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Concluyeron en que a su paso por la función pública entre los años 2016 y 2019, Carlos Barbato se enriqueció de manera ilegal, adquiriendo propiedades y vehículos de alta gama.

La Cámara de Apelaciones de Trelew confirmó la sentencia a la que arribó el Tribunal del juicio oral y público que se siguió contra el ex funcionario público del Chubut Carlos Barbato y su esposa Erica Perrone que fueron condenados a tres años y dos años de prisión condicional respectivamente, el primero por el delito de enriquecimiento ilícito como funcionario público y la segunda porese delito aunque en carácter de interpósita persona.

El Tribunal de Juicio y luego los tres camaristas, concluyeron en que a su paso por la función pública entre los años 2016 y 2019, Carlos Barbato se enriqueció de manera ilegal, adquiriendo una casa en Playa Unión de más de 200 metros cuadrados, con detalles de categoría, más varios vehículos de alta gama, cuatriciclos y un UTV, bienes que no pudo justificar y no guardaron relación con sus ingresos, su esposa Erica Perrone era consciente y sabia de ello al administrarle los bienes que iban adquiriendo. La Sentencia de Cámara ordenó el decomiso de todos los bienes.

El abogado defensor de ambos, el penalista Fabián Gabalachis había cuestionado ese veredicto  ante la Cámara de Apelaciones de Trelew, sobre la base de una pericia contable que realizó un contador del Equipo Técnico Multidisciplinario de la Procuración General.

El tribunal de juicio estuvo integrado por las juezas Karina Breckle, María Tolomei y el juez José Ennis. Los otros tres camaristas que esta semana confirmaron esa resolución fueron Alejandro De Franco, Adrián Barrios y César Zaratiegui.

Barbato y su esposa fueron investigados por la Unidad Fiscal Especializada en Delitos contra la Administración Pública, por el delito de enriquecimiento ilícito en carácter de autor y por ser funcionario público para Barbato, y el mismo delito como «interpósita persona» para Perrone. El matrimonio, ahora, deberá hacerse cargo, además de las costas del proceso, los honorarios de los abogados defensores. También inhabilitados de manera perpetua para ejercer cargos públicos y deberán hacer un curso de 20 horas sobre ética pública.

La investigación estuvo a cargo de los fiscales Omar Rodriguez y Alex Williams, además del equipo de trabajo de la Unidad Fiscal Especializada en Delitos contra la Administración Pública del Ministerio Público, Fiscal del Chubut y contadores del Equipo Técnico Multidisciplinario dependiente de la Procuración General del Chubut.

Cabe recordar que Barbato fue funcionario público en el Chubut desde el año 2003, cumpliendo una gran variedad de funciones en importantes cargos en la administración pública del Chubut. Fue Gerente de Lotería, ocupó cargo en la Coordinación de Gabinete y fue asesor en la Legislatura. Desde 2015 estuvo en el IAS hasta 2019, año en que renunció. Además, cumplió funciones en el Banco del Chubut.

El fiscal federal Franco Picardi imputó al expresidente Mauricio Macri como supuesto responsable del armado de un «plan sistemático» de espionaje ilegal durante su gobierno que habría tenido entre las víctimas a personas en las que tenía interés personal como su principal opositora, la entonces senadora Cristina Fernández de Kirchner, y su hermana Florencia Macri.

Lo hizo al requerir elevación a juicio oral y público del caso en el que se investiga el supuesto espionaje ilegal desplegado en 2018 sobre el domicilio de la actual vicepresidenta y el Instituto Patria, por el que están procesados Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, exjefes de Agencia Federal de Inteligencia (AFI) durante el gobierno de Cambiemos.

El fiscal le presentó un dictamen de más de 200 páginas al juez federal Marcelo Martínez de Giorgi en el que sostuvo que a su criterio está concluida la investigación sobre la participación de Arribas, Majdalani y otras dos personas de la AFI en los hechos investigados, por lo que postuló su elevación a juicio y a la vez pidió avanzar con la investigación de la posible responsabilidad de Macri, entre otros.

«Las maniobras reveladas en este caso no han sido excepcionales ni aisladas; antes bien, integran un conjunto de muchas otras causas criminales -varias de las cuales se encuentran radicadas ante el Juzgado a su cargo por razones de conexidad- cuyos objetos se ciñen a la investigación de acciones de inteligencia desplegadas por agentes de la AFI entre 2016 y 2019», sostuvo el fiscal en su escrito.

