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El comienzo del mes de noviembre acarrea una serie de aumentos previstos en distintos bienes y servicios que impactarán en los bolsillos y en los índices de inflación. Entre las subas autorizadas se cuentan incrementos en los valores de los alquileres, expensas, colegios privados, salarios de empleadas domésticas, telefonía celular y el GNC.

Alquileres

Los inquilinos que firmaron contratos en noviembre del 2020 deberán abonar el aumento anual, de acuerdo a la nueva nueva Ley de Alquileres, que se actualiza por el Índice para Contratos de Locación (ICL) que publica el Banco Central (según la evolución de precios y salarios). Según los cálculos, ronda el 49,5%. Por ejemplo, un alquiler de $35.000 firmado el 1º de noviembre del año pasado pasará a $52.336 a partir de este mes.

Según un informe del portal Zonaprop, entre enero y septiembre, los precios del mercado de alquileres, los precios subieron un 43,1%. Un departamento de dos ambientes y 50 m2 tiene un valor promedio de $43.899 por mes. Mientras que una unidad de tres ambientes y 70 m2 se alquila por $61.326 mensuales. De acuerdo a su tipología, los departamentos a estrenar son aquellos que más incrementan en comparación con el resto.

En los últimos 12 meses el precio medio de los avisos de alquiler subió un 51,8%, porcentaje por encima de la inflación (51,1%) y del índice de Contratos de Locación con el que se ajustan los contratos firmados hace un año (49,5%).

Expensas

Por la paritaria de encargados de edificio, las expensas volverán a registrar una suba. El gremio de encargados de edificios (Suterh) acordó un pago extra de $8.000 mensuales hasta febrero. Esa suba salarial se trasladará al valor de las expensas. Se estima que los sueldos de los trabajadores impactan en alrededor de un 70% sobre el total del valor de las expensas.

GNC

El precio del metro cúbico del gas natural comprimido (GNC) aumentará $1 a partir de noviembre y se venderá en promedio a $47 en las estaciones de servicio, según indicaron desde la Cámara de Expendedores de GNC. “Dados los nuevos contratos que se firmaron de GNC, el valor del gas en boca de pozo tiene que pasar a representar en noviembre el 14,5% del precio de nafta súper”, dijo Pedro González, vicepresidente de la Cámara de Expendedores de GNC. El último aumento para este combustible se había aplicado en agosto de este año y fue de entre $2 y $3.

Empleadas domésticas

A partir del 1° de noviembre las empleadas domésticas y trabajadores de casas particulares empezarán a percibir un aumento del 6% en sus remuneraciones (por hora o mensuales), como resultado de los incrementos por el Consejo del Salario para los Trabajadores de Casas Particulares.

De acuerdo a la nueva escala de remuneraciones mínimas, para la categoría 5 (personal para tareas generales) la hora con retiro pasará a $243 y sin retiro a $261,5. El salario mensual con retiro pasará a $29.823 y sin retiro a $33.163.

En tanto, para la categoría 1 (Supervisora) la hora con retiro pasará a $293 y sin retiro a $321. Mientras que el salario mensual con retiro será de $36.586 y sin retiro $40.752,50. Para la categoría 2 (personal para tareas específicas), la hora con retiro pasará a $277,5 y sin retiro a $304. Y el salario mensual con retiro a $33.990,50 y sin retiro a $37.837.

Telefonía celular

Las empresas de telecomunicaciones aumentarán hasta 10% en noviembre, sin la previa autorización del Enacom, el organismo regulador, dada la judicialización del decreto 690. Hasta septiembre, hubo aumentos acumulados de hasta 49% en telefonía, internet y televisión, mientras que el Enacom autorizó por 21%, casi 30 puntos menos. El Gobierno analiza alternativas para volver a tomar el control en materia de aumentos.

Fuente: El Diario Web

De esta forma, Loustau explicó que las personas oriundas de las grandes ciudades optan por el mes de octubre como “el mes de las ballenas”, y que desde el Ente Mixto de Turismo de Puerto Madryn siempre se trabaja en la promoción de la ciudad comunicando que las ballenas nos visitan desde junio, alentando a los turistas para que puedan visitar en otras etapas del año también.

