Fallo judicial: La jueza Marcela Pérez Bogado le impuso tres años de prisión en suspenso, la obligatoriedad de un tratamiento psicológico y el pago de una reparación económica.
En una resolución dictada este miércoles en los tribunales de Puerto Madryn, la jueza penal Marcela Pérez Bogado condenó a un hombre a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional tras hallarlo culpable del delito de abuso sexual simple en perjuicio de su propio nieto, un niño que al momento del hecho tenía 5 años de edad.
El contexto del hecho y la denuncia de la madre
La investigación judicial fue impulsada por la fiscal Romina Carrizo y el funcionario Emiliano Otero, integrantes de la Agencia Especializada en Violencia de Género y Delitos Sexuales de la ciudad del golfo. Según logró acreditar el Ministerio Público Fiscal durante el debate, el ataque contra la integridad sexual de la víctima ocurrió en el año 2024, en una oportunidad en la que el menor de edad había quedado bajo el cuidado exclusivo de su abuelo.
El imputado aprovechó la vulnerabilidad del niño y el contexto de intimidad intrafamiliar para cometer los tocamientos y agresiones sexuales. La causa penal se inició a partir de la denuncia radicada por la madre de la víctima, quien detectó drásticos cambios conductuales y expresiones de alerta en su hijo mientras este realizaba juegos cotidianos en el hogar.
Pericia clave y medidas de reparación económica inéditas
Uno de los pilares probatorios que fundamentó el veredicto condenatorio fue el resultado de la pericia psicológica realizada al menor. El informe de los profesionales de la salud mental concluyó de forma categórica que el relato del niño resultaba absolutamente creíble, manteniendo una estricta coherencia y concordancia cronológica a lo largo de todas las etapas de la evaluación institucional.
El delito de abuso sexual simple, tipificado en el artículo 119 del Código Penal Argentino, sanciona aquellas conductas con contenido sexual que se ejecutan aprovechando la imposibilidad de la víctima de prestar un consentimiento válido, tal como ocurre con la minoridad.
Al tratarse de una condena de ejecución condicional, la magistrada Pérez Bogado incorporó severas reglas de conducta de cumplimiento obligatorio para el condenado durante los próximos tres años:
- Obligación de someterse a un tratamiento psicológico especializado.
- Asistencia obligatoria a talleres vinculados a violencia.
- Pago de una reparación económica mensual equivalente al valor de una canasta familiar, una medida accesoria destinada a resarcir de forma directa los perjuicios ocasionados.
