En tiempos en que se discute la intención del Gobierno nacional y de la provincia de Río Negro la instalación de una planta nuclear cobra nuevamente vigencia la ordenanza que se encuentra en vigencia desde el año 1991, que declara a Puerto Madryn municipio No Nuclear.
Eran tiempos en que el gobierno nacional intentaba instalar un repositorio o basurero nuclear en Gastre, lo que trajo aparejadas fuertes movilizaciones en la ciudad y la zona. Los vecinos formaron una ballena humana en la costa y posteriormente se movilizaron a Gastre, epicentro de la polémica, que tras estas movilizaciones naufragó.
ANTONIO LAZARO PRESIDENTE DEL CUERPO
Antonio Lázaro era el presidente del cuerpo y César Arias el Secretario Legislativo, cuyas firmas permanecen al pie de la ordenanza.
La norma, 1223/91 sancionada en tiempos en que el gobierno nacional intentaba instalar un basurero nuclear en Gastre, fue una iniciativa que surgió no solo por esta intención, que lesionaba los intereses de la provincia sino por que de alguna manera debían llegar los residuos nucleares a la provincia y teniendo en cuenta que la ciudad tiene dos puertos, se buscó bloquear la posibilidad de acceso a la ciudad por esta vía o por cualquier otra la llegada de cualquier tipo de elemento o producto radiactivo en el ejido urbano de la ciudad.
PROHIBICION NUCLEAR
El artículo primero dice: “Queda prohibida la instalación de plantas nucleares para la producción de energía eléctrica y/o fines similares en el ejido urbano de la ciudad de Puerto Madryn” y en el artículo segundo, la norma indica que “queda prohibido el tránsito de material/es radiactivo/s y/o el depósito de materiales y/o desechos radiactivos (definiendo a estos cualquier residuo nuclear) en el ámbito del ejido urbano de la ciudad de Puerto Madryn”.
CULTURA SOCIAL
Esta normativa es la clara muestra de la cultura que reina en Puerto Madryn desde hace décadas y que se plasmó en una ordenanza justamente para que la ciudad se vea libre de este tipo de intenciones de cualquier gobierno, cerrándole las puertas a lo nuclear en la ciudad.
El artículo tercero, hace mención a la prohibición de “irradiación de alimentos y/o líquidos en el ámbito de este ejido y el ingreso de los mismos a la ciudad”.
COBRA VIGENCIA
Si bien esta ordenanza había caído en el olvido casi, se reflota en estos tiempos, y contempla incluso, como legislación de avanzada, el uso medicinal de elementos radiactivos, por lo que dice que “se autorizará el uso de sustancias radiactivas con fines netamente medicinales y/o de investigación, según la lista actualizada de elementos que este Concejo Deliberante y/o la autoridad de aplicación suministre”, y en el mismo artículo define la forma de elaborar este listado.
UN LISTADO
La norma además ordena la elaboración de un listado, que habrá que ver si se hizo y si está actualizado y a la vez toma en cuenta que hay elementos de medición que podrían utilizar algún tipo de sustancia radiactiva, por lo que en el artículo sexto contempla esta posibilidad y ordena que quienes lo tengan deberán notificar a la autoridad competente.
CARTELES EN ACCESOS
También ordena la norma que se instalen carteles en los accesos a la ciudad que informen a quienes ingresen a Puerto Madryn, que está ingresando a un municipio no nuclear, 26 años antes, los ediles de esa época resultaron unos visionarios.
El Chubut