Alquileres temporarios completos para octubre

De esta forma, el Presidente de la Red de Alquileres Temporarios comentó que hace semanas el hospedaje en Madryn se encuentra completo para el mes de octubre. “A la gente que quiere venir y consulta ahora les recomendamos que vengan otro fin de semana, hasta donde sabemos no hay lugar en ningún lado”, expresó.
En general, quienes optan por este tipo de alquiler con las familias, según explicó Loustau las parejas prefieren orientarse más al hospedaje en hoteles. “Con la pandemia también se elige el temporario porque hay menor cantidad de contacto con gente en los lugares comunes. Pero ahora se nota que la gente está más tranquila, las familias prefieren el temporario porque están más cómodos, pueden comer en el departamento”.

Gran cantidad de consultas para el verano

Según confirmaron desde la Red de Alquileres Temporarios, la ocupación se encuentra completa para el mes de octubre y mediados de noviembre, trabajando actualmente con muchas consultas por la estadía durante la temporada de verano. “No hay tantas contrataciones concretadas para el verano pero si muchas consultas”, manifestó.

Con respecto al lugar de donde vienen estos viajeros, Loustau comentó que la mayoría siempre fue de Buenos Aires tanto en invierno como en verano. “En el verano se completa mucho también con gente de Santa Cruz, del alto Valle, pero en esta época vemos muchas personas no solo de Gran Buenos Aires sino también de pueblos del interior de esa provincia”. En tanto, también se observa una gran cantidad de pasajeros de las provincias de Mendoza y Córdoba durante el mes de octubre y noviembre, y en el verano más presencia de Comodoro Rivadavia y Santa Cruz.

Fuente: El Chubut

El Gobierno aprobó el Protocolo Nacional de Alerta Temprana de Desalojos de Vivienda Única y Familiar en Regímenes de Alquileres Formales, a través de la resolución 5/2021 de la Secretaría de Desarrollo Territorial, publicada hoy en el Boletín Oficial.

La misma precisó que el Protocolo tiene como objetivo establecer un marco de actuación institucional, tendiente a sistematizar información y caracterizar los hogares que se encuentren atravesando procesos de desalojo en instancia de mediación o judicial.

También apunta a desarrollar un registro que permita la identificación de la persona, familia o grupo conviviente; y a proponer convenios de colaboración y asistencia a los fines de establecer marcos de actuación que propendan a evitar situaciones de vulneración de derechos humanos fundamentales.

La resolución puntualizó que el Protocolo se implementará en aquellos casos en los que locatarios o locatarias de vivienda única y familiar en regímenes de alquileres formales enfrenten procesos de mediación o judiciales de desalojo cuyos contratos hubieran estado alcanzados por el Decreto 320/2020 que prohibió los desalojos, y sus prórrogas.

Además indicó que las disposiciones del Protocolo «regirán en todo el territorio de la Nación, siendo las mismas operativas y se utilizarán para la interpretación y aplicación de la legislación específica sobre la materia, la cual mantendrá su vigencia en cuanto no se oponga a los principios y disposiciones contenidas en ésta».

Señaló que se tomarán por alquileres formales a aquellos contratos de locación de inmuebles declarados ante la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (AFIP).

La Secretaría de Desarrollo Territorial implementará un Registro de Población en Riesgo de Desalojo en Regímenes de Alquiler Formal de Vivienda Única y Familiar.

El registro contemplará la información personal de los locatarios y locatarias; la composición del grupo familiar o conviviente, si lo hubiera, especificando personas en situación de vulnerabilidad; el registro del contrato en la AFIP; el plazo de vigencia de la locación, canon locativo, monto y frecuencia de actualizaciones, pago de expensas, impuestos y servicios a cargo del locatario.

También incluirá la localización, características y condiciones edilicias del inmueble que habitan los locatarios alcanzados en el protocolo; los ingresos, deudas y otros datos que contribuyan a la caracterización socio-económica de la persona o grupo locatario; el estado en que se encuentran los procesos de desalojo e información de partes intervinientes.

