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El juez penal Marcelo Nieto Di Biase a cada tanto da que hablar con sus polémicos fallos, generalmente carentes de sentido común.

En la ciudad de Trelew, una adolescente sufría violencia de género por parte de su pareja, el padre de la menor lo denunció y el primer magistrado que entendió en la causa, el juez de Paz Jorge Narez, dictó una medida cautelar donde le prohibió al hombre acercarse  al domicilio de la chica.

En el 2019 la pareja de la menor pasó por alto el mandamiento judicial y se presentó en la vivienda, por lo que la joven llamó a la Policía y los efectivos lo detuvieron por desobediencia.

Tristemente, el expediente judicial cayó en las peores manos, el magistrado Marcelo Nieto Di Biase fue el encargado de entender en la falta cometida por el sujeto, a lo que decidió no dar curso a ninguna sanción en su contra pero sobre todo, cometió la locura de dejar sin efecto la prohibición de acercamiento dictada por el juez de Paz, dejando así a la muchacha a merced de cualquier peligro en manos del denunciado.

Di Biase, dando lugar a los pedidos del abogado defensor del acusado, sostuvo la incompetencia judicial del juez de Paz Narez y por lo tanto decretó la “atipicidad de la conducta” (inexistencia del delito de desobediencia).

Juez Marcelo Nieto Di Biase

La fiscal Silvana Lagarrigue impugnó esta decisión argumentando que Di Biase se habría pasado por alto todo un repertorio de tratados y leyes internacionales.

Es que en rigor de la verdad, este es un caso muy particular puesto a que hay una superposición de regímenes legales, en lo que respecta a que no solo se trata de una mujer que debería estar amparada por las leyes que combaten la violencia de género, sino que también se trata de una menor, y por lo tanto la asiste un régimen normativo adicional compuesto por leyes que combaten la violación de los derechos del niño, niña y adolescente.

Hizo caso omiso del deber constitucional que le corresponde a él como agente estatal de obrar con la debida diligencia en pos de “prevenir, investigar y sancionar la violencia contra las mujeres”, esto de acuerdo al artículo 7, inciso b) de la convención de Belém do Pará, incorporada a nuestro sistema jurídico a través de la ley 24632.

Por otro lado, habría también violado las reglas establecidas en la Convención sobre los Derechos del Niño, Niña y/o Adolescente, en su rol de magistrado.

Di Biase, que es juez desde hace muchos años y encima profesor de Derecho en la carrera de abogacía de la Universidad de la Patagonia de San Juan Bosco, debería conocer al dedillo todas estas normas habida cuenta de que se encargan de regular cuestiones tan delicadas.

La impugnación llegó al Superior Tribunal de Justicia y los ministros terminaron revocando la sentencia de Di Biase, es decir dándole la razón a la fiscal Lagarrigue.

Como consecuencia, Di Biase no solo habría violado los derechos de la mujer, sino también los derechos del niño y hay rumores que vaticinan una posible denuncia en el Consejo de la Magistratura por “desconocimiento de derecho”, algo que le podría costar su trabajo de juez, lo que le impediría pagar su afición de aviador con los fondos de los chubutenses.

Fue durante una audiencia que se realizó este viernes en el Juzgado Federal de Bariloche. Uno de sus abogados defensores afirmó que “no hay fecha de juicio por ahora”.

Facundo Jones Huala expresó ante el Juez su negativa a ser extraditado a Chile y afirmó que es “un preso político”.

El abogado Eduardo Soares, que asumió  -junto con Gustavo Franquet- la defensa de Jones Huala, informó que el viernes tuvieron la primera audiencia en el Juzgado Federal de Bariloche, presidida por el juez Gustavo Villanueva.

Señaló que “Se le tomó declaración a Facundo, básicamente los datos personales, y se le preguntó expresamente si consentía o no la extradición. Facundo se negó, dijo que no consiente la extradición y alegó además que es un preso político”.

De esta manera, agregó que “su carácter de preso político invalidaría la extradición toda vez que la ley de extradición expresamente contempla que la misma no será concedida cuando los hechos por lo que se imputare al requerido fueran de carácter político”.

Explicó que también plantearon que el requerimiento de la documentación que envió el Estado de Chile “nombra a Facundo, y dice nacionalidad chilena, con lo cual nosotros entendemos que es un error o que se subsane o que implica una nulidad».

En este sentido, indicó que tendrán un tiempo para analizar la documentación y después se fijará la audiencia. “No hay fecha de juicio por ahora”, resaltó el abogado.

El lunes ingresó formalmente el pedido de extradición del Estado chileno para que la Argentina extradite a Jones Huala, quien fue detenido el 30 de enero en el quincho de una casa en El Bolsón. De esta manera, termine de cumplir la condena de 6 años de cárcel que le impuso en diciembre de 2018 el Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia.