Picardi agregó que existe una sospecha de que las máximas autoridades de la AFI intervinieron en ambos casos en la planificación, en la coordinación y en la ejecución de tareas de espionaje. Según agregó, todas tareas prohibidas por ley 25.520.

«Dichas circunstancias imponen profundizar las investigaciones desarrolladas hasta aquí en la dirección apuntada, mediante el análisis global y apropiado de las múltiples intervenciones judiciales existentes por hechos de las mismas características, reconducibles a la misma gestión de la AFI», sostuvo el fiscal antes de reclamar que se extrajeran testimonios para evaluar la posible participación de otras personas.

En una presentación aparte, en la que se refirió específicamente a esta pretendida «extracción de testimonios», el fiscal aseguró que en razón de la multiplicidad de causas abiertas por casos de supuesto espionaje ilegal durante la gestión de Cambiemos «se impone indagar sobre el rol que le cupo en el mentado esquema organizado a quien era el superior inmediato de los procesados Arribas y Majdalani, el entonces Presidente de la Nación ingeniero Mauricio Macri».

También requirió indagar sobre el rol de las «personas que detentaban responsabilidades públicas y que actuaban al directo servicio del nombrado y podrían haber fungido como vínculo o enlace para la transmisión de órdenes y de informaciones ligadas a actividades de inteligencia ilegal». En ese contexto, señaló casos de supuesto espionaje en los que el expresidente podría tener personal interés como aquellos que tuvieron por víctima a su entonces principal opositora, la senadora Fernández de Kirchner; o los que tuvieron como espiados a su hermana Florencia Macri y su pareja Salvatore Pice o al periodista del diario La Nación Hugo Alconada Mon.

 

El padre de José Crettón, Sergio, dialogó este martes con Radio 3 y lamentó que Fiscalía tiene cada vez más pruebas que indicarían que su hijo, que desapareció hace casi tres meses, fue asesinado.

Cabe recordar que José, de 18 años y oriundo de Esquel, fue visto por visto por última vez el 11 de agosto en El Maitén, donde vivía con su pareja de 38 años. Por el caso hay dos imputados, y uno de ellos resulta ser el ex de la actual pareja del joven.

Tras participar de una nueva audiencia, Crettón padre se comunicó con Radio 3 y expresó: «estoy firme con la lucha, aunque un poco triste porqué para la Fiscalía es cada vez más contundente de que estamos frente a un homicidio».

«Seguiremos luchando y viendo como sigue la investigación. Pero desde la Fiscalía están creídos de que mi hijo estaría sin vida», remarcó.

Por otro lado, el hombre dio a conocer detalles de la investigación. «Por los audios que pudieron reproducir del celular que le secuestraron al imputado Peinepil, ya hay certezas» de que a José lo habrían asesinado.

Dijo además que «en el caso hay un tercer sospechoso, pero aún no se lo ha podido identificar».

Para finalizar, Sergio anticipó que el 24 de noviembre se realizará la nueva audiencia de control de detención de Napal (el ex de la pareja de José) y el 2, del mismo mes, la de Peinepil.

El Juez Martín O´Connor resolvió este lunes que hay elementos suficientes para dictar la prisión preventiva para el segundo imputado por el presunto asesinato.

El Juez Martín O’Connor resolvió este lunes el dictado de la prisión preventiva del segundo imputado por el homicidio de José Cretton. El magistrado entendió que su libertad podía entorpecer el normal desarrollo de la investigación.

De todas maneras se volverá a discutir la necesidad de la medida, para ambos imputados, el lunes próximo a las 12 hs.

Vale destacar que la fiscal Ruth Monge informó a EQSnotas.com que al momento de realizar la apertura de investigación contra Napal, quien está detenido y aparece como el presunto autor del hecho, la Fiscalía había descripto a una persona que buscaban identificar.

«Teníamos las características físicas y que había colaborado en el accionar que pudimos determinar hasta ahora de Napal, y con el transcurso de los días dimos con la identidad. Se le allanó el domicilio y se solicitó la detención», detalló.