En caso que el mismo sea judicial deberá establecerse jurisdicción, órgano judicial interviniente (juzgado de primera instancia, juzgado de paz, cámara de apelaciones), fuero, sentencia y mandamiento.

Desde el próximo mes, varios servicios sufrirán aumentos. Algunos son programados y otros por vencimiento del plazo en el congelamiento.

Durante abril, por diferentes motivos, habrá aumentos en varios servicios en todo el país. Se vence el plazo de congelamientos de algunos rubros que se mantenían sin cambios desde el inicio de la pandemia de coronavirus.

Gas y luz

Las tarifas del gas y la luz se mantienen congeladas desde abril de 2019. Ahora, se espera que la posibilidad de aumentar estas tarifas que rige desde el 1 de enero de 2021 finalmente se aplique a fines de abril.

En el caso de la luz, las principales empresas distribuidoras pidieron aumentos de entre el 31% y el 34%, pero se descuenta que la suba que autorizará el Gobierno será menor. Aunque todavía no hay una decisión final, se estima que el aumento para las boletas de los consumidores finales estará más cerca del 9% o hasta el 15%.

Para el gas, un sector del Gobierno también espera autorizar una suba de alrededor del 9%, aunque otro sector impulsa una suba algo mayor para ayudar a equilibrar el Presupuesto.

Combustibles

En marzo último, YPF anunció una suba del 7% en el precio de los combustibles y anticipó que llevaría a cabo un aumento del 15% en total hasta mayo.

En abril tendrá lugar el segundo de los tres aumentos estipulados por la petrolera estatal. Luego de mayo, el precio de la nafta se mantendrá congelado al menos hasta fin de año.

Alquileres

El próximo 31 de marzo vencerá el DNU 320/2020 y sus prórrogas que mantuvieron congelados los precios de los alquileres desde marzo de 2020, producto de la pandemia de coronavirus.

De este modo, a partir de abril comenzarán a regir plenamente las subas estipuladas en los contratos.

Además, los inquilinos deberán empezar a pagar en cuotas la diferencia que no abonaron al propietario durante los meses que duró el congelamiento.

Al mismo tiempo, dejará de tener vigencia la suspensión de los desalojos por falta de pago, por lo que estos podrán volver a realizarse.

Expensas

También se espera para abril una suba general de las expensas de los edificios en todo el país. Esto se debe a que entrará en vigor el aumento paritario de los encargados de edificios, que será de un 32% en total, dividido en cuatro tramos.

El primero de ellos será del 7% en abril, por lo que se espera que redunde en un aumento de las expensas de entre el 5% y el 7%.

Cajeros automáticos

El 31 de marzo también vence la normativa del Banco Central (BCRA) que suspendió el cobro de comisiones para cualquier trámite en los cajeros automáticos de todo el país, que regía desde marzo de 2020 producto de la pandemia.

Así, únicamente no se cobrará comisión por los trámites que se hagan en cajeros del banco del cual el usuario es cliente.

Fuente: Mil Patagonias

 

La obligatoriedad, a partir del 1° de marzo próximo, para registrar los contratos de alquiler ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) desató polémica entre inquilinos y propietarios, ante lo que para los primeros es un paso más en la normalización de un mercado con mucha informalidad y para los otros generará mayores costos que habrá que trasladar al precio final.

Mientras los dueños de las propiedades salieron a advertir que el registro derivará en mayor carga impositiva que derivará en un incremento en los valores de las propiedades en renta.

Desde Inquilinos Agrupados, que apoyan la iniciativa oficial del registrar los contratos, rechazaron esos argumentos y enfatizaron que un particular con uno o dos departamentos en alquiler no deberá hacer frente a una carga impositiva importante con el “blanqueo” de esas operaciones.

“Mucho se está hablando sobre la obligación de registrar contratos de alquiler ante AFIP, diciendo que aumentará la carga impositiva. Pero en la mayoría de los casos eso será mínimo”, indicaron desde la asociación de inquilinos.

