La brecha de $70.000 entre los jubilados que cobran la mínima en enero depende de un factor clave: acceder o no al refuerzo extraordinario.
Cada inicio de año trae una pregunta recurrente entre los adultos mayores: ¿cuánto dinero llegará efectivamente a sus cuentas? Para enero de 2026, la respuesta no es única. Un jubilado que percibe el haber mínimo cobrará $349.299,32 si no recibe el refuerzo extraordinario, o $419.299,32 si accede a él. La diferencia, que asciende exactamente a $70.000, depende de la aplicación de una Compensación Económica que no es universal. Según Baenegocios.
Esta disparidad se explica porque el esquema de pagos combina dos componentes: el aumento por movilidad (calculado con la inflación de noviembre), que ya está aplicado al haber base, y un bono extraordinario que no todos los beneficiarios reciben. La información sobre los montos fue reportada por el portal especializado BAE Negocios.
El cálculo detrás de los dos montos clave
El haber mínimo de enero se establece tras aplicar el ajuste por movilidad correspondiente, que este mes fue del 2.47%. Este incremento lleva el valor base a $349.299,32. Este es el monto que percibe un jubilado cuyo único ingreso es la jubilación mínima y que no califica para el refuerzo adicional.
La situación cambia radicalmente para quienes sí acceden al bono. En ese caso, se suma la Compensación Económica de $70.000, un pago que no se incorpora al haber permanente, no tiene descuentos y se acredita como un concepto separado. Así, el ingreso total para un jubilado con la mínima que recibe el refuerzo asciende a $419.299,32.
Resumen del cálculo para la jubilación mínima:
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Sin bono: $349.299,32 (solo haber actualizado)
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Con bono: $419.299,32 (haber + $70.000 de refuerzo)
Un factor que marca una brecha de $70.000
La principal conclusión es clara: la posibilidad de acceder o no al refuerzo extraordinario es lo que determina una diferencia de $70.000 netos en el bolsillo de los jubilados este enero. La ANSES ha aclarado que este bono es un pago discrecional y no un derecho adquirido para todos los beneficiarios, por lo que su otorgamiento depende de criterios específicos que define el organismo.
Por lo tanto, mientras el aumento por movilidad es un derecho universal que se aplica a todas las jubilaciones y pensiones, el bono de $70.000 no lo es. Esta distinción genera que, incluso entre quienes cobran el mismo haber mínimo, existan ingresos finales muy distintos al momento de cobrar, subrayando la importancia de estar informado sobre los criterios de asignación de la compensación.




