La perra era utilizada para la persecución y captura de animales en un caso de abigeato investigado en Puerto Madryn. La Fiscalía ordenó su resguardo preventivo mientras avanza la causa penal. Una vecina de la ciudad la acogió de forma transitoria.
Una investigación penal por abigeato en Puerto Madryn dejó una postal inesperada: una perra de raza galga que apareció vinculada al hecho quedó bajo resguardo y ya transita una nueva etapa. La Fiscalía ordenó su guarda transitoria en manos de una vecina de la ciudad, mientras el proceso judicial sigue su curso.
Según Noticias Argentinas (NA) , la medida no define todavía una adopción definitiva, pero cambia el escenario inmediato del animal, que quedó fuera de exposición a riesgos.
Un animal utilizado para el delito
El punto de partida del expediente es un hecho de abigeato, delito previsto en el artículo 167 quater del Código Penal, que sanciona el apoderamiento ilegítimo de ganado y suele investigarse en ámbitos rurales. En las diligencias del caso, la Fiscalía incorporó también el rol que cumplía el animal en la dinámica del ilícito.
De acuerdo con lo relevado durante la pesquisa, la galga se utilizó para la persecución y captura de animales, una práctica asociada a este tipo de delitos. Ese dato quedó asentado en el marco investigativo y abrió una necesidad adicional: definir qué ocurría con el animal durante la tramitación judicial.
Guarda transitoria y bienestar animal
Con esos elementos, la Fiscalía dispuso el resguardo preventivo de la perra. La medida se sostuvo en las condiciones vinculadas al uso del animal y en la necesidad de evitar escenarios de riesgo durante la continuidad del proceso. El caso sumó así una decisión de protección concreta dentro de una causa que, en origen, se enfocaba en un delito contra la propiedad rural.
La solución elegida fue una guarda transitoria en manos de una vecina de Puerto Madryn. Según el informe oficial, la persona asumió el compromiso de brindar cuidado, atención veterinaria y un entorno adecuado. La medida apunta a sostener condiciones básicas de bienestar mientras el expediente define los pasos siguientes.
Investigación penal y protección en paralelo
Desde el Ministerio Público Fiscal se remarcó el sentido práctico de estas decisiones en investigaciones donde aparecen animales involucrados. El criterio, según se indicó, busca evitar que queden en una situación vulnerable mientras el proceso penal se desarrolla. En otras palabras, la causa no se detiene por la guarda, pero el animal tampoco queda a la intemperie del trámite.
La adopción, en este caso, no se presenta como un punto final. El propio reporte aclara que la guarda tiene carácter transitorio y se mantiene hasta que la autoridad judicial interviniente resuelva la situación definitiva. Ese detalle marca un límite claro: la protección ya se ejecuta, pero el desenlace depende de lo que determine la Justicia.
El expediente, por su naturaleza, continúa en el ámbito penal, mientras la galga inicia una rutina distinta fuera del circuito delictivo que la involucró. La medida ordenada en Puerto Madryn instala una línea de actuación donde el avance de la investigación convive con decisiones de resguardo. Y deja abierto un tramo decisivo: cuándo y cómo se resolverá su destino final en el marco judicial.




