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Rechazaron la domiciliaria a detenido por el atentado contra Cristina

La Justicia rechazó otorgar el beneficio de la prisión domiciliaria a Nicolás Gabriel Carrizo, uno de los detenidos por el intento de magnicidio contra la Vicepresidenta.

La jueza María Eugenia Capuchetti rechazó nuevamente beneficiar con la prisión domiciliaria a Nicolás Gabriel Carrizo, detenido por el intento de magnicidio de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner.

La magistrada resolvió rechazar el pedido al sostener que existen “riesgos procesales” que impedirían morigerar la detención preventiva.

“Considero que subsisten inalterados los peligros procesales tratados al tiempo de evaluar la posibilidad de que Carrizo afronte el presente proceso penal en libertad. Riesgos que, de momento, no pueden ser neutralizados a través de otros medios menos lesivos para los derechos del imputado”, sostuvo la magistrada en su fallo.

Se trata de un 2º intento realizado por la defensa de Carrizo, presentado el 23 de enero, bajo el pretexto de que el procesamiento de su defendido se encuentra firme pero “su detención con carácter cautelar se tornaba de prolongación incierta”.

Para este nuevo intento, su abogado defensor propuso que sea enviado a la casa de su supuesta pareja con la que habría convivido días antes de ser detenido a mediados de septiembre pasado.

Pero del estudio socio ambiental que le realizaron surgió “la convivencia se encontraría en una etapa incipiente -y- se habría desarrollado solamente algunos días previos a su detención”.

La profesional que realizó la entrevistas para el caso relató también que “la relación dataría de hace poco más de un año, y la habrían mantenido en reserva de sus entornos sociales y familiares, a pesar de asegurar haber tenido contactos con regularidad durante ese periodo”.

Carrizo está procesado con prisión preventiva como partícipe secundario del intento de homicidio.

Al rechazar el nuevo pedido para acceder a la domiciliaria, la Jueza sostuvo que “no se verifica ninguno de los supuestos mencionados en los artículos citados para que se proceda” a ese beneficio.

Además, “no se ha incorporado en esta incidencia elemento probatorio o desarrollado circunstancia procesal alguna que modifique el escenario que motivó la denegatoria del primer planteo efectuado en este mismo incidente”.

“Los reparos procesales que la defensa pueda guardar respecto a la celeridad con la que la investigación avanza actualmente a la siguiente etapa plenaria, pueden ser canalizados a través de los planteos que la parte estime correspondientes, y además deben ser contextualizados en el tramo actual en el que se enmarca el proceso”, respondió la magistrada.

Fuente: Télam

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