A lo largo de gran parte de la mañana del presente viernes se desarrolló en los tribunales penales ordinarios del barrio Roca la audiencia de censura en el juicio oral por abuso sexual que tiene a Jonathan Barría como responsable. En virtud de las circunstancias agravantes y atenuantes del caso el fiscal solicitó se la imposición de la pena por 12 años de prisión. Por su parte la defensora planteó la pena de 6 años y ocho meses de prisión.
Finalmente, el tribunal pasó a deliberar y el próximo miércoles 29 de julio, a las 12.00 hs., por videoconferencia dará a conocer su resolución; y asimismo prorrogaron la prisión preventiva que pesa sobre Barría por seis meses. Cabe recordar que el pasado martes Barría fue declarado, por unanimidad, penalmente responsable del delito de “abuso sexual con acceso carnal, dos hechos, en concurso real” en calidad de “autor”.
El fiscal Cárcamo, en virtud de la declaración de responsabilidad penal del imputado Barría, solicitó la pena de 12 años de prisión; más la imposición de tratamiento terapéutico -psicológico vinculado con la temática de la agresión sexual y de sus adicciones. El imputado no presenta signos o síntomas para sospechar de una enfermedad mental en Barría, según el Informe psiquiátrico del Cuerpo Médico Forense.
“La circunstancia de intoxicación no ha tenido incidencia en el modo de acción de Barría, que actuó contrario al mandato prohibitivo. No debe operar esa circunstancia como un criterio subjetivo de atenuación de la pena”. Como circunstancias agravantes el fiscal consideró: la naturaleza de la acción, estamos ante un caso de violencia de género, los medios empleados para concretar el abuso sexual, la víctima fue trasladada mediante intimidación.
La nocturnidad en la que fue cometido el hecho y también por la extensión del daño causado, como circunstancia agravatoria. Por las secuelas que ha dejado el hecho en la víctima, stress post-traumático, sosteniendo que le había arruinado la vida. Como atenuante consideró el fiscal la ausencia de antecedentes penales y que es padre de dos niños menores y la pena no debe trascender a terceros. Por último el fiscal solicitó se mantenga la medida de coerción al imputada hasta tanto la sentencia quede firme.
La defensora propuso ingresar a la pena por el mínimo establecido para el delito, donde la imposición de la pena seria por 6 años de prisión. Respecto de la naturaleza de la acción como agravante no debe considerarse ya que el delito por el cual se lo responsabilizó ya lo contiene. Respecto del modo comisivo el tipo objetivo se abastece, aseguró la defensa.
El tribunal de debate fue presidido por Daniela Arcuri, e integrado por Raquel Tasssello y Martín Cosmaro; el Ministerio Público Fiscal fue representado por Martín Cárcamo, fiscal general y Cristian Ovalle, funcionario de fiscalía; en tanto que la defensa del imputado fue ejercida por Cristina Sadino, defensora pública. La víctima fue acompañada y asistida por profesionales del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD) de fiscalía.
El ilícito ventilado en el debate:
El hecho contra la integridad sexual juzgado acontece el pasado 30 de enero de 2019, cuando la víctima se encontraba en una parada de colectivos en la calles Huergo y Los Pensamientos, del barrio San Martín. Al advertir la presencia de varias personas de sexo masculino la víctima camina hacia la Av. Rivadavia. Antes de llegar a la estación de servicio, el imputado Jonathan Barría se acerca a la víctima y mediante la utilización de un arma blanca la obliga a la víctima a que lo acompañe, diciéndole “vení, dale hagamos como si fuéramos novios”. Manteniendo el arma blanca contra su cuello y obligándola a caminar hasta un descampado donde la amenaza y luego la somete sexualmente.