Chubut: la ministra Camila Banfi analizó los principales cambios y alcances del nuevo Régimen Penal Juvenil.
Tras la entrada en vigencia de la Ley 27.801, la funcionaria del Superior Tribunal de Justicia de Chubut detalló las modificaciones que reducen la edad de imputabilidad a los 14 años, amplían el catálogo de delitos y fijan un tope máximo de 15 años de prisión.
Claves y modificaciones de la Ley 27.801
La implementación a nivel nacional de la Ley 27.801 —el nuevo Régimen Penal Juvenil— modificó sustancialmente el encuadre legal para la persecución y juzgamiento de adolescentes en conflicto con la ley penal. Al respecto, la ministra del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Chubut, Camila Banfi Saavedra, analizó los ejes centrales de la normativa que alcanza a los jóvenes desde los 14 años y hasta la víspera de cumplir los 18.
Durante una entrevista con Jusnoticias, la magistrada destacó que el cambio principal radica en la baja de la edad de imputabilidad y en la ampliación del catálogo penal. Mientras que el régimen anterior contemplaba exclusivamente a los menores de 16 y 17 años frente a delitos graves, la nueva legislación incorpora a los adolescentes de 14 y 15 años, afectándolos prácticamente por todo el Código Penal.
Garantías, intervención judicial y topes punitivos
En el plano operativo y procesal, Banfi Saavedra señaló que en Chubut el Código Procesal Penal ya cuenta con un capítulo específico sobre la materia, el cual se complementa con las pautas federales. No obstante, advirtió que será necesario profundizar el monitoreo en las franjas etarias más sensibles (14 y 15 años), que hasta ahora quedaban bajo la órbita de los jueces de familia ante episodios graves.
Entre las principales disposiciones del nuevo régimen se destacan:
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Comparecencia penal: Los menores de 14 años deberán presentarse ante el fuero penal con asistencia letrada, defensas técnicas especializadas y la intervención de asesorías de familia.
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Protección integral: Se ratifica la plena vigencia del bloque constitucional, convencional y las normativas internacionales de protección a la minoría.
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Topes en las penas: La ley establece un límite punitivo máximo de 15 años de prisión, prohibiendo expresamente la aplicación de la pena de prisión perpetua.
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Nuevos delitos alcanzados: Se abre el abanico hacia conductas de comisión más frecuente en la adolescencia —como lesiones en riñas callejeras o conflictos vecinales y escolares—, permitiendo la realización de controles de detención y el dictado de medidas de coerción según las expectativas de pena.
La ministra concluyó que el sistema judicial provincial deberá articular recursos especializados para priorizar la resocialización de los jóvenes, ponderando siempre la gravedad del daño causado y la edad del adolescente al momento de evaluar los procesos.
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