En una audiencia de control realizada en sala de la oficina judicial, tercer piso de tribunales, una persona fue imputada por el Ministerio Público Fiscal, representado por el funcionario de fiscalía Rubén Kholer, bajo la calificación de portación ilegal de arma de guerra, lo que se agrava ya que el detenido fue condenado en un hecho realizado mediante la utilización de un arma de fuego, artículo 189 bis, inciso 2do., párrafos 4to. y 7mo. del código penal.
De acuerdo al relato fiscal, Daniel Alvarez, quien fue defendido en audiencia por María Martensen, el día 23 de junio cerca de las 23,55, sabiendo lo que hacía intentó evadir conduciendo una motocicleta color oscura, un control de tránsito llevado adelante en las calles Eva Perón y Edwin Roberts por fuerzas de seguridad, y al intentar huir cae para seguir corriendo sin acatar las órdenes de detención.
En un momento de la persecución extrae un arma de fuego y apunta a los efectivos que iban tras de él, siendo aprehendido en cercanías de la obra del nuevo hospital en esta ciudad, luego que arrojara el arma en las inmediaciones.
En la ocasión se logró secuestrar el arma, una pistola 9 milímetros, y se tomó testimonio a los efectivos actuantes, considerándose además la situación que fue detenido en flagrancia. Alvarez tiene una condena dictada en el año 2009 por robo agravado con uso de arma, la que fue cumplida en 2012. Solicitó el funcionario la apertura de investigación, además de un mes de prisión preventiva para permitir la realización de diversas medidas, quedando a cargo la fiscal general María Tolomei.
Si bien la defensora no se opuso a la apertura estimó que se podría morigerar la medida con la firma diaria en oficina de ejecución, pero el Juez Marcelo Nieto Di Biasse resolvió la prisión por el término de quince días, revisar la situación del imputado teniendo en cuenta los elementos que puedan colectar las partes. Valoró el magistrado lo expresado por el Ministerio Público Fiscal, al destacar la detención en flagrancia, los antecedentes y la expectativa de pena que no sería menor a cuatro años.