Agregaron que en los últimos días se ha mencionado mucho casos como el de “un trabajador o jubilado que, con mucho esfuerzo, logró comprar un departamento para alquilar y así complementar sus ingresos, pero la reglamentación apenas los afecta”.

En ese sentido, según cálculos de la entidad sobre el mercado inmobiliario de Capital Federal, una persona que tiene un monoambiente alquilado por $21.000 se encuentra exenta de Ingresos Brutos y sólo debería pagar $227 del componente impositivo del Monotributo.

Similar situación se da para un departamento de 2 ambientes, con un alquiler de $27.500: no paga IIBB en Capital y pagaría $349 de Monotributo. En tanto, con un departamento de tres ambientes alquilado por $45.000, se pagarían $675 de Ingresos Brutos y $750 de Monotributo, cerca del 3% del total de la renta obtenida.

“Esta reglamentación no afecta a los que tienen 1 o 2 propiedades en alquiler. En todo caso puede afectar a quien tiene muchas propiedades no declaradas y grandes rentas no registradas, los cuales deberán declararlas y pagar los impuestos correspondientes”, señalaron los inquilinos.

Tributaristas e inmobiliarias consultados días atrás advirtieron que los mayores costos que significará blanquear estas operaciones se trasladarán a los precios de los alquileres y fomentará la informalidad.

El Banco Central (BCRA) reglamentó la fórmula que se utilizará para el incremento anual en los contratos de alquiler. El nuevo esquema mezclará la evolución de la inflación y de los salarios de los trabajadores registrados. Forma parte de la “letra chica” de la ley de alquileres aprobada por el Congreso y que modificó distintos aspectos de la relación entre propietarios e inquilinos. Una de ellas es que prohibirá las subas de alquileres semestral, tal como se acostumbraba.

El problema entonces no estará sobre esos alquileres registrados, sino sobre los que se mantengan en la informalidad, que es lo que el Gobierno busca cambiar, pero que el mercado inmobiliario prevé que se acrecentará.

Las nuevas obligaciones que tienen los propietarios a la hora de alquilar su departamento o casa –que surgen de la Ley de Alquileres vigente desde julio de 2020– generaron una larga lista de trámites engorrosos y costos extras. En el mercado inmobiliario aseguran que estos requisitos son burocráticos y generarán más gastos para los dueños, que cada vez tienen menos incentivos para poner un inmueble en alquiler.

Por eso, anticipan que en los próximos meses puede haber subas en los precios y un mercado con menos oferta de propiedades en alquiler. Un efecto contrario al que se buscaba con la sanción de la nueva ley.

La analista del mercado inmobiliario Soledad Balayán, de la inmobiliaria Maure, elaboró un resumen de las nuevas obligaciones y costos para los propietarios:

1.- Contratar un contador para poder facturar el alquiler.

2.- Registrar el contrato ante la AFIP.

3.- Si alquila por medio de una inmobiliaria, se debe abonar el total de los honorarios. Esto equivale al 4,15% del monto total del contrato.

4.- Aceptar al menos tres alternativas de garantías propuestas por el futuro inquilino.

5.- Firmar un contrato por una extensión de tres años, sin posibilidades de rescindirlo. En cambio, el inquilino puede hacerlo con tres meses de anticipación. Para volver a alquilar la propiedad a través de un intermediario, se deben abonar nuevamente los honorarios.

6.- El propietario recibe un mes de depósito del valor de alquiler al momento de la firma del contrato. Pero debe devolver el valor actualizado al momento de la entrega de las llaves cuando el inquilino deja la propiedad.

7.- Durante un año, no puede ajustar el valor del alquiler si lo alquila como vivienda. El ajuste dependerá de un índice (ICL) publicado por el Banco Central.

8.- El propietario está a cargo del impuesto inmobiliario.

9.- Se debe avisar con tres meses de anticipación si renueva o no el contrato e informar el nuevo valor de alquiler.

10.- Durante el contrato, corre riesgo de que se establezca por decreto el congelamiento de los precios y la prohibición de desalojos.

