SALARIOS, PRODUCTIVIDAD Y ELIMINACIÓN DE LAS HORAS EXTRAS
En el capítulo salarial, la reforma redefine el concepto de remuneración e incorpora nuevas modalidades de pago. Se habilita el pago de salarios en pesos o en moneda extranjera, así como una parte en especie, siempre que se respeten los límites legales. También se introduce la figura del “salario dinámico”, que podrá ser establecido en convenios colectivos, acuerdos regionales, por empresa o incluso de manera unilateral por el empleador.
Este esquema contempla remuneraciones variables vinculadas al mérito personal, el desempeño o la productividad. Para algunos sectores empresariales, se trata de una herramienta clave para incentivar el rendimiento; para los gremios, en cambio, existe el riesgo de que se erosione el salario básico y se tensione el piso establecido por los convenios de actividad.
El acuerdo deberá formalizarse por escrito y dejar constancia de la voluntariedad del trabajador, los límites del sistema, su funcionamiento y un mecanismo de control fehaciente que registre las horas trabajadas y las disponibles para compensación. El texto aclara que podrán coexistir distintos esquemas -horas extras tradicionales, banco de horas o francos compensatorios- según lo que se pacte individualmente o a través de la representación sindical.
Con este proyecto, el Gobierno busca avanzar en una reforma estructural del mercado laboral argentino, con el objetivo declarado de fomentar el empleo formal y mejorar la competitividad. El debate parlamentario recién comienza y promete ser intenso, con posiciones enfrentadas entre oficialismo, oposición, empresarios y sindicatos, en torno a un tema que atraviesa de lleno la vida cotidiana de millones de trabajadores.