En esa línea también destacó que están buscando a un tercer individuo que entienden está asociado a la causa.

Se trata de Matías Ezequiel Schierloh, uno de los dirigentes acusados por roturas e incendios ocurridos en septiembre del 2019.

La jueza penal María Tolomei resolvió conceder a Matías Ezequiel Schierloh la suspensión del juicio a prueba por el plazo de tres años en el marco de una causa que investiga una serie de hechos de roturas e incendio en Legislatura y Casa de Gobierno durante el mes de septiembre de 2019.

La resolución de la magistrada fue a partir del pedido efectuado por el Dr. Miguel Ángel Moyano, defensor público que representa a Schierloh, quien sostuvo que a su criterio la imputación formulada tendría una pena de ejecución condicional y el imputado carece de antecedentes condenatorios anteriores.

En su resolución la jueza Tolomei hizo lugar a la reparación de daños ofrecidas por el acusado, consistente en la suma de $ 60.000 (pesos sesenta mil), en 6 cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $ 10.000 (pesos diez mil) cada una, con destino a la Cooperadora del Hospital Zonal de Trelew; junto con la donación de 12 packs de leche, con destino al Hogar Comedor comunitario “Todo Vuelve” del Barrio Gregorio Mallo de la ciudad de Rawson.

También le fijó 120 hs. cátedras gratuitas, en la asignatura de Ciencias Sociales, como apoyo escolar para todos los alumnos que lo soliciten, a ser realizadas en la Biblioteca Asencio Abejón de la localidad de Playa Unión, y realizar 100 horas de trabajo no remunerado en favor de la biblioteca de la Legislatura Provincial.

A todos esos requisitos se sumaron las reglas de conducta habituales que deberá cumplir, como fijar residencia ante la Oficina Judicial de Rawson y presentarse cada seis meses en esa dependencia, además de abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas.

En el marco del juicio oral y público de la denominada Causa Revelación, en la jornada de hoy hizo uso del derecho a declarar el imputado Diego Lüters, una de las 8 personas vinculadas a la investigación por presuntas maniobras de corrupción, por las cuales se encuentran acusados exfuncionarios del gobierno provincial y empresarios de la construcción.

En su extensa declaración reconoció ser el autor de las planillas Excel ampliamente difundidas, pero negó rotundamente ser miembro de una asociación ilícita. En tal sentido, Lüters describió de manera detallada como fue su llegada a Chubut, los distintos lugares en los que se desempeñó laboralmente hasta su llegada al Banco del Chubut y el comienzo por aquel entonces de su relación con Diego Correa y la posterior incorporación a la secretaría privada del gobernador Mario Das Neves, cuando comenzaba el último mandato en diciembre de 2015.

El acusado detalló al tribunal de qué manera se conformaba su equipo de trabajo y afirmó que por aquel entonces solo realizaba tareas administrativas, para luego relatar como la relación con Correa lo fue acercando a las actividades que describió, alejándolo de lo netamente administrativo.

Según sus palabras, fue el propio Correa quien le pidió que pusiera atención a otro tipo de cosas, delegando en sus compañeros la tarea administrativa diaria y le solicitó que transcriba una planilla poco clara que estaba hecha a mano, pasándola a un archivo Excel y que él por su experiencia bancaria, manejaba dicho programa con bastante facilidad. Indicó que con el tiempo le solicitaba que hiciera agregados a esa lista y pasado un tiempo se dio cuenta que esta actividad comenzó con posterioridad a la renuncia como Ministro Coordinador del Contador Víctor Cisterna, otro de los imputados en la causa, al igual que Correa y el propio Lüters.

También brindó al tribunal detalles sobre encuentros realizados fuera del ámbito laboral y en las que participaron empresarios del ámbito de la construcción de Trelew, en las cuales se habría informado como se redirigía la operatoria investigada a partir de la salida de Cisterna y detalló el inicio de la confección de las planillas que fueron conocidas públicamente tras los allanamientos realizados por la fiscalía en el marco de la presente investigación.

El ex diputado nacional por Salta, Juan Ameri, fue imputado este jueves 15 de octubre por el fiscal federal Eduardo Taiano por el delito de exhibiciones obscenas durante la sesión virtual realizada el pasado 24 de septiembre, donde el salteño tuvo un escandaloso episodio en la sesión virtual de aquel día.

