La Justicia ordenó al Ministerio de Economía entregar, en un plazo de cinco días, el expediente completo que aprobó el crédito de u$s20.000 millones con el Fondo Monetario Internacional (FMI).
La medida fue dictada por el juez federal de Dolores, Martín Bava, tras un amparo presentado por la Coordinadora de Abogadxs de Interés Público (CAIP) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), según informa C5N.
El caso que motivó la resolución
El 27 de junio de 2025, Francisco Verbic, abogado en causa propia y miembro de la CAIP, junto con Leonel Bazan y Diego Morales del CELS, presentaron una acción de amparo contra el Estado Nacional – Ministerio de Economía, buscando que se declare ilegal la conducta administrativa y se garantice el acceso al expediente completo del DNU 179/2025, que aprueba las operaciones con el FMI.
“El derecho a la información pública se rige por el principio de máxima divulgación, el cual establece la presunción de que toda información es accesible”, sostuvo el juez Bava en su resolución.
Resolución sobre el acceso a la información
El fallo ordena que, en un plazo de cinco días hábiles, el Ministerio de Economía, junto con la Agencia de Acceso a la Información Pública, entregue la totalidad del expediente administrativo EX-2025-24205368-APN-DGDA#MEC, incluyendo archivos embebidos, anexos y cualquier documentación conexa al DNU 179/2025.
El juez destacó que la Ley 27.275, de acceso a la información pública, prevalece sobre la normativa general de procedimientos administrativos, garantizando así que la sociedad pueda ejercer control democrático sobre las decisiones estatales, especialmente cuando involucran políticas económicas de alto impacto.
La posición de la Corte Suprema
El fallo incorpora criterios de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), que establece que “se trata de información de carácter público, que no pertenece al Estado, sino que es del pueblo de la Nación Argentina y, en consecuencia, la sola condición de integrante de la comunidad resulta suficiente para justificar la solicitud”.
De esta manera, el juzgado reafirma que no es necesario acreditar un interés especial ni enfrentar trabas burocráticas para acceder a la información generada por el Estado, considerándolo un derecho fundamental protegido por la legislación argentina.