La Secretaría de Energía de la Nación oficializó nuevas tarifas máximas que YPF podrá cobrar por el transporte de hidrocarburos líquidos a los cargadores, mediante la Resolución 427/2025 publicada este jueves en el Boletín Oficial. Los valores estarán vigentes hasta 2029.
La normativa abarca tres instalaciones clave: los oleoductos Puerto Rosales – La Plata y La Plata – Dock Sud, ambos en la provincia de Buenos Aires, y el poliducto interjurisdiccional Montecristo – San Lorenzo, que atraviesa Córdoba y Santa Fe. Estos corredores son esenciales tanto para el abastecimiento interno como para la exportación de petróleo y derivados.
La actualización tarifaria responde a solicitudes de YPF y se fundamenta en las inversiones verificadas por la Secretaría de Energía. Entre 2016 y 2020, la ejecución de obras alcanzó un 69,4% en Puerto Rosales – La Plata, 25,71% en La Plata – Dock Sud y 230,05% en Montecristo – San Lorenzo. Entre 2021 y 2024, YPF destinó más de 82 millones de dólares en los tres sistemas.
La metodología utilizada para fijar las tarifas se basó en un modelo de flujo de fondos quinquenal, diseñado para cubrir costos de operación y mantenimiento, amortizar el capital invertido y garantizar una rentabilidad razonable. El análisis incluyó la evolución del Índice de Precios Promedio (PPI) entre 2015 y 2024.
Con esta resolución, se habilitan acuerdos comerciales entre transportador y cargador, siempre que no superen los valores regulados. La medida busca dar previsibilidad al sector energético y garantizar la continuidad operativa de los oleoductos estratégicos en el quinquenio 2025-2029. Información extraída de Radio 3.