El episodio fue conocido como «tetagate» y el fiscal pidió como medida de prueba a la Cámara de Diputados que envíe al juzgado la grabación de la sesión, y también que remita una copia de lo actuado por la Comisión Especial de Diputados que se conformó esa misma noche para investigar la conducta de Ameri, quien prefirió renunciar a su banca.

Una audiencia a través del sistema de videoconferencia tuvo lugar en la tarde de hoy donde se revisó la situación de un imputado por abuso sexual que resulta ser un sacerdote que se encuentra detenido desde el mes de diciembre de 2019. Participaron los Jueces Fabio Monti e Ivana González, en representación del Ministerio Público Fiscal la funcionaria de fiscalía Mariela Wild y ejerciendo la defensa Martín Castro y Rodrigo Miquelarena.

La fiscalía refirió a los elementos colectados a propósito de cinco hechos ocurridos en fecha que no puede ser precisada con exactitud pero que data aproximadamente de fecha posterior al mes de mayo de los años 2011 o 2012, época en que la víctima tenía 14 o 15 años. Enfatizó sobre los riesgos procesales para solicitar la continuidad de la prisión preventiva hasta que en audiencia preliminar se decida la posible elevación a juicio oral.

Los magistrados tuvieron en cuenta los argumentos fiscales para determinar la prisión preventiva para el sacerdote hasta la audiencia preliminar. La calificación imputada es la de abuso sexual simple agravado por la calidad de autor por ser ministro de un culto reconocido previsto en el artículo 119, 1er párrafo, 2do. supuesto, 5to. párrafo en relación al 4to. inciso b, todo en carácter de autor, artículo 45 del mismo código, un hecho y abuso sexual doblemente agravado aprovechando que la víctima no pudo consentir libremente la acción por la calidad de autor en atención a ser ministro de un culto reconocido y por ser cometido mediante acceso carnal, previsto en el artículo 119, 3er párrafo en relación al 4to. párrafo inciso B todo en carácter de autor, cuatro hechos.

Además todos los hechos concursan realmente entre si de acuerdo al artículo 55 del código penal e idealmente, artículo 54 del código, con la figura de promoción de menores de 18 años agravada por mediar engaño, violencia, amenaza y abuso de autoridad, ya que dichos actos de características prematuras y perversas, aptas para desviar el normal desarrollo de la sexualidad del joven en formación.

La cámara Penal de la ciudad de Trelew resolvió rechazar la impugnación ordinaria presentada por el defensor particular del imputado y confirmar en todas sus partes la sentencia Nro. 1015/2019 de primera instancia.

El Tribunal integrado por los camaristas Alejandro Gustavo Defranco, Roberto Adrián Barrios y Martín Montenovo, con la presidencia del nombrado en primer término, confirmaron por unanimidad la sentencia de primera instancia por la cual se condenó a J.M.R. a la pena de nueve años de prisión de efectivo cumplimiento, accesorias legales y costas. Fue luego de hallarlo autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante en razón de su duración, agravado por el vínculo y por haber sido cometido contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia preexistente.

De esa manera, la Cámara Penal confirmó la condena que ya había sido dictada anteriormente en primera instancia por unanimidad por el Tribunal colegiado integrado por los Dres. César Marcelo Zaratiegui, Gustavo Castro y María Tolomei. Por lo tanto, seis jueces coincidieron en su resolución.

La audiencia de impugnación se realizó en sede de tribunales de la ciudad de Trelew. Estuvieron presentes el condenado junto a su defensor de confianza, Dr. Romano Cominetti. En representación del Ministerio Público Fiscal de la ciudad de Rawson intervino el Fiscal General Osvaldo Heiber, y por la Asesoría de Menores participaron del acto mediante sistema de teleconferencia las Dras. Alexia López y Liliana Ríos. Todos ellos ya habían intervenido en el juicio que se desarrolló en el mes de octubre de 2019 en los Tribunales de Rawson.

En un pasaje de la audiencia de impugnación, el fiscal Osvaldo Heiber fue categórico al subrayar el espacio temporal durante el que se produjo el abuso a la víctima, aproximadamente la mitad de su tiempo de vida hasta el momento de la denuncia.

