La polémica por las reformas que se aprobaron para la ley 7.722 ha cruzado los límites provinciales, llegando a un plano nacional e internacional. Tan fuerte es el reclamo de ambientalistas, productores agrícolas y sociedad en general que en los últimos días surgió el rumor de que contratarían al abogado constitucionalista Daniel Sabsay, uno de los letrados más reconocidos del país.
En diálogo con FM Vos (94.5), el abogado confirmó el interés y se refirió a la reforma votada en la Legislatura provincial, dejando en claro su posición al respecto.
«Me han llamado la semana pasada porque confían en poder hacer una acción de inconstitucionalidad de estas reformas de una ley que costó mucho esfuerzo sacar, sobre todo con una lucha por parte de gente del Valle de Uco», empezó diciendo Sabsay.
Su experiencia jurídica lo lleva a analizar un poco más allá esta normativa de vital importancia para los mendocinos y él entiende que las modificaciones violan ciertos derechos. «La minería, además de ser productiva, tiene que ser una actividad sustentable, así lo establece la Constitución del país, y esto tiene ver con no afectar a las futuras generaciones», añadió.
El impacto ambiental
Daniel Sabsay no logra comprender cómo son las mismas empresas las que deben presentar un informe ambiental para determinar cuánto afecta o no el lugar donde harán sus explotaciones mineras.
Sobre este punto, el letrado afirmó: «En esta ley no hay un proceso de evaluación ambiental, se habla de que cada empresa debe realizar sus estudios de impacto ambiental, lo cual es un cuento de locos, porque cómo va a controlarse a sí misma la empresa, esto es como poner al zorro a cuidar a las gallinas», indicó.
«La sanción de esta ley fue un fallo importante de la Suprema Corte de Mendoza, una provincia que tiene uno de los primeros códigos de agua del mundo y que gracias a la utilización de este recurso, ha progresado en el país», añadió el constitucionalista.
Los derechos ambientales
El abogado de Buenos Aires explica también que la modificación que sufrió la ley 7.722 no cumple los derechos ambientales que se exigen en nuestro país.
«Hay un punto fundamental en este tema y es que existe la ley nacional 25.675, llamada general del Ambiente, en la que se fijan requisitos básicos para ser respetados por todas las provincias. Esta normativa enuncia los principios esenciales del Derecho ambiental, entre los que está el derecho de progresividad y no regresividad, es decir, si Mendoza logró la ley 7.722, en la que expresa cuáles son las sustancias prohibidas para la explotación metalífera, eso es para siempre», puntualizó Sabsay.
Con todo su análisis previo, el experimentado profesional de las leyes afirma que lo que se votó el viernes en la Legislatura es inconstitucional. «Estas reformas en la ley son claramente inconstitucionales, todos los controles de los que hablan no tienen nada que ver con el contenedor de la ley, los daños hay que prevenirlos y el control debe hacerlo alguien autónomo, no la misma empresa minera», cerró Sabsay.