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Home»Patagonia»Chubut»STJ critico a dos abogados y un juez confirmó el dictamen fiscal
STJ critico a dos abogados y un juez confirmó el dictamen fiscal

STJ critico a dos abogados y un juez confirmó el dictamen fiscal

26 julio, 2025
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Carlos Richeri decidió no reabrir la denuncia contra los ministros del Superior Tribunal y realizó un fuerte llamado de atención a Pérez Galimberti y Heredia, que habían pedido la nulidad de la decisión fiscal: “La irresponsabilidad argumental que exhibieron resulta inadmisible para letrados de su experiencia y trayectoria”.

El juez de Esquel Carlos Richeri decidió no reabrir la denuncia de la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales contra los ministros del Superior Tribunal de Justicia y rechazó el planteo de nulidad formulado por los abogados Alfredo Pérez Galimberti y José Heredia.

¿De que trato el dictamen fiscal?

De acuerdo con JORNADA. Así se confirma el dictamen de los fiscales Lucas Kolsch e Ivana Berazategui, que no habían encontrado delito en la conducta de los cinco ministros y desestimaron la presentación.

En su resolución, Richeri hizo un “severo llamado de atención” a Galimberti y Heredia “por la conducta procesal desplegada en sus escritos, reñida con los deberes de buena fe y lealtad procesal”.

El caso llegó a Richeri luego del apartamiento de las juezas de Rawson Karina Breckle, María Laura Martini y Eve Ponce.

La Asociación había hecho varias peticiones: ser aceptados como querellantes; apartar al procurador general Jorge Miquelarena de la causa; anular lo actuado por la Fiscalía y permitir a la Asociación seguir la acusación de forma independiente. Para Galimberti y Heredia, la decisión de cerrar el caso había sido irregular.

Pero según Richeri, los abogados de la Asociación cometen un “error conceptual profundo sobre el funcionamiento de nuestro sistema de justicia” al cuestionar el rol de Miquelarena. Es que estaba facultado para designar un equipo de fiscales. “Es exactamente lo que su rol le exige: poner en marcha la maquinaria institucional para que una denuncia sea atendida. Al hacerlo, no dirigió la investigación sino que delegó esa responsabilidad”.

La confusión más importante, según el juez cordillerano, fue pedirle «imparcialidad» a la Fiscalía que, por definición, no puede serlo. “Un juez es el único que debe ser imparcial”, explicó.

“Pretender anular los actos del procurador por una supuesta falta de imparcialidad es no comprender la dinámica básica de un juicio moderno (…) Aceptar el argumento de los abogados llevaría a una parálisis absurda: cualquier denuncia que rozara un interés institucional o administrativo del Procurador impediría que este cumpliera su función básica de organizar el trabajo”.

En cuanto a los cuestionamientos sobre la idoneidad y objetividad de los fiscales designados, Richeri advirtió que “se basan en apreciaciones subjetivas, estándares inexistentes y una llamativa liviandad al cuestionar la validez de los actos de otros poderes del Estado”.

“Es inadmisible la ligereza con que se ataca el proceso de selección de los fiscales (…) Cuestionar la idoneidad de quienes superaron ese riguroso filtro de forma tan infundada y poco seria es una irresponsabilidad”.

“Se descalifica a los fiscales por una supuesta falta de experiencia -dice el escrito-. Este argumento es insostenible. Ambos funcionarios demostraron tener la experiencia y la capacidad suficientes para superar un concurso público y acceder al cargo. Los recurrentes no explican por qué consideran que esa experiencia es insuficiente ni cuál es el estándar superior que ellos inventan para descalificar a un funcionario público. Pareciera que pretenden crear, sin fundamento alguno, una distinción entre fiscales de «primera» y de «segunda» categoría”.

Según Richeri, los cuestionamientos de los dos abogados de la Asociación “no constituyen un argumento válido para la nulidad sino un intento infundado de deslegitimar no solo a los fiscales intervinientes, sino a las instituciones encargadas de su selección y designación”.

Galimberti y Heredia sostuvieron que la investigación no fue genuina y la calificaron como un acto simulado. “Es una acusación de extrema gravedad sobre el actuar de los fiscales, cuyo único fundamento visible en el escrito fue la velocidad con la que se emitió la desestimación, a la que calificaron de apresurada. Este razonamiento es insostenible (…) Los letrados interpretaron la rapidez como un indicio de falta de seriedad, pero omitieron considerar la interpretación contraria y más acorde a derecho: que los fiscales actuaron con la debida diligencia y compromiso que una denuncia de esta magnitud requería, incluso durante la feria judicial.

Si había una sospecha tan grave sobre la objetividad del procurador y de los funcionarios “pudieron haberla planteado desde el primer momento. Sin embargo, esperaron a conocer la opinión del equipo fiscal y, solo cuando esta fue contraria a sus intereses, atacaron la validez del proceso y la idoneidad de quienes lo llevaron adelante”.

Sobre el final de su dictamen, Richeri hizo un duro llamado de atención para Galimberti y Heredia: “La irresponsabilidad argumental que han exhibido resulta inadmisible para letrados de su experiencia y trayectoria. Sus escritos evidencian un ataque sistemático, gratuito y carente de todo fundamento serio contra la objetividad e idoneidad de los fiscales intervinientes. Peor aún: lo han hecho representando a la Asociación de la Magistratura, institución que debería ser la primera en defender la independencia judicial, no quien la socave con argumentaciones frívolas”, escribió.

“¿Cómo explican ustedes esta contradicción ética fundamental? ¿Cómo justifican que, actuando en nombre de quienes deben proteger la institucionalidad judicial, sean ustedes mismos quienes la ataquen con ligereza inusitada?”

“Su ignorancia -que sospecho deliberada- de principios elementales del sistema acusatorio es inaceptable –subrayó el juez-. Exigir imparcialidad a una parte del proceso revela un desconocimiento que raya en la negligencia profesional. Estas no son contradicciones que abogados con su trayectoria puedan desconocer”.

“Sus ataques infundados contra el Consejo de la Magistratura constituyen una agresión institucional injustificable. Insinuar que modificaron criterios para facilitar el ingreso de fiscales no idóneos, y que ejercen presiones indebidas, sin aportar una sola prueba, es una irresponsabilidad que este Tribunal no puede tolerar”.

“¿Con qué autoridad moral crean ustedes una inexistente categoría de fiscales «de segunda»? –siguió Richeri- Su descalificación gratuita de funcionarios públicos cuya idoneidad fue debidamente certificada constituye una pretensión segregacionista del servicio de justicia que contradice frontalmente los principios constitucionales. ¿Acaso pretenden establecer dos clases de denunciantes o dos clases de víctimas? Esta postura es inadmisible e inaceptable”.

“Su estrategia procesal evidencia una conducta manifiestamente reñida con la buena fe. Pretender que todos los magistrados asociados deben excusarse, justificar presentaciones incompletas bajo supuestas «reservas», y formular cuestionamientos a la objetividad fiscal solo después de conocer resoluciones contrarias a sus intereses, revela un actuar táctico que deshonra la abogacía”.

“La saña evidenciada en sus argumentaciones resulta alarmante y contraria a los más elementales principios de la práctica forense. La defensa técnica de los derechos de sus representados jamás debe constituir una excusa para el ataque infundado a las instituciones o para el ejercicio irresponsable de la abogacía”, remató la dura crítica el magistrado.

dictamen fiscal Fiscalía jueces Resolución judicial
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