Heiber destacó, “la unanimidad que exhibió la sentencia en crisis, como la perspectiva de género y de los derechos del niño con la que se abordó el análisis de la prueba producida en juicio”.

Asimismo, tuvo en cuenta a los fines de determinar la pretensión punitiva, que los sucesos tuvieron lugar en el domicilio en el que habitaban el acusado y su hija, el vínculo de padre-hija entre víctima y victimario, que los hechos se produjeron mediante aprovechamiento de la edad de la menor y en los momentos en que se encontraba sola, sometiéndola a prácticas abusivas, y que los abusos comenzaron cuando la niña tenía 9 años y se reiteraron por un período de 6 años, es decir hasta los 15 años de la menor. Por su parte, el Servicio de Asistencia a la Víctima de Rawson también intervino realizando un informe sobre el caso y la asistencia a la víctima.

Los hechos

El caso dio cuenta que desde el año 2011 hasta mayo de 2017 en días y meses que no se pueden precisar, en el domicilio del imputado, en la localidad de Playa Unión, luego de constatar éste que su mujer y sus dos hijos varones menores se encontraban durmiendo en sus respectivas habitaciones, aprovechándose de la circunstancia de que su hija se encontraba sola en su dormitorio, abusaba sexualmente de ésta cuando ingresaba todas las noches a las 02.00 horas de la madrugada aproximadamente a la habitación de la niña desde que ésta tenía 9 años, hasta mayo de 2017 que tenía 15 años. En tales circunstancias el imputado se introducía en la cama de la niña y le tocaba con sus manos las partes íntimas.

Los hechos tuvieron dos etapas de develamiento: la primera cuando la víctima le contó a su mejor amiga lo sucedido, y el segundo y definitivo develamiento se produce cuando finalmente la niña se atreve a contarlo a las autoridades de la escuela a la que concurría, quienes radicaron la denuncia que dio lugar a la investigación llevada a cabo por la Fiscalía de Rawson, con el posterior juicio y condena al abusador.

En las primeras horas de la noche de hoy se desarrolló mediante sistema de videoconferencia una audiencia de control donde se dispuso el arresto domiciliario de Carlos Alberto Fossa a quien se imputa por el homicidio de Nicolás Arias en un hecho ocurrido el 1ro. de mayo en la ciudad de Trelew. Por el Ministerio Público Fiscal participó la fiscal general Carolina Marín, la defensa fue ejercida por Sergio Rey y el Marcelo Nieto Di Biasse tuvo a su cargo la audiencia respectiva.

La doctora Marín relató el hecho ocurrido el día mencionado cerca de las 8:10 cuando personal policial interviene en un domicilio ubicado en un departamento de Pecoraro norte al 500, propiedad del imputado, donde se encontraban Fossa junto a otras dos personas. Luego de ingerir bebidas alcohólicas se desata una gresca, la víctima Arias le propinó golpes de puño a Fossa y le clava una tijera en su pierna siendo en ese instante cuando el agredido sabiendo lo que hacía lesiona con un arma blanca a Arias a la altura del cuello. El tercer individuo presente logra separarlos y se retira de la vivienda en compañía de la víctima que posteriormente es hallado tendido en el suelo a unos 300 metros del sitio. Es trasladado en ambulancia al hospital zonal de Trelew donde pierde la vida luego de ser intervenido quirúrgicamente a consecuencia de la herida recibida.

El Juez tuvo en cuenta el estado larval de las actuaciones por las que existen dos hipótesis que dan lugar al homicidio simple pero también la posibilidad que haya ocurrido un homicidio con exceso en la legítima defensa. Esta segunda hipótesis se sostiene por las heridas de Fossa verificadas por el cuerpo médico forense que constan en su cuerpo y en su rostro, además de la herida punzo cortante en la pierna producto de la posible agresión con una tijera. También cobran valor los dichos del único testigo presente, por lo que se hizo lugar a la solicitud de arresto domiciliario con tobillera electrónica. Al no haber en estos momentos tobillera disponible el magistrado dispuso la misma medida con rondines policiales sorpresivos.

Por otro lado el Juez consideró también para adoptar su resolución que Fossa no tiene antecedente penal condenatorio y las causas en trámite que tramitan son de escasa lesividad habiendo sobreseído en todas ellas.