Fuente: Diario Rio Negro

Desde la misma policía dicen que ven que no tienen “ganas de trabajar” y que se nota cada vez que deben gestionar una orden de allanamiento de manera rápida y no lo hacen, o cuando liberan a detenidos, directamente, por teléfono. Una costumbre de la que el propio Miquelarena en algún momento llegó a quejarse, hace años, cuando se hablaba de la “puerta giratoria” en tribunales, de los presos que entraban y salían y del juez instructor que los soltaba por teléfono.

Hace no mucho tiempo, incluso, hizo declaraciones en las que les echaba la culpa a los jueces de liberar rápidamente a los delincuentes. “Planteó que pueden ponderar si un detenido debe ser encarcelado durante el proceso de investigación en función de la cantidad de hechos en los que quedó involucrado, entre otros puntos. Dejó en claro que el criterio de la Fiscalía es que los delincuentes detenidos en flagrancia queden presos”.

Si el jefe de todos los fiscales de la provincia dice esto públicamente, ¿cómo es que sus subordinados no lo cumplen? En Trelew, en estos últimos días hubo una sucesión de procedimientos con detenidos y ninguno está todavía preso. Es más, en algunos casos ni siquiera alcanzaron a llegar a la audiencia de control en tribunales, porque el mismo fiscal ordenó a la policía por teléfono que lo liberara desde el lugar del procedimiento, diciendo que no le interesaba la detención.

Y eran ladrones o conocidos del ambiente que fueron sorprendidos con armas ilegales. O un sujeto violento que casi mata a la mujer de un ladrillazo en la cabeza. Entonces, o Miquelarena tiene un doble discurso o sus subordinados no le obedecen y hacen lo que quieren, no trabajan.

La misma policía asegura que encontrar un fiscal los fines de semana para ellos es complicado; que deben tratar con un funcionario de la fiscalía que dejan de guardia pero que no tiene poder de decisión.

El magistrado la solicitó por cuestiones médicas. Se decidió la conformación de un nuevo tribunal en el caso de abuso.

En las últimas horas del miércoles 16 de febrero del corriente, se definió una nueva integración del tribunal que tendrá a su cargo el juicio oral por un presunto hecho de abuso sexual, ocurrido en Playa Unión, en el año 2012 y en el cual, hay tres personas imputadas.

La licencia de uno de los jueces designados originalmente, por motivos de estricto orden médico, motivó una nueva integración del tribunal de juicio, que ahora quedará compuesto por las juezas Ana Karina Breckle, Marcela Alejandra Pérez y María Laura Martini.

De acuerdo a lo dispuesto en el art. 300 del Código Procesal Penal de Chubut, a partir de ser notificadas las partes sobre la conformación del tribunal, las mismas quedan habilitadas, por un plazo de cinco días, a plantear recusaciones sobre los jueces.

Por este motivo, la fecha de inicio del debate se ha pospuesto para el día jueves 24 de febrero del 2022, a las 9.30, en la Oficina Judicial de la ciudad de Rawson.

Se trata del juez Paulo König quien había sido acusado por el miembro del Superior Tribunal de Justicia Mario Vivas por su participación en otro expediente, que involucró al ex juez Martín Alesi.

König, en diálogo con Radio Chubut, aseguró que el caso abierto en su contra es «inédito en el país» porque se pretendió criminalizar una acción donde no había delito.

«Me tuvieron dos años bajo proceso» sostuvo el juez laboralista quien consideró un despropósito el accionar no solo por la causa en sí, sino por los recursos que se malgastaron en algo que no constituía un delito.

Valoró el trabajo de sus abogados defensores, en referencia a Alfredo Pérez Galimberti y Hugo Arnaldo Barone.

Recordó que contó con el apoyo de dirigentes de organizaciones defensoras de derechos humanos y de otros actores sociales y políticos de la zona que fallecieron en este tiempo.

El desenlace se produjo cuando propio fiscal general asignado, Daniel Báez, desistió de seguir porque «no había podido conseguir pruebas».

Dijo que, en el fondo, más allá de lo que significó para él, terminó ganando el sistema judicial porque de haberse dictado una condena contra un juez de primera instancia por una causa que se impulsa desde la cúspide del poder judicial, hubiera sido «un escándalo» que limitaría la capacidad de trabajo de los magistrados que están en la base del sistema.

Facundo Molares tenia pedido de captura internacional, por pedido de la Justicia de Colombia que lo investiga por ser un presunto integrante de las FARC y acusado de varios delitos, entre ellos secuestro. El operativo de detención se realizó con Policía Federal e INTERPOL.

Este domingo la Policía Federal e INTERPOL detuvieron en Trevelin a Facundo Molares Schoenfeld, hijo de Juez de Paz de Trevelin; a partir de un pedido de captura internacional emitido por la Justicia de Colombia.

