Desde este mes, la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) refuerza su supervisión sobre las operaciones digitales y bancarias.
Bancos y billeteras virtuales deberán reportar los movimientos que superen los montos establecidos. Con el auge de las transferencias electrónicas, surgen nuevas dudas entre los usuarios sobre qué transacciones pueden ser observadas.
Qué transacciones controla ARCA a partir de octubre de 2025
Según C5N, las entidades financieras y plataformas digitales deben informar a ARCA toda transferencia que exceda los límites definidos por el organismo. Si el origen de los fondos está debidamente documentado —como la venta de un vehículo, una propiedad o un trabajo facturado—, el proceso es sencillo y no debería generar complicaciones.
Sin embargo, los bancos pueden activar retenciones preventivas cuando una operación resulta inusual respecto al perfil del cliente. En esos casos, se solicitará la documentación correspondiente para liberar los fondos, como boletos de compraventa o facturas que respalden la transacción.
Qué monto se puede transferir sin problemas
En octubre de 2025, no existe un monto fijo único para todos los usuarios. ARCA define umbrales de control variables según el perfil fiscal de cada contribuyente. La clave no es el número exacto, sino la trazabilidad del dinero.
Si el origen es legítimo y comprobable, incluso las transferencias que superen los límites de reporte interno no deberían representar un conflicto. Por el contrario, mover sumas importantes sin respaldo puede derivar en una retención temporal o en un requerimiento formal del organismo.
Para evitar inconvenientes, los especialistas recomiendan conservar comprobantes de toda operación significativa, como contratos, recibos o facturas.
Qué documentación solicita ARCA ante una revisión
Cuando el monto transferido supera el umbral de control, ARCA puede iniciar un proceso de fiscalización. El objetivo es confirmar que la operación sea coherente con los ingresos declarados y verificar la legalidad del dinero.
El organismo solicitará documentación que justifique el origen de los fondos, entre ellos:
- Boletos de compraventa de inmuebles o automóviles.
- Facturas electrónicas o contratos por prestación de servicios.
- Recibos de sueldo, herencias o indemnizaciones certificadas.
Presentar la documentación a tiempo permite cerrar el requerimiento sin sanciones. De lo contrario, la falta de respaldo puede derivar en inspecciones, multas o intimaciones al pago de impuestos.
El incremento de controles busca reforzar la transparencia en el sistema financiero y desalentar operaciones no declaradas. Para los usuarios, la mejor herramienta sigue siendo la documentación: cada movimiento debe poder justificarse. Así, evitarán demoras, bloqueos y posibles sanciones de ARCA.




