Somos capaces de respaldarlos cuando sostienen que la maestra o el profesor “tal” los tiene “de punto”, los cuestiona y/o los desaprueba arbitrariamente. Hay ejemplos extremos de padres y madres que demostraron su capacidad de desautorizar al docente frente a toda la clase y hasta de golpearlo o golpearla porque, según la versión que llegó a la casa, abusó de su autoridad. Sin embargo, se cuentan de a miles los niños que deben buscar ayuda en referentes ajenos al hogar, cuando son víctimas de abuso sexual cometido por un adulto de su entorno familiar más próximo. Pareciera que cuanto más cerca está el problema de nuestros ojos, más nos cuesta distinguirlo. Nuestra presbicia puede afectar severamente a los niños.
A veces no vemos lo que no sabemos distinguir y otras muchas, lo que “no queremos” ver. Algunas investigaciones dan cuenta de que el abuso sexual y sicológico en la infancia disminuiría la capacidad protectora parental, constituyéndose, por lo tanto, en un factor de riesgo para los hijos. Este “no querer” no responde a una voluntad consciente, sino más bien a un mecanismo de defensa de la mente que trata de negar todo lo que tenga que ver con el horror alguna vez vivido.
Lo cierto es que cuando el develamiento se produce no solo el niño, niña o adolescente abusado requiere de acompañamiento terapéutico, también lo necesitará el adulto de referencia (muchas veces la madre), para potenciar sus recursos protectores y abordar el impacto traumático que implica la conciencia del abuso y sus consecuencias [1].
Por qué los chicos tardan en contar que están siendo abusados?
La guía elaborada por UNICEF para tomar acciones y proteger a los niños y niñas del abuso sexual infantil, refiere una serie de motivos que garantizan el “secreto”:
El niño y su familia reciben amenazas de daño físico o de muerte.
Tienen miedo de las consecuencias que sus dichos puedan ocasionar en el agresor y su familia.
Callan por temor a ser acusados de complicidad y complacencia con el abuso sexual que padecieron.
Evitan ser estigmatizados y rechazados.
Sienten culpa, vergüenza y desvalimiento.
Muchas veces, al padecimiento sufrido se suma otro: carecen de interlocutores válidos dispuesto a creer en sus palabras.
Los niños, niñas y adolescentes víctimas de abuso sexual requieren de un entorno conformado por adultos que sean comprensivos y contenedores, que les brinden acceso a los servicios asistenciales y los protejan tanto de posibles represalias como del proceso de revictimización. Dependen de los docentes, psicólogos, médicos, policías y operadores del sistema de protección integral y judiciales, que deben estar capacitados para ofrecer un abordaje apropiado al trauma que atraviesan.
Educación sexual integral como modo de prevención y protección
La implementación de la educación sexual integral obligatoria, en las escuelas, ya está dando buenos resultados. En Esquel comienza a verse sus alcances en el develamiento de situaciones de abuso, el conocimiento del derecho a hablar con adultos de confianza y la comprensión y acompañamiento de los pares (compañeros de escuela).
Hablar de conocimiento y cuidado del propio cuerpo, formar a los niños y adolescentes en sexualidad, ofrece un marco de referencia, claridad, mayor confianza en sí mismos, conocimiento de sus derechos y, entre otros aspectos, los habilita a hablar con mayor naturalidad de lo natural y también a identificar sin dudas y denunciar lo que no lo es.
La denuncia
Según el artículo 9 de la Ley 26.061, cualquier persona que sospeche o tome conocimiento de malos tratos o situaciones que atenten contra la integridad psí- quica, física, sexual o moral de un niño, niña o adolescente, lo mismo que cualquier otra violación a sus derechos tiene la obligación de comunicarlo al organismo de protección. Los adultos que tienen a cargo la responsabilidad parental y quienes se desempeñan en organismos asistenciales, educativos y de salud del ámbito público o privado no solamente deben comunicar al organismo de niñez la situación de abuso para que puedan tomarse las medidas de protección necesarias, sino que además tienen la obligación legal de realizar la denuncia judicial. El primer organismo interviniente debe denunciar el hecho y para hacerlo no es necesario cumplir con ninguna condición. Para formular la denuncia no se requiere el pedido de autorización de un superior jerárquico ni la asistencia de un abogado.