Por Rolando Tobarez / Twitter: @rtobarez
El fallo por la desaparición del joven en 2003 consideró probado que hubo un grupo policial dedicado a “tirar la basura al cerro”, en referencia a los carenciados que sufrían el abuso de poder. Una descripción atroz de esas prácticas estatales.
La desaparición de Iván Torres no fue casual. El presidente del Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia, Enrique Guanziroli, advirtió que un grupo de policías de la Comisaría 1ª de esa ciudad ejecutó un “plan de hostigamiento y castigos” en los barrios, para limpiar de las calles a un grupo de jóvenes marginales. Este escenario desatado permitió que la madrugada del 3 de octubre de 2003, Torres fuera visto con vida por última vez, producto de lo que el juez calificó de “trama despiadada”.
Por el caso, Fabián Alcides Tilleríarecibió 15 años de prisión y Marcelo Miguel Alberto Chemín, 12 años. El primero era el jefe de la Seccional. Chemín era oficial. Otros 12 uniformados fueron absueltos.
El voto de Guanziroli es el más detallado de la sentencia. Varios testigos de la época describieron un hostigamiento permanente a Torres, con detenciones, golpes y hasta un simulacro de fusilamiento en un paraje.
Los testigos hablaron en el juicio sin conocerse entre sí, con diferentes orígenes, edades, formación e intereses. “Sólo tenían en común haber sido atrapados en alguna intervención policial y conducidos a la Comisaría 1ª”, dijo el juez.
En cambio, la versión policial que se escuchó en las audiencias “es tan uniforme como la vestimenta y teñida de un afán corporativo, defensista a ultranza que no vacila en convalidar procedimientos y personas de un accionar mafioso. Porque mafioso es comportarse como dueños del centro de la ciudad, pretendiendo erradicar de este ámbito a estos jóvenes carenciados, que eran ciertos estereotipos urbanos, algunos sin domicilio en el radio, ´tirando la basura al cerro´”.
Un sector de la Policía comodorense no prevenía delitos. “Estaba para molestar u hostigar a pasivos y determinados ciudadanos, jóvenes, domicilio extraradio, laboralmente inestables, con adicciones, sencilla vestimenta y comportamientos grupales algo desarreglados, aunque no estuvieran transgrediendo la ley”.
Desde la Comisaría Primera se ensayó “una reiterada persecución de jóvenes varones, en situación de calle, restringiéndoles su libertad en cuanto fuera posible con alguna excusa más o menos verosímil en un plan concertado para erradicar ciertos estereotipos de la zona”. Hubo varios episodios en setiembre de 2003, antes de la noche de la desaparición. Este grupo operó “con el habitual uso de insignias distintivas, sede, armas, uniformes y móviles de que algunos se dotaron para sus fechorías”.
La displicencia de los oficiales y las desprolijidades administrativas en la Primera se reflejaron en el libro de partes, que disimuló “el plan preconcebido sobre los jóvenes marginales, ocultando sus secuelas”.
“Este proceder irregular dejó en un limbo a Torres, sin acusar su registro, fue el eslabón de un plan criminal, de un encadenamiento deliberado de comportamientos ilegales dirigido de igual manera y con los medios semejantes hacia idéntica víctima”.
Es lógico que no haya testigos de la detención de Torres: “Sería muy ingenuo esperar contar con tamaña prueba ya que los protagonistas no eran inexpertos en materia de cautivar”. Aún formados en democracia, los policías “no estuvieron impedidos de conocer los aberrantes y brutales métodos criminales usados en el pasado reciente del país y era más que obvio que no correrían algún riesgo de ser individualizados”.
El grupo policial practicó “un plan rudimentario oculto, con hostilidad selectiva (…) Hubo decisiones simples policiales, adoptadas en pos de Torres, verdaderos actos de persecución planificada, pues no obstante ser suficientemente conocido, le sucedieron con el mismo método varias veces al mes”.
Para Guanziroli, hubo un evidente abuso de poder oficial, “cometido coordinadamente por policías según un plan toscamente preconcebido y metodología similar: inicio con excusa legal, nocturnidad, amedrentamiento con uniformes, armas y móviles oficiales, en sitios de difícil observación a otros, nunca en la plaza pública de reunión habitual, amenaza o restricción de libertad,”.
Esta forma de proceder “no fue la conducta ocasional de algún infiel funcionario estatal sino un colectivo dotado de la fuerza del Estado, que logró ocultar cualquier atisbo de su modo de ejecución y sus directos responsables”.
Los ejecutores del caso Torres “prolijamente desvanecieron cualquier rastro”. Para el presidente del TOF, hubo un acuerdo de un sector de policías comodorenses para hostigar sólo a “cierto estereotipo de ciudadanos”.
“Fue una conducta arraigada, clandestina y sostenida, mostrando desapego a las reglas de una correcta y segura prestación del servicio, que no fue excepcional y su relevancia creció pues no hubo advertencias ni sanciones”.
La desaparición de Torres “no fue producto de la errática y solitaria decisión individual de algún ejecutor, sino un plan local y focalizado represivo, convenido y usando la estructura disponible que suponía operaciones policiales previas, con uniformados, armados y móviles oficiales”.
El otro juez, Pedro de Diego apuntó que esta conducta policial “se origina en una deficiente formación profesional para mantener ´limpio´ el centro de la ciudad, que llevó al hostigamiento de jóvenes que vagaban por la zona con marginalidad, necesidades básicas insatisfechas y escaso o ningún futuro”.
“Esto revela la falta de contención social preventiva, exigible a los órganos del Estado. La cantidad de fallecidos por violencia o intoxicaciones en la causa, así lo indica”. Para este voto, “estos hechos integraban una mecánica de hostigamiento tendiente a lograr que un ´indeseable´ no vagara por el centro de la ciudad”, advirtió.
La investigación que debió hacerse en las primeras horas de la desaparición no se hizo. “La denuncia fue tomada con 12 días de retraso, tiempo suficiente para borrar cualquier evidencia”. Para peor, quienes investigaron eran los acusados. “No es casual que el incremento en el hostigamiento se produjeran en forma coetánea al ascenso otorgado a Tillería en agosto de 2003”.
De Diego describió a Torres como “un muchacho vulnerable casi afuera de la estructura social”. Su detención mientras deambulaba por la noche “obedeció a un ´capricho´ funcional producto del hostigamiento al que eran sometidos estos sujetos vulnerables del entramado social, y en particular él”.
En el juicio se verificó “un derrotero de irregularidades evidenciados en libros alterados, en la inexplicable delegación de la investigación en los mismos sujetos investigados”. Esto conformó “una deficiente y escueta investigación borrándose, excluyéndose y privándonos de prueba fundamental (…) Más claro: luego de doce días y con la investigación en manos de los investigados, este es el fruto de tal accionar”. De Diego consideró que para que Torres fuera maltratado en la Comisaría “está claro que el estamento policial se encontraba amparado por el Estado”.#