Fuente: Infobae

 

En el último trimestre de 2020 la tasa de rentabilidad de los alquileres mostró una ligera alza. De acuerdo con un informe de Reporte Inmobiliario, la tasa de retorno de la inversión en la ciudad de Buenos Aires fue del 2,23% anual. Sin embargo, la cifra continúa en niveles históricamente bajos y se encuentra muy por detrás de la renta media en otras ciudades del mundo.

Si se compara con comienzos del año pasado, esa misma variable había llegado a perforar el piso del 2% y se situó en el 1,75%. “La magnitud y aceleración del aumento de los alquileres del último tramo del 2020 y por otro lado la caída en los valores de venta de los departamentos obraron en conjunto para materializar la mejora en la rentabilidad”, explicó Reporte Inmobiliario.

Al analizar barrio por barrio de la Ciudad porteña, la máxima renta bruta anual por alquiler se obtiene en los barrios de Nueva Pompeya (2,76%), La Boca (2,66%) y Saavedra (2,59%). En contraposición, los valores mínimos se registraron en Barrio Norte (1,75%), Agronomía (1,86%), Núñez (1,86%) y Recoleta-Retiro (1,86%).

De acuerdo con los datos relevados, el precio promedio de un departamento de 45 metros cuadrados es de US$ 81.566, mientras que el valor del alquiler es de $22.349 por mes. A pesar del incremento de la renta en el último tiempo, la misma “sigue ubicándose dentro de los niveles históricamente bajos” para los alquileres residenciales: resulta apenas el 40% de lo que se obtenía en el año 2017, cuando la rentabilidad era del 5,4% anual.

En ese sentido, para alcanzar el rendimiento de hace cuatro años atrás el valor del alquiler debería aumentar un 145% o el precio de los inmuebles debería disminuir un 58,6%. “Ambas situaciones extremas no suelen darse en los mercados. Resulta aún más difícil de imaginar dentro del contexto de funcionamiento del mercado en Argentina, donde la oferta tanto de venta como de alquiler de viviendas se encuentra atomizada en manos de múltiples propietarios privados”, agregó Reporte Inmobiliario.

Fuente: La Nación

El Gobierno oficializó este sábado la extensión del congelamiento de alquileres y la suspensión de desalojos hasta el 31 de marzo. Lo hizo a través del decreto 66/2021, que fue publicado en el Boletín Oficial.

La medida alcanza a los inmuebles destinados a vivienda única y que se encuentren ocupados.

La medida vigente vencía el 31 de enero y ahora se extendió dos meses más. Por otra parte, el documento estableció la prórroga del plazo de vigencia de los contratos cuyo vencimiento opere antes del 31 de marzo.

“La velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional requirió la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a la emergencia”, indica el texto del decreto.

Además, el Gobierno se refirió a la emergencia sanitaria y las consecuencias que trajo a nivel económico y social. “Ha dificultado para una importante cantidad de locatarios y locatarias, la posibilidad de hacer frente a sus obligaciones en los términos estipulados en los contratos suscriptos con anterioridad a la aparición de la pandemia de COVID-19, la cual ha modificado la cotidianeidad y las previsiones de los y las habitantes del país”, sostiene.

“Muchos trabajadores y muchas trabajadoras, comerciantes, profesionales, industriales y pequeños y medianos empresarios y pequeñas y medianas empresarias han visto fuertemente afectados sus ingresos desde el inicio de la pandemia, como consecuencia de la merma de la actividad económica”, considera el decreto.

Además, se aclara que si bien se observa una recuperación de la actividad económica, “la misma evidencia heterogeneidad sectorial y territorial, continuando el impacto negativo y no deseado de la pandemia de COVID-19 sobre las familias y empresas”.

La continuidad del beneficio fue un reclamo impulsado por parte de sectores como la organización Inquilinos Agrupados, que advirtió sobre la delicada situación que atravesaba el sector que representa. “El decreto es la medida excepcional para momentos excepcionales. Mientras tanto pedimos al gobierno que empiece a llevar adelante soluciones de fondo: control del cumplimiento de la ley de alquileres, reglamentación del registro de contratos de alquiler en AFIP, y un plan de desendeudamiento”, expresó el titular de la agrupación Gervasio Muñoz.