En la Nación latinoamericana se lo investiga por ser un presunto integrante de las FARC (Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia) y se lo acusa de una serie de delitos.

El caso se había dado a conocer en noviembre de 2019 cuando el hombre fue internado en Bolivia en grave estado tras haber sido herido en medio de las protestas que terminaron forzando la renuncia del Presidente, Evo Morales.

Morales Schoenfeld logró regresar a la Argentina y se encontraba en Trevelin hasta este domingo, que fue capturado por las fuerzas federales y se inició así el proceso correspondiente.

En Colombia se lo acusa de delitos como “secuestro extorsivo agravado, fabricación, tráfico y porte de armas de fuego, municiones de uso restringido de uso privativo de las fuerzas armadas; y utilización ilegal de uniforme e insignias”, entre otros.

Uno de los casos puntuales en los que se lo involucra es el del secuestro de un concejal del Municipio de Garzón Huita, Armando Acuña, quien fue mantenido cautivo durante 20 meses, siendo asesinadas varias personas por este hecho, entre ellos civiles y militares.

Las actuaciones ahora se encuentran en manos del Juzgado Federal de Esquel, a cargo del juez Guido Otranto; y el sujeto se encuentra alojado en la sede Esquel de la Policía Federal.

Parece que la intención del devaluado ministro de Arcioni y de su séquito enquistado en la Jefatura de Policía es poner a la ciudadanía en contra de la magistrada, en un operativo que comenzó, en el mismo medio, el día en que Massoni salió públicamente a maltratar a la jueza de Trelew, después que le declarara ilegal un procedimiento en el que anduvo haciéndose el “policía bravo” deteniendo a punta de pistola a una persona, que supuestamente le había dado refugio a un presunto homicida escapado de Santa Cruz.

La jueza Mirta Moreno en ese mismo acto –que fue la audiencia de control de detención a la que llevaron al acusado de un crimen en Caleta Olivia y al sujeto aprehendido ilícitamente por Massoni–, le atribuyó al ministro mimado del gobernador Arcioni la comisión de varios delitos y solicitó que la fiscalía lo investigue, cosa que hasta el momento no se ha hecho: (adivinen por qué). Porque los fiscales de Miquelarena no avanzan, copiando la misma actitud que vienen teniendo en la infinidad de denuncias que en el último año y medio le han hecho a Massoni.

Desde ese momento, “todo lo que haya contra la jueza Moreno hay que difundirlo”, reveló a este portal una fuente que casi habitualmente ve al impresentable de Paulino Ramón Gómez (el director de Seguridad de la policía provincial) y a sus secuaces mandar gacetillas a “la prensa amiga” con mala publicidad para la magistrada.

No es coincidencia que la jueza Mirta Moreno este saliendo en la tapa del diario “alquilado” por Massoni en las últimas semanas con crónicas tendenciosas en las que se informa mal o a medias las medidas que ordena la magistrada.

Así lo determinó el juez de garantías David Mancinelli, tras el pedido de la fiscal Verónica Zamboni. Los nueve procesados- que cumplen prisión preventiva en la Alcaidía 3 del penal de Melchor Romero-  están imputados como coautores del delito de “homicidio doblemente agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas”.

Los rugbiers acusados de matar a golpes a Fernando Báez Sosa el verano pasado, enfrentarán un tribunal integrado por tres jueces, tras haber renunciado a un juicio por jurados; así lo determinó el juez de garantías David Mancinelli tras el pedido de la fiscal Verónica Zamboni.

La calificación es por homicidio agravado por alevosía y por la cantidad de participantes. Según el pedido hecho por el magistrado, el ataque a Fernando Báez Sosa aquella noche del 18 de enero de 2020 habría estado preparado. Y la Justicia determinó que los acusados tuvieron roles diferenciados para atacar a golpes a la víctima y bloquear algún tipo de ayuda.

La semana pasada, los acusados por la muerte a golpes presentaron un pedido para no ser sometidos a un jurado popular y solicitaron la nulidad del requerimiento de la elevación a juicio, algo que no prosperó. El abogado de los imputados, Hugo Tomei, presentó su oposición ante la fiscal y pidió el cese de la prisión preventiva para los detenidos.

Se trata de Máximo Thomsen (20), Ciro Pertossi (20), Luciano Pertossi (19), Lucas Pertossi (21), Enzo Comelli (20), Matías Benicelli (21), Blas Cinalli (19) y Ayrton Viollaz (21), quienes cumplen prisión preventiva en la Alcaidía 3 del penal de Melchor Romero, en La Plata, imputados como coautores del delito de “homicidio doblemente agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas”.

Según informa TN, al momento de renunciar a ser juzgados frente a un tribunal popular, el abogado Tomei señaló que, “según expresó cada uno de ellos, la decisión fue condicionada por la incuestionable y lapidaria condena social que se instaló” a través de los medios de comunicación, que “dieron a conocer distintas constancias del expediente y realizaron una intolerable saturación de las imágenes contenidas en distintos videos que integran el material probatorio”.

