Organismos de derechos humanos advirtieron a la Cámara de Diputados que el proyecto deroga artículos clave de la Ley de Ejecución Penal
Sostienen que la medida viola estándares internacionales y las «Reglas Mandela».
El debate por la modernización laboral en Argentina ha sumado un nuevo e inesperado foco de conflicto. El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) y el Consejo Federal de Mecanismos Locales (CFML) enviaron una dura advertencia a la Cámara de Diputados de la Nación.
Según los organismos, el proyecto de ley aprobado en el Senado contiene un artículo que elimina la obligación de remunerar el trabajo de las personas privadas de su libertad, lo que representaría un retroceso histórico en materia de derechos humanos.
Un cambio drástico en la Ley de Ejecución Penal
El eje de la polémica se encuentra en el artículo 217 del proyecto de reforma. Allí se propone la derogación lisa y llana de los incisos que hoy garantizan que el trabajo en prisión «deberá ser remunerado» y que debe respetar la legislación laboral y de seguridad social vigente. Según ámbito, la normativa actual también exige condiciones de higiene y seguridad equiparables a las del trabajo en libertad, puntos que quedarían sin efecto de prosperar la iniciativa.
Juan Manuel Irrazábal, presidente del CNPT, señaló que el proyecto no prevé ninguna redacción de reemplazo para los artículos eliminados. Esto generaría un vacío legal que, en la práctica, permitiría regímenes de trabajo sin salario, algo que los organismos consideran «incompatible con los estándares nacionales e internacionales» y que desincentiva la reinserción social de los internos.
El rechazo a la «servidumbre» y las Reglas Mandela
La nota enviada al Congreso cita tratados internacionales de cumplimiento obligatorio para el país, como las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Mandela). Estas normas establecen que las administraciones penitenciarias deben proporcionar un trabajo productivo bajo una «remuneración justa» y con métodos que se asemejen lo más posible a la vida fuera de los muros, prohibiendo explícitamente someter a las personas a condiciones de esclavitud o servidumbre.
Asimismo, se invocó la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la cual ratifica que las personas detenidas conservan todos sus derechos fundamentales, excepto aquellos restringidos específicamente por su condena. Según ámbito, el CNPT también criticó que esta modificación no fue parte del debate original ni de la convocatoria a sesiones extraordinarias, calificándola como un cambio de gran envergadura introducido sin la discusión necesaria.
Finalmente, los organismos advirtieron que esta medida no solo afectará al sistema federal, sino que agravará las condiciones de detención en todos los regímenes provinciales, poniendo a disposición del Congreso su apoyo técnico para evitar una reforma que consideran regresiva.