El Gobierno dispuso la prórroga del decreto que mantiene congelados los montos de alquileres y la suspensión de los desalojos hasta el 31 de marzo.

En principio, la norma que regía hasta fin de este mes les daba a los inquilinos la opción de pagar el monto mensual que se abonó en marzo del año pasado y suspendió los desalojos por falta de pago. Y a principios de esta semana la jefatura de Gabinete y el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat confirmaron que trabajaban en una extensión del decreto.

Además, según pudo saber que se alarga el plazo para pagar las deudas de alquileres de 6 a 12 meses.

“La medida vigente que vence el próximo 31 de enero recae sobre los inmuebles destinados a vivienda única y que se encuentren ocupados. Asimismo establece también la extensión de los contratos de locación cuyo vencimiento haya operado desde el 20 de marzo de 2020″, destacaron fuentes oficiales.

El congelamiento de los alquileres se dispuso en marzo del año pasado, en el marco de varias medidas de alivio del impacto económico de la pandemia. El primer decreto (320/2020) mantenía los precios vigentes a marzo hasta el mes de septiembre de 2020. Luego, un segundo decreto (766/2020) prorrogó la medida hasta fines de enero de este año.

Una vez vencido el congelamiento, está previsto que los inquilinos puedan pagar en cuotas (al menos tres y como máximo seis) las diferencias entre lo que pagaron durante la vigencia del decreto y el valor estipulado en los contratos. Si no se hubieran anunciado cambios, la primera de esas cuotas debería haberse pagado en febrero de 2021.

El decreto que aún está vigente no suspendió la indexación en el pago de alquileres. Por lo tanto, en estos meses se acumuló una deuda que se deberá saldar al final del congelamiento. Sin embargo, los propietarios podrán aplicar intereses compensatorios, pero no podrán aplicar intereses punitorios ni moratorios, ni ninguna otra penalidad.

Desde Inquilinos Agrupados manifestaron su preocupación en el caso de que el Gobierno finalmente decida extender el congelamiento solo por dos meses. “Es la confirmación de cientos de miles de familias desalojadas en breve. Mientras los países suspenden desalojos hasta septiembre y brindan ayuda económica para saldar las deudas de alquileres, aquí se toman medidas cortoplacistas. A más de seis meses no se han reglamentado varios artículos de la ley de alquileres, no hay control de su cumplimiento ni una campaña de difusión de derechos”, señaló Gervasio Muñoz, representante de Inquilinos Agrupados.

La entidad que agrupa a los inquilinos analiza una convocatoria a Plaza de Mayo para reclamar por un plazo más largo de extensión de la medida.

Por otro lago, el Colegio Profesional de Corredores Inmobiliarios de la ciudad de Buenos Aires (Cucicba) se manifestó en contra de la extensión del congelamiento. “Los corredores vemos con preocupación las diversas medidas oficiales que dificultan el normal funcionamiento del sector y reafirmamos nuestra postura a favor de la libertad de mercado”, señaló Marta Liotto, vicepresidenta del colegio.

“El sector de los alquileres viene sufriendo no solo a causa del congelamiento, sino también por la sanción de la ley que regula los contratos. Políticas como el congelamiento solo sirven para desincentivar la oferta de inmuebles para alquileres de vivienda, generando, en última instancia, un perjuicio para los propios inquilinos. A esto se suma que el mercado de compraventa también se encuentra en estado crítico, lo que implica un empeoramiento de la actividad inmobiliaria”, agregó Liotto.

Según una encuesta publicada por la Federación de Inquilinos, el porcentaje de ingresos que destinaron las familias al pago del alquiler en diciembre de 2020 fue de 56,1%, esto representa 5 puntos porcentuales más con respecto a noviembre. En tanto, el endeudamiento asciende al 39,9% de los inquilinos, cerca de 1,4 millones de hogares.

Con todo, los resultados reflejaron una alta incertidumbre entre los inquilinos consultados: 39,6% no sabe adónde irá a vivir en los próximos meses y el 19,7% tendrá que mudarse.

Fuente: Infobae