Fuente: ADNSUR.

El juez federal Javier Pico Terrero fue denunciado penalmente este martes por «intromisión en decisiones que son ajenas al derecho y propias de la ciencia médica» tras haber admitido como válida la medida cautelar que ordenó al Sanatorio Otamendi y Miroli a tratar con dióxido de cloro a un paciente en estado crítico con coronavirus y que «podrían haber tenido injerencia» en el fallecimiento de un hombre de 93, indicaron fuentes judiciales.

Según la denuncia, la mala praxis jurídica pudo haber tenido injerencia en el fallecimiento de Oscar Jorge García Rúa «a partir de la orden de aplicar tratamientos médicos no autorizados por la Anmat, sin estudios científicos de eficacia comprobada y sin ensayos clínicos conforme lo establece la legislación vigente en nuestro país».

«No se debe judicializar la medicina, se deben respetar los criterios médicos que tengan aval científico y respaldo en las asociaciones médicas y sociedades científicas reconocidas legalmente», continúa.

Mischanchuk recordó que el magistrado hizo lugar a la presentación judicial realizada por el hijastro del fallecido para que reciba «urgente la administración de nebulizaciones de ibuprofeno de sodio y la aplicación de dióxido de cloro», y ordenó al sanatorio porteño a «garantizar la implementación de los tratamientos prescriptos por su médico tratante».

El letrado alertó que «la decisión judicial podría sentar jurisprudencia para recetar tratamientos que no están autorizados por las entidades regulatorias correspondientes».

«Resulta imperioso saber si la decisión del magistrado se basó en evidencia científica o, si por el contrario, estamos frente a una posible intromisión por parte de un hombre de derecho en la ciencia médica», apuntó la denuncia.

Además, señaló que debe determinarse «si la orden del magistrado fue cumplida, en qué dosis se habría administrado la terapéutica y quién proveyó los productos para establecer si ello guarda relación con el lamentable óbito del paciente».

Fuente: Telam

La Justicia Federal falló a favor de una medida cautelar y obligó al Santatorio Otamendi a suministrarle dióxido de cloro intravenoso e ibuprofeno inhalado a un paciente que está internado en grave estado con coronavirus. La institución apeló el fallo.

Luego de que la Sociedad Argentina de Infectología (SADI) y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) alertaran sobre la peligrosidad que conlleva consumir esta sustancia, el juez federal subrogante Javier Pico Terrero dispuso que se le administre al paciente Oscar Jorge García Rúa, según publicó el diario Perfil.

El jueves 7 de enero, el hijastro del hombre, José María Lorenzo, realizó una presentación judicial para que el marido de su madre, quien había fallecido el día anterior por la misma enfermedad, recibiera en carácter urgente la administración de nebulizaciones de ibuprofeno de sodio y de dióxido de cloro, terapia que fue recetada por el neurocirujano del paciente, Dante Converti (MN: 50.660).

El juez federal subrogante hizo lugar a la solicitud de la familia del paciente al considerar que «la cobertura de los tratamientos indicados no ocasionaría un grave perjuicio para la demandada, pero evita, en cambio, el agravamiento de las condiciones de vida de la actora», y dictaminó que el sanatorio porteño deberá «garantizar la implementación de los tratamientos prescriptos por su médico tratante». Ante esto, la institución de salud apeló la medida cautelar.

El polémico fallo encendió las alarmas de toda la comunidad médica porque podría sentar jurisprudencia para recetar tratamientos que no están autorizados, no sólo en el caso de esta sustancia tóxica en particular, sino para otras de igual peligrosidad. «Es una decisión aberrante», coincidieron expertos en bioética.

El presidente de la SADI, Omar Sued, en diálogo con el mismo medio manifestó: «Que un juez decida que un médico tiene que aplicar una sustancia para la cual no hay ninguna evidencia científica es realmente preocupante, sobre todo cuando es en forma endovenosa. No es decisión de un magistrado administrar una medicación que no conoce en un paciente, no es su rol».

Sued, además, puso la lupa en otro hecho alarmante que es que haya profesionales que lo prescriben como tratamiento: «El Ministerio de Salud debería evaluar cuál es la legitimidad que tiene un médico para recomendar terapia que la misma ANMAT alerta su riesgo de toxicidad».

Mientas se trata la apelación presentada, el Sanatorio Otamendi administró al paciente, aclarando que no fue bajo su responsabilidad, ibuprofeno inhalado una terapia que no está autorizada como tratamiento para el coronavirus ya que no se comprobó su eficacia; y el dióxido de cloro, sustancia que tiene comprobada su toxicidad y en el país se registraron muertes sobre todo en menores.